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Cedric2004
Cedric2004
07/12/2008 21:52

Tipo de interes para Viviendas VPO 209

¿Cómo se saca el tipo de interés que pagaremos para el próximo año?

1.108 lecturas | 8 respuestas
Hola, este mensaje va para algunas personas que en mensajes anteriores han hablado sobre como se saca el tipo de interes que pagaremos aprox. para el proximo año. Si alguna de estas personas lo leee que nos responda e indique bajo su idea de que tipo de interes podemos estar hablando...

Saludos,
 
SLSR
SLSR
21/01/2009 13:14
Esto es un escándalo, es vergonzoso que nuestra hipoteca salga más cara que una hipoteca normal. Encima al final, el gobierno hasta gana dinero y todo.
 
yorch
yorch
21/01/2009 12:25
Si, ya lo he visto, me parece una burrada que haya cerrado el irph en 5,891, pero bueno, que le vamos a hacer.

Se supone que ese valor se obtiene de la media de los prestamos hipotecarios concedidos durante el mes con duración superior a tres años.

teniendo en cuenta que el euribor oficial para prácticamente todo el mes de diciembre era el euribor de octubre que se cerró en 5.248, poniendo una media de un diferencial de 0.5 ya te situas por encima del 5,7.

Por lo tanto, si para practicamente todo el més de enero se ha estado utlizando el euribor que cerro el mes de noviembre que fue de 4,35, supongo que el irph para el mes de enero se colocará en torno al 4,8 o 4,9. Lo cual nos dejaría un tipo de interés para nuestras hipotecas de 5,2.

Esto nos supondría un aumento de unos 15 € de cuota.

Todo esto si el consejo de ministros decidiese revisar los tipos de interes a finales de febrero principos de marzo.

si lo retrasasen un mes mas sería cojonudo por que estariamos hablando ya de una previsión de un tipo en torno al 4.5 con una cuota 30 € por debajo de la actual.

Pero bueno, todo esto son teorias.

un saludo.

 
Cedric2004
Cedric2004
21/01/2009 12:02
Cedric2004 dijo:

yorch dijo:

Hola Cedric

Hace un tiempo dejé este mensaje en otro hilo del foro.

yorch dijo:

He encontrado esto en el boletin oficial del estado, referente a los tipos de interes para viviendas de proteccion.

Explica cuando y como se calcula ese tipo de interes.
Os pongo en negrita lo mas importante.

Artículo 9. Préstamos convenidos.

1. Los préstamos convenidos tendrán las características generales que se establecen en el presente artículo, con independencia de las cuantías y plazos de carencia y de amortización que, en cada caso, se establezcan para las diferentes actuaciones protegidas.

2. Los préstamos convenidos serán concedidos por entidades de crédito que hayan suscrito con el Ministerio de Vivienda los convenios a que se refiere el artículo 79, y dentro del ámbito y las condiciones que éstos establezcan y no se podrá aplicar comisión alguna por ningún concepto en relación con dichos préstamos convenidos.

3. El tipo de interés efectivo anual inicial será acordado por el Consejo de Ministros, a propuesta de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, y su cuantía será la resultante de aplicar un coeficiente reductor a la media de los tres últimos meses, con información disponible, del tipo porcentual de referencia de los préstamos hipotecarios del conjunto de entidades de crédito , elaborado por el Banco de España. El coeficiente reductor será 0,9175 , establecido mediante el Acuerdo del Consejo de Ministros de 5 de abril de 2002, publicado mediante Resolución de la Secretaría de Estado de Infraestructuras, de 10 de abril del mismo año.

(El tipo porcentual de referencia de los prestamos hipotecarios del cojunto de entidades de crédito se publica cada mes, a finales, este es por ejemplo el de agosto de 2007 que se publico el 22 de septiembre
< a href=http://www.boe.es/g/es/bases_datos/doc.php?coleccion=indilex&id=2007/16777&txtlen=240)
target=_blank >http://www.boe.es/g/es/bases_datos/doc.php?coleccion=indilex&id=2007/16777&txtlen=240) < /a >

El tipo inicial así determinado, redondeado a dos decimales, tendrá vigencia, al menos, hasta la finalización del año 2005. En el primer trimestre de cada uno de los años 2006, 2007 y 2008, así como a partir de 2009, inclusive, se volverá a revisar y, en su caso, a modificar, dicho tipo de interés efectivo inicial, aplicando el mismo procedimiento.

El tipo de interés efectivo resultante será de aplicación a los nuevos préstamos convenidos que se concedan y a todos los préstamos convenidos concedidos con anterioridad , en el marco de este Real Decreto, desde el primer vencimiento que se produzca, transcurrido un mes de la publicación del citado tipo de interés en el «Boletín Oficial del Estado».

4. Las cuotas que se paguen a la entidad de crédito serán constantes a lo largo de la vida del préstamo, dentro de cada uno de los períodos de amortización a los que corresponda un mismo tipo de interés.

5. Los préstamos serán garantizados con hipoteca, salvo cuando recaigan sobre actuaciones protegidas en materia de rehabilitación, en cuyo caso dicha garantía sólo podrá exigirse si, a juicio de la entidad de crédito fuera necesario, dadas la cuantía del préstamo solicitado y la garantía personal del solicitante.

Espero que os aclare algo. De todas formas aqui os dejo el enlace por si alguien se aburre y le apetece leerselo entero.

< a href=http://www.boe.es/g/es/bases_datos/doc.php?coleccion=iberlex&id=2005/12049&codmap= target=_blank >http://www.boe.es/g/es/bases_datos/doc.php?coleccion=iberlex&id=2005/12049&codmap=< /a >

Un saludo.


A día de hoy es deficil hacer una valoración de cuanto cambiarán los tipos de interés. Tendríamos que esperar a la última semana del mes, semana en la que se hacen públicos los valores de IRPH del mes del noviembre que es el tipo de interés que a nosotros nos afecta.

El IRPH de octubre se cerró en 6,253, siendo el valor del EURIBOR para ese mismo mes de 5,248.

Viendo las diferencias que a lo largo del tiempo ha habido entre estos dos tipos (podeis verlo en < a href=http://www.irph.es) target=_blank >www.irph.es)< /a > podemos ver que han estado entre 1.2 y 0.4 puntos de diferencia, siempre estando por encima el IRPH.

Por lo tanto podríamos estar hablando de un IRPH para noviembre en torno al 5,5 (esto es una suposicion claro!!), más o menos igual que en noviembre del año pasado.

Teniendo en cuenta el trayecto que lleva el euribor en este mes de diciembre con una media a día de hoy de 3,722 si no recuerdo mal, podríamos estar hablando de un IRPH en diciembre de 4,6 ó 4,7 lo que si empezaría a significar un disminución de la cuota de nuestras hipotecas.

Vuelvo a decir que todo esto son elucubraciones y no hay nada seguro.

Espero haber ayudado.

Un saludo.




Muchas Gracias por la información.


Bueno parece que ya tenemos cerrado el IRHP de diciembre y de forma increible al 5,891%, casi 2 puntos y medio por encima del Euribor. Entindo por vuestras explicaciones que este año nos subira el importe de la hipoteca ya que lo teniamos en torno al 4,9%? Esto es increible.
 
yorch
yorch
19/12/2008 09:44
Lo he visto en el BOE, el otras disposiciones, banco de españa, tipos de interes.

Un saludo.
 
Cedric2004
Cedric2004
18/12/2008 17:53
yorch dijo:

Hola a todos.

Hoy se han publicado los tipos de interes resultantes del mes de noviembre y muy a nuestro pesar, incluso habiendo bajado el euribor en este mes casi un 1 punto entero, los muy mamones han subido el IRPH

Este tipo de interes se cerron en octubre en 6,253 y hoy nos encontramos con que, aunque poco, ha subido al 6,258.

Acojonante.

Un saludo.


Donde has visto ese dato, yo llevo mirando varios días la web: http://www.irph.es para ver si publicaban el dato y a día de hoy todavía no esta cerrado el tipo del mes de noviembre.
 
yorch
yorch
18/12/2008 10:40
Hola a todos.

Hoy se han publicado los tipos de interes resultantes del mes de noviembre y muy a nuestro pesar, incluso habiendo bajado el euribor en este mes casi un 1 punto entero, los muy mamones han subido el IRPH

Este tipo de interes se cerron en octubre en 6,253 y hoy nos encontramos con que, aunque poco, ha subido al 6,258.

Acojonante.

Un saludo.
 
Cedric2004
Cedric2004
12/12/2008 20:15
yorch dijo:

Hola Cedric

Hace un tiempo dejé este mensaje en otro hilo del foro.

yorch dijo:

He encontrado esto en el boletin oficial del estado, referente a los tipos de interes para viviendas de proteccion.

Explica cuando y como se calcula ese tipo de interes.
Os pongo en negrita lo mas importante.

Artículo 9. Préstamos convenidos.

1. Los préstamos convenidos tendrán las características generales que se establecen en el presente artículo, con independencia de las cuantías y plazos de carencia y de amortización que, en cada caso, se establezcan para las diferentes actuaciones protegidas.

2. Los préstamos convenidos serán concedidos por entidades de crédito que hayan suscrito con el Ministerio de Vivienda los convenios a que se refiere el artículo 79, y dentro del ámbito y las condiciones que éstos establezcan y no se podrá aplicar comisión alguna por ningún concepto en relación con dichos préstamos convenidos.

3. El tipo de interés efectivo anual inicial será acordado por el Consejo de Ministros, a propuesta de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, y su cuantía será la resultante de aplicar un coeficiente reductor a la media de los tres últimos meses, con información disponible, del tipo porcentual de referencia de los préstamos hipotecarios del conjunto de entidades de crédito , elaborado por el Banco de España. El coeficiente reductor será 0,9175 , establecido mediante el Acuerdo del Consejo de Ministros de 5 de abril de 2002, publicado mediante Resolución de la Secretaría de Estado de Infraestructuras, de 10 de abril del mismo año.

(El tipo porcentual de referencia de los prestamos hipotecarios del cojunto de entidades de crédito se publica cada mes, a finales, este es por ejemplo el de agosto de 2007 que se publico el 22 de septiembre
< a href=http://www.boe.es/g/es/bases_datos/doc.php?coleccion=indilex&id=2007/16777&txtlen=240)
target=_blank >http://www.boe.es/g/es/bases_datos/doc.php?coleccion=indilex&id=2007/16777&txtlen=240) < /a >

El tipo inicial así determinado, redondeado a dos decimales, tendrá vigencia, al menos, hasta la finalización del año 2005. En el primer trimestre de cada uno de los años 2006, 2007 y 2008, así como a partir de 2009, inclusive, se volverá a revisar y, en su caso, a modificar, dicho tipo de interés efectivo inicial, aplicando el mismo procedimiento.

El tipo de interés efectivo resultante será de aplicación a los nuevos préstamos convenidos que se concedan y a todos los préstamos convenidos concedidos con anterioridad , en el marco de este Real Decreto, desde el primer vencimiento que se produzca, transcurrido un mes de la publicación del citado tipo de interés en el «Boletín Oficial del Estado».

4. Las cuotas que se paguen a la entidad de crédito serán constantes a lo largo de la vida del préstamo, dentro de cada uno de los períodos de amortización a los que corresponda un mismo tipo de interés.

5. Los préstamos serán garantizados con hipoteca, salvo cuando recaigan sobre actuaciones protegidas en materia de rehabilitación, en cuyo caso dicha garantía sólo podrá exigirse si, a juicio de la entidad de crédito fuera necesario, dadas la cuantía del préstamo solicitado y la garantía personal del solicitante.

Espero que os aclare algo. De todas formas aqui os dejo el enlace por si alguien se aburre y le apetece leerselo entero.

< a href=http://www.boe.es/g/es/bases_datos/doc.php?coleccion=iberlex&id=2005/12049&codmap= target=_blank >http://www.boe.es/g/es/bases_datos/doc.php?coleccion=iberlex&id=2005/12049&codmap=< /a >

Un saludo.


A día de hoy es deficil hacer una valoración de cuanto cambiarán los tipos de interés. Tendríamos que esperar a la última semana del mes, semana en la que se hacen públicos los valores de IRPH del mes del noviembre que es el tipo de interés que a nosotros nos afecta.

El IRPH de octubre se cerró en 6,253, siendo el valor del EURIBOR para ese mismo mes de 5,248.

Viendo las diferencias que a lo largo del tiempo ha habido entre estos dos tipos (podeis verlo en < a href=http://www.irph.es) target=_blank >www.irph.es)< /a > podemos ver que han estado entre 1.2 y 0.4 puntos de diferencia, siempre estando por encima el IRPH.

Por lo tanto podríamos estar hablando de un IRPH para noviembre en torno al 5,5 (esto es una suposicion claro!!), más o menos igual que en noviembre del año pasado.

Teniendo en cuenta el trayecto que lleva el euribor en este mes de diciembre con una media a día de hoy de 3,722 si no recuerdo mal, podríamos estar hablando de un IRPH en diciembre de 4,6 ó 4,7 lo que si empezaría a significar un disminución de la cuota de nuestras hipotecas.

Vuelvo a decir que todo esto son elucubraciones y no hay nada seguro.

Espero haber ayudado.

Un saludo.




Muchas Gracias por la información.
 
yorch
yorch
11/12/2008 14:02
Hola Cedric

Hace un tiempo dejé este mensaje en otro hilo del foro.

yorch dijo:

He encontrado esto en el boletin oficial del estado, referente a los tipos de interes para viviendas de proteccion.

Explica cuando y como se calcula ese tipo de interes.
Os pongo en negrita lo mas importante.

Artículo 9. Préstamos convenidos.

1. Los préstamos convenidos tendrán las características generales que se establecen en el presente artículo, con independencia de las cuantías y plazos de carencia y de amortización que, en cada caso, se establezcan para las diferentes actuaciones protegidas.

2. Los préstamos convenidos serán concedidos por entidades de crédito que hayan suscrito con el Ministerio de Vivienda los convenios a que se refiere el artículo 79, y dentro del ámbito y las condiciones que éstos establezcan y no se podrá aplicar comisión alguna por ningún concepto en relación con dichos préstamos convenidos.

3. El tipo de interés efectivo anual inicial será acordado por el Consejo de Ministros, a propuesta de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, y su cuantía será la resultante de aplicar un coeficiente reductor a la media de los tres últimos meses, con información disponible, del tipo porcentual de referencia de los préstamos hipotecarios del conjunto de entidades de crédito , elaborado por el Banco de España. El coeficiente reductor será 0,9175 , establecido mediante el Acuerdo del Consejo de Ministros de 5 de abril de 2002, publicado mediante Resolución de la Secretaría de Estado de Infraestructuras, de 10 de abril del mismo año.

(El tipo porcentual de referencia de los prestamos hipotecarios del cojunto de entidades de crédito se publica cada mes, a finales, este es por ejemplo el de agosto de 2007 que se publico el 22 de septiembre
< a href=http://www.boe.es/g/es/bases_datos/doc.php?coleccion=indilex&id=2007/16777&txtlen=240)
target=_blank >http://www.boe.es/g/es/bases_datos/doc.php?coleccion=indilex&id=2007/16777&txtlen=240) < /a >

El tipo inicial así determinado, redondeado a dos decimales, tendrá vigencia, al menos, hasta la finalización del año 2005. En el primer trimestre de cada uno de los años 2006, 2007 y 2008, así como a partir de 2009, inclusive, se volverá a revisar y, en su caso, a modificar, dicho tipo de interés efectivo inicial, aplicando el mismo procedimiento.

El tipo de interés efectivo resultante será de aplicación a los nuevos préstamos convenidos que se concedan y a todos los préstamos convenidos concedidos con anterioridad , en el marco de este Real Decreto, desde el primer vencimiento que se produzca, transcurrido un mes de la publicación del citado tipo de interés en el «Boletín Oficial del Estado».

4. Las cuotas que se paguen a la entidad de crédito serán constantes a lo largo de la vida del préstamo, dentro de cada uno de los períodos de amortización a los que corresponda un mismo tipo de interés.

5. Los préstamos serán garantizados con hipoteca, salvo cuando recaigan sobre actuaciones protegidas en materia de rehabilitación, en cuyo caso dicha garantía sólo podrá exigirse si, a juicio de la entidad de crédito fuera necesario, dadas la cuantía del préstamo solicitado y la garantía personal del solicitante.

Espero que os aclare algo. De todas formas aqui os dejo el enlace por si alguien se aburre y le apetece leerselo entero.

< a href=http://www.boe.es/g/es/bases_datos/doc.php?coleccion=iberlex&id=2005/12049&codmap= target=_blank >http://www.boe.es/g/es/bases_datos/doc.php?coleccion=iberlex&id=2005/12049&codmap=< /a >

Un saludo.


A día de hoy es deficil hacer una valoración de cuanto cambiarán los tipos de interés. Tendríamos que esperar a la última semana del mes, semana en la que se hacen públicos los valores de IRPH del mes del noviembre que es el tipo de interés que a nosotros nos afecta.

El IRPH de octubre se cerró en 6,253, siendo el valor del EURIBOR para ese mismo mes de 5,248.

Viendo las diferencias que a lo largo del tiempo ha habido entre estos dos tipos (podeis verlo en www.irph.es) podemos ver que han estado entre 1.2 y 0.4 puntos de diferencia, siempre estando por encima el IRPH.

Por lo tanto podríamos estar hablando de un IRPH para noviembre en torno al 5,5 (esto es una suposicion claro!!), más o menos igual que en noviembre del año pasado.

Teniendo en cuenta el trayecto que lleva el euribor en este mes de diciembre con una media a día de hoy de 3,722 si no recuerdo mal, podríamos estar hablando de un IRPH en diciembre de 4,6 ó 4,7 lo que si empezaría a significar un disminución de la cuota de nuestras hipotecas.

Vuelvo a decir que todo esto son elucubraciones y no hay nada seguro.

Espero haber ayudado.

Un saludo.

 

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