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Ernesto
15/06/2005 18:44

Ayuda con la renta

¿En qué concepto debo imputar el importe satisfecho a Viv. Gestión 2000 durante el año 2004 en mi declaración de la renta?

586 lecturas | 4 respuestas
Seguro que alguno me puede echar una mano en esta duda.

Resulta que estoy rellenando la declaración de la renta y me surge la duda de dónde imputar la totalidad del importe satisfecho a Viv. Gestión 2000 durante el año 2004 y en que concepto lo imputo?

A) Por adquisición o rehabilitación de la viv. habitual (sin financiación ajena) ?
B) Por construcción o ampliación de la vivienda habitual ?


Sabiendo que no fracioné el pago de la letra gorda osea que yo empiezo el año limpio con la hipoteca.
 
F
futuro vecino
16/06/2005 10:17
Aunque se haya solicitado un préstamo para pagar la letra gorda, se debe incidicar que es sin financiación ajena ya que dicho préstamos no llega al 50% del valor de la vivienda.

En cuanto a tu domicilio habitual tienes que poner tu domicilio a día de hoy y su referencia catastral. Ya se ha comentado en otra parte en el foro. Míralo poniendo tu dirección en la web: http://ovc.catastro.minhac.es/
 
L
liebherr
15/06/2005 21:29
Hola,

Si has pagado las letras sin pedir un préstamo,la opción es la A,ya que no has recurrido a financiación ajena.
Yo ya he puesto la vivienda como habitual y he puesto el cambio de domicilio en la declaración. Cuando te pide la referencia castastral, te dice el enlace con el catastro y el teléfono. Yo me metí por internet, pones la dirección de tu casa y te sale automáticamente la referencia catastral.
 
E
Ernesto
15/06/2005 19:36
Pufff mas dudas... ahora me pide que indique la titularidad de la vivienda habitual...

La duda es.. hay que declarar la nueva casa como vivienda habitual ?, porque se supone que a fecha 12/2005 aún no es vivienda habitual.


Por otro lado tb piden referencia catastral... no se creo que al final no habrá que ponerlo no?

Un saludo.
Ernesto.
 
E
Ernesto
15/06/2005 18:47
Me quedé a medias......

La opción B) me genera las dudas debido a que siempre hemos dicho que nosotros "los comuneros" hacíamos de constructores, y por eso podría cambiar el concepto.

Entiendo también que no hay que poner nada en relación con el número de identificación del préstamo puesto que estamos declarando el año pasado, y entonces no había préstamo que tuviera nada que ver.

En el fondo imputes dónde lo imputes la deducción es la misma pero cuando menos conviene ponerlo en su lugar.


Bueno, pues nada gracias por la ayuda de antemano.
 

Fin del hilo
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