ja,ja, veo que te has picado.
Cuando he hablado de LGDCU, me referia expresamente a la "Ley General Defensa de Consumidores y Usuarios", no hacia falta que me copiases los artículos, ya los conozco ;-), y por otra parte hay mucha jurisprudencia sobre este extremo del DGRN.
A ver entiendo perfectamente a lo que te refieres, pero una cosa es ver la legislación aplicable a la materia y otra llevarla a la practica, creeme que no es tan facil el asunto como lo planteas, ya que para declarar nula una clausula de pleno derecho tienes que seguir unos trámites y éstos no son rápidos.
Una cosa es declarar una cláusula nula, y otra muy distinta intentar buscar otro banco al mismo tiempo que mantienes la oferta de "subrogación" lo máximo posible. Como ya te he comentado anteriormente la promotora nos comentó que sino querias subrogarte con unos meses que se avise antes sería suficiente -por otra parte asi funcionan muchas promotoras-. Entiendo que sino dices nada al respecto, pueden suceder varios casos hipoteticos, y que ahi radica el riesgo de todo esto.
Por eso te digo que no es facil bañarte y guardar la ropa al mismo tiempo. Creeme que cuando se hace un contrato no se dejan cabos sueltos.
Bueno, de todas formas ha sido agradable mantener este debate contigo, suerte con lo que decidas.
Un saludo.