Volver al foro
ATRIVI
ATRIVI
17/04/2009 07:53
Si, ¿me cruce con tigo? No me di cuenta.
Las fotos supongo que a lo largo de la mañana las subirán.
 
O
ordagobis
17/04/2009 00:21
Hola Atrivi, ¿Por casualidad no estabas ayer sobre las 7 de la tarde sacando fotos de la obra, con otra persona(chica)?
un saludo
 
ATRIVI
ATRIVI
16/04/2009 21:36
Buenas noches a tod@s!! Esta tarde he estado por las obras y ya hay acceso libre por la Teneria II. No sé si ha sido puntualmente pero no tenía pinta.
El Acceso desde pinto y por la promoción de Realia están abiertos, solo quedaría el acceso desde la M50.
A todo esto he observado que cerca de la estación, según miramos hacia parla, a su derecha... hay movimiento de tierras y maquinaria, parece ser que está previsto trazar una carretera o alguna infraestructura que cruce las vías de cercanías, ¿Alguien sabe algo?
 
J
jose 54
16/04/2009 16:29
Hola chicos, al igual que algunos de vosotros estoy bastante tranquilo, me han dixo que el prestamo promotor ya casi lo tienen, lo del abal tambien se lo darán cuando firmen el prestamo, y con lo de la cuenta blindada de banesto no hay problema,yo fui un dia por alli para hablar con ellos y genial, me lo explicaron todo muy claro, de hecho como en un principio lo iban a hacer con banesto abri una cuenta para que me regalaran un portatil domiciliando la nomina y dos recibos (y sin trampas como la caixa y otras cajas, las trajetas las he cancelado por lo que ya no me las cobran), y mi novia se esta pensando lo de la tele,estoy muy contento con ellos. yo os animo a que pregunteis lo de la cuenta blindada para que os quedeis tranquilos.

Un saludo y hasta pronto vecinos.
 
batkis
batkis
03/04/2009 13:59
Hola Marem:
Pues lo que pregunté es lo que se habló en el post, lo de la preinstalacion del gas natural. Yo la verdad esque no entiendo nada de este tema. Si eso que vuelva a preguntar alguien que controle.
Pero supongo que será lo que tu dices, los pison son baratos, en comparcion con lo que hay por ahi, y por algun lado tienen que recortar, obligandanos a coger plazas de garaje, ponermos calor azul para ahorrarse la instalacion del gas....
Aún así, yo estoy contento con los pisos, creo que es lo mejor que hay en comparcion con los demas pisos que hay en la zona,lo único lo del tema del aval que me tiene muy preocupado.
 
maren
maren
03/04/2009 13:30
Muchas gracias, batkis.
Me acabas de ahorrar un paseíto. Seguiré esperando un mes más. Allá ellos con el tema del aval.
Me parece que lo del gas tiene mala pinta. Sé que ni he aparecido por el post, a pesar de la brasa que dí con el tema en su momento... No sé qué habrás hablado con ellos exactamente, pero te digo por qué lo creo:
Cambiar una instalación totalmente por otra no lo van a hacer, porque si ponen gas natural deberían cambiar el termo por una caldera y poner tuberías hasta los radiadores (más lento y más caro por la mano de obra especialista).
Si lo que has preguntado es que te pongan el punto de acceso en casa, es un coste que no tenían proyectado. Esto pasa muchísimas veces en las obras, pero no es cuestión de ir aumentándolo a sabiendas. Y hoy por hoy no nos van a regalar más que los buenos días.
Una vez más, gracias por preguntar.
 
batkis
batkis
03/04/2009 12:49
Hola a todos:

Bueno ya me pase por pincasa a preguntar. Os cuento:
Lo del tema del aval, lo de siempre. Que lo iban a tener esta semana pero que al final les pidieron un papel que no tenian y ahora se vuelve a retrasar. Me comentó lo que muchos habeis dicho por aquí, que la cuenta de banesto está blindada y que ellos no pueden tocar ese dinero, y que estan construyendo con su dinero. me lo aseguró y me invitó a preguntar en las oficinas de banesto. Y que no nos preocupemos porque todo va bien, las obras se estan ejecutando con normalidad. Que digo yo que si todo va tan bien y no hay ningun problema, porque no nos terminan de dar nuestro aval. No se, yo la verdad esque estoy muy mosqueado con este tema, aunque es cierto que de momento las obras van bastabte bien, y no han parado en ningún momento, pero en fin nunca se sabe.

Luego lo del tema del aire acondicionado y lo del gas natural pues dificil. Lo del aire acondicionado esque al ser de proteccion eso no lo ponen, y lo del gas que cuando este terminada la obra , que si nos ponemos de acuerdo todos los vecinos lo pongamos,ahi le dije yo que no creía que una vez hecha la obra se pudiese poner, que eso es mejor hacerlo ahora que aún se está construyendo. Me contestó que iba a hablarlo con el director y que ya me llanarán, pero que casi seguro que no porque ya estaba fijado el precio. Tampoco insistí demasiado porque cuando se abrió el tema del gas tampoco vi que hubo mucha gente interesada, solo quería tantear a ver si se podia hacer algo. A ver que me dicen cuando me llamen. Si al final somos muchos los interesados, es cuestion de volver otra vez a ver si por plastas nos lo ponen.

Y luego sobre el plazo de entrega de vivienda, la chica me dijo que va bastabnte bien y que seguramente para el verano del 2010 esté terminada la obra, pero que entre las vacaciones y que se tarda un tiempo en dar la entrega de llaves, será un par de meses mas o menos, así que supongo que para noviembre casi seguro que podamos tener ya nuestra casita.

En fin eso fue todo, aun me falta que me llamen para decirme lo del gas, asi que cuando sepa algo os cuento. espero haberos servido de ayuda.
un saludo.
 
Silvestre7109
Silvestre7109
03/04/2009 09:16
no sabía de datos certeros... pero gracias por la aportación... ...son buenas noticias...
 
jipa
jipa
02/04/2009 08:40
Las cuentas son estas. Nosotros compramos con el módulo a "100". Luego lo subieron un 25%, osea, costaba 125. Ahora lo bajan un 7%, es decir 125x(1-7%)=116,25. Luego el precio actual del módulo es un 16,25% más caro que el nuestro. No veo que esto nos perjudique, todo lo contrario, hemos comprado bastante más barato que el precio actual.
 
Silvestre7109
Silvestre7109
01/04/2009 23:50
turmix dijo:

Mirad esto:

Los precios bajan.

A quien se le aplica????

Porque claro, si llega uno nuevo a nuestra promoción y le aplican el precio no es justo,

< a href=http://www.elmundo.es/elmundo/2009/03/26/suvivienda/1238073050.html target=_blank >http://www.elmundo.es/elmundo/2009/03/26/suvivienda/1238073050.html< /a >


En contestación a Turmix dié que la nuea bajada de precios en cuanto al modulo actual, nos viene a perjudicar cuando pretendamos tasar el piso para concesión de la hipoteca... hasta ahora la diferencia era a nuestro favor.. ahora, habrá que hacer cuentas...
 
maren
maren
31/03/2009 21:55
para mi que el gato encerrado es que les hacen firmar directamente el contrato de compra vena, jejeje
 
jipa
jipa
31/03/2009 18:26
HOLA. ¿Sabéis que está haciendo Pincasa para vender mejor los pisos que le quedan por vender?. Anuncia en idealista.com un descuento de 6.000euros para 8 pisos de dos habitaciones que le quedan hasta el 30 de abril o hasta fin de existencias.
 
M
miguel080808
31/03/2009 16:03
Hola Batkis, bueno lo que te voy a decir es una tonteria, pero por decir tonterias que no quede, no se quien dijo que a los vecinos del Ejido, para hacer mas atractiva la venta, les pondrian la cocina, pues esa es la pregunta....tiene algo pensado Pincasa para hacer mas atractiva la venta de los pisos que le quedan por vender? Hay forma de negociar que nos amueblen la cocina?

Gracias.
 
batkis
batkis
30/03/2009 23:40
Hola vecinos:
bueno esta semana, posiblemente el jueves, me pasare a preguntar por pincasa si podemos pedir que nos pongan la preinstalacion de gas natural y ya de paso les preguntare sobre el aval, pero imagino lo que me diran. Si quereis que pregunte algo mas avisadme, siempre hablare en nombre de todos los vecinos.
Un saludito.
 
Silvestre7109
Silvestre7109
30/03/2009 21:27
no soy un entendido.. pero el precio de una vivienda de VPO o VPPL se establece con el promotor antes de ser construida... Con esto quiero decir, que en nuestra promoción no van a variar los precios, puesto que ya fueron negociados... de haberse podido variar.. nos hubieran cobrado el precio del módulo moderno que es más caro (como ocurre con los vecinos de Ejido) y no el antiguo que ya tenía adjudicado Pincasa...

...aún así, habría que echar cuentas si el descuento que se aplica del 16% menos en trasteros y garajes sobre el módulo actual, es mayor o menor que el Módulo Antiguo que tiene Pincasa concedido, pues es posible que aún así salgamos ganado...
 
Turmix
Turmix
30/03/2009 20:13
Mirad esto:

Los precios bajan.

A quien se le aplica????

Porque claro, si llega uno nuevo a nuestra promoción y le aplican el precio no es justo,

http://www.elmundo.es/elmundo/2009/03/26/suvivienda/1238073050.html
 
R
rod83
30/03/2009 11:18
Yo lo único y último que digo del aval es que si no tenemos aval nadie nos asegura esas cantidades. En otras obras que he preguntado me han dicho sacando pecho que claro que tienen laas cantidades avaladas por aseguradoras, así que, nosotros deberíamos tenerla también.En fin, prefiero no pensarlo. De todas formas creo que lo mejor es seguir pagando porque parece que lo del 50% de penalización es claro.
Lo mejor sera disfrutar de como va avanzando la obra que vamos a tener unos pisitos pero que muy majos.
 
ATRIVI
ATRIVI
28/03/2009 10:14
A más no tardar, Te comerás el turroncito en las navidades 2010 en tu nueva casa.

En las fotos del día de ayer, que aun no están subidas, se ven los progresos...

ahhh, se me olvidaba....Enhorabuena a todos los que nos hemos comprado la vivienda en estos tiempos difíciles ya que podemos estar discutiendo de como será nuestra futura vivienda.
 
Silvestre7109
Silvestre7109
27/03/2009 16:24
tal y como decían antes.. el contrato puede servir de "pre-abal".... entonces... ¿cumplen o incumplen la ley?
 
PAHU
PAHU
27/03/2009 08:43
Pues estamos en las mismas Turmix, en el contrato no han puesto plazo para la entrega del aval....tan sólo que cuando lo tengan lo darán....así que no están incumpliendo nada. Yo también lo he consultado con abogados y me han dicho que el contrato estaba perfectamente redactado, porque no se comprometen a nada....que de momento, si alguien incumple, seriamos los compradores al dejar de pagar los recibos a los que nos hemos comprometido
 
Turmix
Turmix
26/03/2009 19:34
tambien es incumplimiento de contrato por parte de ellos el no tener aun el aval, que lo pone en contrato.

Asi que veremos quien penaliza a quien.
 
ATRIVI
ATRIVI
26/03/2009 13:35
Me parece que nos esta OBSESIONANDO mucho el tema este... vamos a relajar un poco los nervios.
Yo veo una tontería el hacer impagos, solo les facilitarías las cosas para fastidiarte mas, como por ejemplo penalizando el 50% de las cantidades entregadas.

Si por cualquier motivo esto saliera mal, todos tenemos unas aportaciones garantizadas en banesto, LA PUTADA es que puede pasar mucho tiempo hasta la devolución por eso de la burocracia judicial.

Durante plan 2005-2008 por ejemplo,en Parla,tengo conocimiento de que se han construido un montón de viviendas en las cuales nunca se ha realizado el aval bancario, todos los pagos fueron igualmente a una cuenta protegida y nunca ha pasado nada........no se, que cada uno actúe como considere mejor.
 
PAHU
PAHU
26/03/2009 11:31
Turmix....como es eso de que si impagas la letra de abril no pasa nada y no te pueden penalizar?? En mi contrato pone que si impagas sería motivo de resolución de contrato perdiendo el 50% de las cantidades aportadas y en caso de impago la letra se veria ampliada por los gastos de devolución y de la nueva emisión de la misma....

De todas formas, como dicen más vecinos, en Banesto también me aseguraron que nuestro dinero sigue en la cuenta, y que no está saliendo ni un céntimo....por lo que Pincasa me da seguridad....ya que la obra no está ni mucho menos parada....y están construyendo con dinero suyo....asi que no creo que se trate de una promotora de tres al cuarto que vayan a dejar las cosas a la mitad.

Yo te digo que te informes bien sobre el impago....a ver si al final va a ser peor el remedio que la enfermedad....

Un saludo
 
Turmix
Turmix
25/03/2009 16:02
YO YA LES HE AVISADO CON 15 DIAS DE ATELACION AL COBRO DE LA LETRA QUE SI NO HAY AVAL, NO PAGO, Y ME QUEDO IGUAL QUE MUCHOS QUE AUN NO HAN PAGADO POR ESTA CONDICIÓN.

ME DIJERON QUE FIRMABAN A FINAL DE MES EL COLECTIVO, Y LUEGO EL INDIVIDUAL, PERO YO TENGO UNA COSA EN FIRME, NO PAGO MAS HASTA QUE TENGA EL AVAL. VIENDOLO CON MI ABOGADO, NO ESTOY INCUMPLIENDO NINGUNA LEY, SINO QUE ESTOY APLICANDO LA LEY, SIN AVAL NO PAGO, Y NO ME PUEDEN PENALIZAR.

VEREMOS A VER QUE PASA A FINAL DE MES.
 
ATRIVI
ATRIVI
24/03/2009 20:26
No estoy tan seguro... Los que tengáis el contrato leeros la 4ª estipulación
Según entiendo yo la garantía legal vigente (3ª Especulación) es la cuenta protegida en banesto, hasta que formalice el aval bancario con alguna entidad (este ultimo nos garantiza individualmente y no colectivamente).

En ningún lado encuentro que plazo legal tiene para realizarlo pero si no lo hace no puede tocar ese dinero
En este punto sobreentiendo que podría demorarlo, si quisiera, hasta la propia entrega de llaves.

En el supuesto de que no se llegue a buen fin las condiciones convenidas, o no hubiera obtenido la calificación definitiva por la comunidad de Madrid, nuestras garantías sería la devolución de las cantidades retenidas en la cuenta especial (colectivamente) ó si tuviéramos el aval bancario, haciéndolo efectivo en la propia entidad (individualmente).

A mí esto me queda algo mas tranquilo porque las obras están avanzando, aunque toda preocupación deberíamos tenerla hasta la propia entrega de las viviendas.
 
Silvestre7109
Silvestre7109
24/03/2009 16:39
Vamos que la entrega del aval debería de haber sido inmediata... ¿me equivoco?... y de no haberse entregado entiendo que es denunciable... no?
 
ATRIVI
ATRIVI
23/03/2009 23:36
http://www.tuguialegal.com/venta3.htm

Vivienda y Comunidades - Los anticipos en la compraventa de vivienda.

La entrega de cantidades anticipadas en la compraventa de viviendas.
Cuáles son los derechos y las obligaciones de los contratantes en el supuesto de entrega de cantidades anticipadas en la compraventa de viviendas realizada por el comprador al promotor inmobiliario.

La entrega de cantidades anticipadas en la compraventa de viviendas, que se abonan al promotor inmobiliario antes de comenzar la construcción de las mismas o durante dicha construcción, es una práctica frecuente que, en ocasiones, ha propiciado fraudes y estafas a los consumidores.

¿Dónde está regulada esta materia?

A fin de evitar tales fraudes, la Ley ha establecido en favor del comprador de una vivienda ciertas garantías, que son las que aparecen reguladas en las siguientes normas:

a).- Ley 57, de 27 de julio de 1968.
b).- Decreto 3114 de 12 de diciembre de 1968.
c).- Decreto 3115 de 12 de diciembre de 1968.
d).- Orden de 29 de noviembre de 1968.
e).- Ley de Ordenación de la Edificación de 5 de noviembre de 1999, que ha venido a regular esta materia en su disposición adicional primera, en la que se amplía la aplicación de la Ley 57/1968 a la percepción de cantidades anticipadas por los promotores o gestores en cualquier edificación y establece ciertas normas en el caso de viviendas.

Puedes leer el texto completo de la Ley 57, de 27 de julio de 1968, en el web "proyecto norma civil" de la Universidad de Girona.

¿Con qué garantías cuenta el comprador?

La persona física o jurídica que promueva la construcción de cualquier clase de vivienda y que pretenda obtener de los compradores entregas de dinero antes de iniciar su construcción o durante la misma, deberá garantizar la devolución de las cantidades entregadas por uno de estos dos medios:

a).- Contrato de seguro con una Entidad Aseguradora.
b).- Aval bancario prestado por Banco o Caja de Ahorros.

¿En qué supuestos se aplica esta normativa?

La obligación de garantizar la devolución por parte del promotor se refiere a todo tipo de viviendas, incluidas las que se construyan en régimen de comunidad de propietarios o sociedad cooperativa.

¿A qué alcanza la garantía?

Las cantidades que deben ser garantizadas son las cantidades entregadas al promotor más el interés legal del dinero vigente hasta el día de la devolución.

Han de garantizarse tanto las cantidades entregadas en efectivo al promotor como las entregadas mediante cualquier efecto cambiario (letras de cambio).

¿Cómo se materializa la garantía?

El promotor tiene la obligación de depositar las cantidades anticipadas que perciba en una cuenta especial, distinta de cualquier otra cuenta del promotor, abierta en cualquier Banco o Caja de Ahorros. Las cantidades depositadas en dicha cuenta deberán ser destinadas necesariamente a la construcción de las viviendas.

En los contratos de compraventa, promesa de venta, opción de compra o cualquier otro en el que se prevéa la entrega de tales cantidades anticipadas, debe expresarse lo siguiente:

a).- La obligación del promotor de devolver las cantidades recibidas anticipadamente además del interés legal del dinero si la construcción no se inicia, no se concluye o no se puede obtener la cédula de habitabilidad.
b).- Referencia al aval o contrato de seguro suscrito, indicando la Entidad aseguradora o avalista.
c).- Indicación del Banco o Caja de Ahorros y de la cuenta a través de la cual deben entregarse las cantidades.

En la publicidad de la venta de viviendas con percibo de cantidades anticipadas, el promotor deberá expresar que cumplirá lo establecido en la Ley sobre percibo de cantidades anticipadas, con indicación expresa de la Entidad aseguradora o avalista y de la cuenta especial en la que se ingresarán las cantidades.

¿Qué ocurre si el promotor no cumple?

Si llega el plazo establecido para iniciar las obras o para la entrega de la vivienda sin que tenga lugar una cosa u otra, el comprador de la vivienda puede optar entre:

a).- Rescindir el contrato y percibir las cantidades entregadas más el interés legal del dinero.
b).- Conceder una prórroga al promotor, que se hará constar en el contrato, con indicación del nuevo plazo de finalización de las obras y entrega de la vivienda.
 
maren
maren
23/03/2009 20:34
Hasta donde yo sé... ¿ok?

El preaval no es en absoluto obligatorio. Pero es algo a tener en cuenta si los compradores te dicen que no firman sin aval... porque demuestra que estás en ello y que hay un banco dispuesto al tema... Hasta donde yo sé, hoy por hoy, sólo tenemos la palabra de pincasa y creo que una leve referencia en el contrato...

El aval es obligatorio, de modo que por cada cantidad entregada, deberían darte una garantía de aval. ¿Plazos? ¿tú ya has entregado el dinero? Pues deberían tardar, como mucho, una semana o dos... Lo que no es normal es el pastón que suelta la gente, y que no tengamos garantías de nada... De hecho lo poco normal es que no sepan ni quién les va a dar el aval...
Que sí, que desconfío demasiado, pero que lo que se juega uno aquí no es ninguna tontería, con los tiempos que corren... Tampoco digo que les vaya a demandar inmediatamente... ¿dijeron a finales de mes? Ok, esperamos (por enésima vez) a finales de mes... pero si no, en vez de dejar de pagar y arriesgarnos a perder derechos, quizás sería bueno, ya que parece ser que María lee el foro de vez en cuando, que sepan que podemos tomar medidas (si lo desconocen, como tantas cosas) y que estamos dispuestos a hacerlo... Bueno, repito que yo mi primera medida la tengo tomada, pero hablo por turmix, creo, y otros que dijeron de empezar a retener pagos... A mi me parece que así se les aprieta más la cosa...
 
Silvestre7109
Silvestre7109
23/03/2009 20:05
Habláis de un aval o un pre-aval emitido por la entidad bancaria... pero alguien sabe de fechas? cuando se considera "incumplimiento"? en el contrato esta contemplada su obligatoriedad, y firmada por ambas partes... pero no pone nada de cuanto tiempo dispone la promotora para dárnoslo...
 
maren
maren
23/03/2009 17:42
Aquí os dejo un pequeño enlace, por si os aburrís...

http://www.ideal.es/granada/20071104/granada/dura-multa-consumo-aval-20071104.html

Otra cosa... y que no es por jorobar, oiga. Resulta que aunque algunos no queramos acogernos al préstamo convenido para la hipoteca, la promotora puede pedir el préstamo de ejecución de obras como convenido, en cuyo caso, la descalificación de la vivienda no se haría antes de 30 años... De esto tampoco sabemos nada, ¿no?
 
maren
maren
23/03/2009 17:33
Ufff!! Yo de esto no me entero... pero he encontrado cositas interesantes para el pueblo menos leguleyo...

1º Un seguro cubre las cantidades entregadas hasta la entrega de llaves, mientras que un aval debe solicitarse por cada pago.

2º La póliza a nombre de cada comprador sólo puede emitirse una vez firmado el contrato. Para una seguridad previa, antes de cerrar la operación, hay que pedir ver el documento de la compañía de seguros garantizando que emitirá pólizas individuales a los compradores y, en caso de duda, comprobar la existencia de la póliza en la aseguradora.

3º Existe una cosa llamada preaval, que puede ser algo así como una carta de buenas intenciones, por parte del banco, en la que muestra disposición favorable a avalar o bien aparece un compromiso en firme, si se dan una serie de circunstancias.

4º La Ley de Ordenación de la Edificación (LOE) recoge de manera expresa la obligatoriedad de que el promotor garantice al comprador, mediante un seguro o un aval bancario, la devolución de los anticipos que le entregue a cuenta del pago de la vivienda. Sin embargo muchas promociones todavía incumplen esta obligación y no garantizan el dinero que les confía el comprador, a pesar de que la propia ley establece que las comunidades autónomas pueden imponer sanciones de hasta el 25% de las cantidades cuya devolución deba ser asegurada. (Disposición adicional primera, apdo d. )

Moraleja, a propósito de lo que dice Dolwin... no dejar de pagar nunca para poder exigir responsabilidades pero si incumplen requerimiento por vía judicial (para el caso del que se arrepienta, está bastante claro... ajo y agua). Lo bueno es que, como veréis, se pueden exigir ciertas cosas y sí que, (y debo confesar que he suspirado con alivio al saberlo) se les puede apretar las tuercas un poco...

Lo único que no consigo encontrar sobre qué se realiza el aval. Me explico, atrivi se pregunta si es sobre las cantidades que nosotros entregamos, pero yo entiendo que puede ser también con otros fondos de Pincasa o incluso su patrimonio... Y si fuera con lo que nosotros damos, entonces todos los que habéis firmado y pagado, deberíais tener vuestro aval... Ays, no sé. Aquí sí necesitamos a un experto...
 
Dolwin
Dolwin
23/03/2009 14:43

Hola Atrivi.

Sólo te puedo aclarar un punto de los muchos que planteas por conocer un caso en el que están de litigios a vueltas de estos temas. Somos o no somos acreedores.

*************

6 Un comprador de una vivienda que aún no ha sido entregada en escritura pública ¿es un acreedor sujeto a las reglas de quita y espera?

En principio no es acreedor, porque la sola declaración en concurso no resuelve el contrato privado firmado entre el comprador y la promotora. Conviene recordar que la firma de un contrato de compraventa de vivienda obliga a ambas partes. Así, el comprador tiene la obligación de atender sus pagos y el promotor de entregar en plazo la vivienda. Si el comprador cumpliera pero no así el promotor, entonces surge la figura del comprador-acreedor.

Teniendo en cuenta que estas situaciones pueden llegar a producirse conviene, a los efectos de hacer valer los derechos ostentados, tener la consideración de acreedor contingente (posible acreedor futuro) mediante el trámite procesal de la comunicación del crédito contingente, que tiene un plazo de realización de un mes. Esto implica, aún a pesar de que el comprador pudiera acabar sin ser acreedor de dinero (recibiendo puntualmente su vivienda), el cumplimiento de las formalidades exigidas a éstos.

7 ¿La promotora tiene la obligación de ofrecer un aval al comprador de vivienda para que éste pueda ejecutar dicho aval en caso de incumplimiento por la promotora?

Es una obligación legal. Su incumplimiento puede conllevar la resolución del contrato a instancias del comprador. La promotora no sólo debe haber constituido dicho aval en favor de cada uno de los compradores, sino que además tiene la obligación de comunicarles cuál es la entidad avalista. Si a día de hoy no conociera este extremo, el comprador debe requerírselo a los administradores concursales.

8 ¿Qué casuística puede darse entre los compradores de viviendas?

Se pueden plantear, al menos, los siguientes escenarios (todos ellos respecto a compradores que aún no han otorgado escritura pública de compraventa y que están satisfaciendo cantidades a cuenta según el contrato firmado).

- Promotora que ha incumplido alguna condición esencial del contrato (conviene recordar que la declaración de concurso no comporta ningún incumplimiento) ya que, por ejemplo, la promotora no ha constituido el aval o no ha entregado en plazo y el comprador no quiere continuar con el contrato de compraventa. Solución: requerimiento de resolución a través del juez del concurso y reclamación de las cantidades entregadas. En este escenario el comprador se convertirá en acreedor.

- Promotora que no ha incumplido ninguna condición esencial del contrato y comprador que no quiere continuar obligado por la compraventa (bien porque ve que han bajado los precios o porque el banco le niega la financiación necesaria, por ejemplo). Solución: si bien la solución a este escenario requiere de un análisis más exhaustivo de la situación, lo más lógico que puede suceder es que el comprador pierda las cantidades aportadas, si no se encuentra una causa legal para resolver el contrato. Nuestra experiencia nos dice que, aunque el promotor pudiera exigirle el cumplimiento del contrato (comprar la casa) esto no suele suceder en la práctica. En este caso el comprador nunca sería un acreedor.

- Promotora que incumple y comprador que incumple (no se efectúa el pago en los plazos previstos). Solución: este caso es más complicado que la situación descrita en los dos escenarios anteriores, ya que para que una de las partes pueda exigir el cumplimiento a la otra se requiere que aquélla haya cumplido con su obligación. Este caso podría suponer la consideración del comprador como acreedor por las cantidades aportadas hasta que dejó de cumplir.
*************************

El link de donde está sacado esto es el siguiente y si buscáis en nuevosvecinos encontraréis algún foro en el que se puede ver en que estado están los problemas que tiene:
http://www.cotizalia.com/cache/2008/07/24/56_siempre_quiso_saber_sobre_concurso_acreedores.html
 
ATRIVI
ATRIVI
23/03/2009 11:53
DEFINICIÓN DE AVAL

El aval es un compromiso solidario de pago de una obligación a favor del acreedor o beneficiario, otorgada por un tercero para el caso de no cumplir el obligado principal con el pago de un título de crédito. El aval implica la voluntad de una tercera persona inmersa en el título de manera unilateral, a dicha persona se le llama avalista.
El AVAL BANCARIO es un caso particular de aval, en el que el avalista es el banco o entidad de crédito.
Se trata de un instrumento por el cual el tercero (Avalista) se COMPROMETE a cubrir el pago del monto del título de crédito y sus intereses, en el caso de que el deudor original (avalado) no cumpliere con lo que le corresponde.
En estricto derecho la figura del aval sólo se aplica respecto a los títulos de crédito, aun cuando en lo coloquial se entiende cuando cualquier tercero apoya el actuar de una persona.
Normalmente, quien quiere recibir un préstamo necesita alguien que le avale si suscribe algún titulo de crédito. Es decir, necesita demostrar al banco o a la entidad que le presta el dinero que, en caso de que no pueda devolver el préstamo en los pagos acordados, dicha entidad podrá requerir el pago y aún rematar los bienes tanto del avalado como del avalista para cubrir el resto del préstamo que no haya sido devuelto.



Entonces deduzco que:

PINCASA = Avalado ENTIDAD BANCARIA = Avalista COMPRADOR Acreedor

Según lo anterior lo que entiendo es que, hasta que Pincasa no demuestre al banco que tiene una cantidad mínima depositada una cuenta (actualmente protegida) con unos contratos firmados con el compromiso de los pagos, no nos podrán avalar nuestras cantidades individuales depositadas porque el banco no garantiza a Pincasa un posible caso de impagos nuestros.El tema de una cuenta bancaria protegida supongo que es para dar una cierta confianza a los compradores de que ese dinero no puede ser tocado hasta que se avale la financiación de la obra.

Si PINCASA no puede tocar ese dinero, las obras van a a buen ritmo y de momento no nos da el aval... ¿esta corriendo por su cuenta los gastos de la obra?

También creo entender que en el momento que nos den el aval, nos están transmitiendo directamente la responsabilidad de cumplir con los pagos, tiene que ver esto con la concesión del préstamo cualificado por ser una VPTL y su forma de pago?

De todas formas esto es un poco lioso, ¿¿alguien que tenga algo mas de idea??
 
Turmix
Turmix
22/03/2009 17:16
aval es con "V" no con "B".
 
maren
maren
21/03/2009 01:42
Esto es lo que dice la ley (¿a que te has quedado igual que antes?) Pero no pienso que las cosas vayan por donde tú dices, sino que más bien, si hay problemas de la promotora a posteriori que afecten al banco, fue éste el que decidió no ejercer su derecho a pedir una garantía al promotor... no sé si me explico... y repito, sólo estoy interpretando la ley.
 
N
nuevoenpinto
20/03/2009 20:24
una pregunta a fin de aclarar el precepto ; que quiere decir lo de BAJO SU RESPONSABILIDAD? alguien sabe si esto significa q el banco podria incurrir en algun tipo de responsabilidad en caso de no exigir una garantia por parte de la promotora?
 
Silvestre7109
Silvestre7109
20/03/2009 14:28
Pues tanto no puedo responderte maren.... a mi me enseñaron mis aportaciones y me comentaron que seguiría bloqueada hasta tener los abales..... decir más es mentirte... así que si alguno quiere pasarse por la oficina bancaria y contrastar lo que me dijeron en diciembre...
 
maren
maren
20/03/2009 12:20
Si entiendo lo que dices, Silvestre, y creo que todos estamos de acuerdo en que si tuviéramos el aval estaríamos más tranquilos. No pretendo decir que nadie esté a favor/en contra de Pincasa (que tampoco es la cuestión, sólo exigimos lo nuestro).

De todos modos, a ver si puedes aclararme una cosa (por la pura vagancia de no ir a Banesto): ¿la cuenta va a estar bloqueada hasta que firmemos todos el contrato de compraventa? ¿y sólo cuando la cuenta esté desbloqueada (todos los propietarios hayan firmado) se puede tener el aval?

Sin ánimo de soliviantar a nadie, porque estamos todos en el mismo barco, como dice atrivi, entonces esa cuenta no se va a desbloquear en mucho tiempo, ni vamos a tener aval en muchísimo tiempo, ya que hay gente que sin aval, no firmamos ni estamos dispuestos a hacerlo.

Por otro lado, y partiendo de que esto sea como yo digo, ¿qué tiene Banesto que decir del aval si no son ellos los que lo van a proporcionar?

El tema es que hasta la Ley es muy ambigua en cuanto al funcionamiento de la cuenta. Según la ley 57/1968, art. 1, los promotores están obligados a cumplir lo del aval (o seguro en su defecto) y a
" Percibir las cantidades anticipadas por los adquirentes a través de una Entidad Bancaria o caja de Ahorros, en las que habrán de depositarse en cuenta especial, con separación de cualquier otra clase de fondos pertenecientes al promotor y de las que únicamente podrá disponer para las atenciones derivadas de la construcción de las viviendas. Para la apertura de estas cuentas o depósitos la Entidad bancaria o Caja de Ahorros, bajo su responsabilidad, exigirá la garantía a que se refiere la condición anterior. "

Lo de la condición anterior es lo del aval o seguro... Quiere decirse que el Banco si quiere pide que haya aval o no para abrir la cuenta. En el caso de Banesto ha sido que no.
Tal como lo explica la ley, se pueden disponer de los fondos de la cuenta para la construcción de la promoción en cuestión, lo que significa que, seguramente ya están usando el dinero de la cuenta, pero sobre este punto Banesto no puede dar información porque no somos titulares de la cuenta y violaría el secreto bancario... Repito, no he ido a Banesto y no he preguntado, pero me gustaría saber qué les pide el banco a los promotores para que demuestren a qué dedican el dinero (¿domiciliación? ¿factura?).
 
Silvestre7109
Silvestre7109
20/03/2009 10:27
maren dijo:

Hombre Silvestre, me vas a perdonar, pero creo que no es lo mismo tener el aval o tener la cuenta bloqueada en caso de problemas...
Más cuando se supone que de ahí van a sacar el dinero para la obra... Lo que tienen que hacer es dejarse de tonterías y conseguir el aval, que es lo que marca la ley.


Maren, no me malinterpretes que para nada les saco la cara a pincasa... yo también estaría más tranquilo con el abal firmado y en mi mano, teniendo el respaldo de un banco en vez de una cuenta bloqueada... se puede afirmar que todos estamos en el mismo barco... pero hablando con banesto me quedé algo más tranquilo.
 
ATRIVI
ATRIVI
20/03/2009 08:22
La verdad que el tema del aval empieza a ser un poco preocupante pero diciéndolo aquí en el foro no resolvemos nada, Deberíamos presionar en la oficina o por teléfono.
De momento la obra se mueve y sigue a buen ritmo.

Ayer Jueves hice algunas fotos mas, a ver lo que tardan en subirlas!
Han empezado a subir el techo del tercer sótano o si queréis llamarlo el suelo del segundo… jejeje

Lo que me parece extraño es que somos muy poquitos por el foro y se supone que esta vendido un 75 % debiéramos tener mas contacto y unión, por lo menos iríamos dando nuestro visto bueno a la obra.

Saludos, y buen puente!!
 

Fin del hilo
430  mensajes<123 ... 1011>
Mensajes Relacionados
© 2002-2024 - HABITATSOFT S.L.U. CIF B-61562088 c/ Josefa Valcárcel, 40 bis 28027 Madrid
Contacto |  Publicidad |  Aviso Legal  |  Blog |  Catastro |  Facebook |  Twitter
Vocento