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C
CHILINOS
30/05/2007 00:29

SOBRE EL TEMA DE HACIENDA

¿Qué dice la ley sobre las deducciones por adquisición de vivienda?

542 lecturas | 1 respuestas
Me he leido el Real Decreto 214/1999, asi como el Real Decreto 1775/2004, en los que se regula en el Titulo III, Capítulo I, A´tículo 53, apartados 3 y 4, sobre las deducciones por adquisición de vivienda y creo que antes de alarmarnos deberíamos leerlo y no hacer tanto caso de lo que diga la gente y de lo que nos digan en Hacienda, probablemente una persona que ha sido contratada por unos meses para realizar la campaña de Declaración de la Renta.
Si leeis lo que pone el apartado 3, (Real Decreto de 2004)que es el unico que refleja una situación en la que nos podríamos encontrar lo que dice es que si el Promotor, por encontrarse en fase de concurso, no finaliza o no entrega las obras en 4 años, el plazo se amplía en otros cuatro, automáticamente y sin que tengamos que hacer nada.
 
C
CHILINOS
30/05/2007 00:36
Simplemente tenemos que tener el justificante de los pagos efectuados y el justificante por parte de TPC en el que diga que la culpa del retraso es por motivos no imputables a nosotros, los socios.
Lo del "Plazo de 30 días" una vez transcurridos los 4 años, desde la primera aportación (marzo de 2003), queda claro en el apartado 4 del articulo 54, que el motivo es por PARALIZACIÓN DE LAS OBRAS, y que yo sepa nuestra obra no ha sido paralizada. TRANQUILIDAD Y NO HAGAIS CASO DE TODO LO QUE OS DIGAN, QUE PARA ESO ESTAN LAS LEYES.
 

Fin del hilo
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