Hola aprovecho la contestación de Paris6 en el apartado tendederos, para pasarme con la contestación al apartado zonas comunes, creo encaja más aquí. Las normas de comunidad (estatutos, régimen jurídico, como queráis). Se crearán en la escritura de declaración de obra nueva y división horizontal, cuando se haga la misma. La hace el promotor en la notaría, normalmente meses antes de que finalicen las obras, para dar tiempo a inscribir el título en el registro de la propiedad (suele tardar). En teoría, el registrador no debería permitir inscribir una escritura cuyo régimen jurídico, normas, al menos en cuanto a coeficientes de participación, tuviera errores. Me explico. Alguno de los costes que tengan que ver con zonas comunes y que afecten a todas las fincas (viviendas, garajes y trasteros), deben sumar 100 y solo 100 (porcentualmente). Cualquier mínimo error en esa suma debería ser sinónimo de rectificación hasta que todo sea correcto y se inscriba. Pero cuidado, eso no significa que la forma de computar cuotas sea más o menos justa. Hay gastos que solo afectan a las viviendas, otros solo a los garajes y trasteros si estos últimos están en el sótano. O hay gastos que evidentemente deben estar ponderados, es decir compensados parcialmente. Ejemplo, no es lo mismo el uso que le vayan a dar a los ascensores los que viven por ejemplo en una planta baja, que los que viven en una planta última. Tampoco debería ser lo mismo el uso supuesto de zonas comunes de los que viven en un piso grande en comparación con pisos pequeños. Ponderar todo esto es complejo? Para nada. Se hace? Pues la experiencia me dice lo que os dije en su momento, que tanto al promotor como a la notaría les suele importar muy poco esto de generar unas normas estudiadas, acordes a la morfología del edificio y sobre todo con unos coeficientes justos o bien pensados. Y lo más importante, PROPORCIONALES. Hay que dedicarle tiempo? Pues se le dedica. Se hace como digo? Cuando queráis os cuento otro chiste. Llámame loco!
Nos influye luego a los propietarios constituidos en comunidad? Sí. Por experiencia las comunidades suelen ser…….complicadas, siendo generoso con la palabra. Pero muchas veces por depender de un régimen jurídico malo. Los estatutos no deberían ser el origen del problema, sino la solución.
He explicado todo esto porque creo tiene importancia. Una norma plasmada en unos estatutos, al hilo del ejemplo de Paris6, si luego en una reunión de comunidad se decide aplicar de otra forma o simplemente anular, cuidado, parecerá que como se ha decidio en una reunión por mayoría simple de los presentes, el asunto queda resuelto. Pero no es así. Amén de que para unas cosas se necesitan unos votos, unas mayorías y para otras otros, cualquiera que aunque no haya ido a la reunión decida impugnar un acuerdo, puede hacerlo. E impugnar una votación que anula o cambia la aplicación de una norma estatutaria, tiene toda la pinta de que si se impugna le darán la razón al que lo haga.
Si nuestros futuros estatutos prohibieran expresamente tender fuera de la zona de celosías, es decir la habilitada para tender porque es la que cumple con la norma de habitabilidad y ordenanzas municipales (de ahí lo de tratar de ocultar estéticamemte con pantallas, celosías…..), si en reunión de vecinos, los que vayan y voten deciden otra cosa, parecerá que eso ya va a misa, y la realidad es que será un acuerdo impugnable.
Si nuestros estatutos dijeran que todos los que coloquen toldos, deben hacerlo conforme al modelo que decida la comunidad en reunión debidamente convocada y votada, habría que respetar el acuerdo. En este caso es más sencillo, la norma, la del estatuto, no va a imponer el color, el modelo. Eso se decide en reunión de vecinos. Pero debería haber un artículo en los estatutos que diga que todos los toldos deben ser del mismo modelo. Si no lo hay…..se puede liar. Por eso digo que unos buenos estatutos, pensados, equilibrados, proporcionales son la base de una buena relación vecinal, sobre todo si se opta por respetar normas que nos afectan a todos.
Que apesar de todo un vecino o varios, se ponen el toldo a su bola? Pues sí, créeme que pasa.
París6…..instalación eléctrica individualizada para recargar coches? Yo creo que todos nos imaginamos que donde aparquemos, en nuestra plaza, habrá algún tipo de preinstalación para si tenemos coche eléctrico, ahora o cuando sea, poder habilitar la conexión INDIVIDUAL, toma de corriente, cómodamente de forma privada, no? Entonces…...por qué no está por lo que se está comentando individualizada la luz de los trasteros? No te mosquea esto y de paso lo que no te aclaran? Muuuuuchas plazas de garaje, al menos en planta -1 de sótano, lindan con su trastero. Supongo la -2 es más de lo mismo.
Saludos