Administrador
¿Cuáles son las condiciones para constituir la comunidad de propietarios según el contrato con Realia?
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Es interesante leerse la claúsula DECIMO-CUARTA(en el mio) del contrato, en la que se dice que la comunidad hay que constituirla en la primera reunión que convoque Realia, en la cual, se supone que presentará a su administrador. Si no estamos de acuerdo con lo que proponga Realia, hay que presentar otras opciones, pero tiene que ser en esa primera junta. Los propietarios que no estén, entregan su voto al administrador de Realia, según contrato.
La buena o mala fe de Realia se puede íntuir dependiendo del horario que ponga la primera junta, como sea a primera hora de la mañana...