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V
virh
14/04/2007 00:41

sos cambio de titularidades

¿Cómo cambiar la titularidad de un contrato sin pagar un 7% del valor de la vivienda?

2.055 lecturas | 13 respuestas
estoy intentando cambiar la titularidad de un contrato. la constructora no me deja cambiar la titularidad de una de las personas del contrato.

Solo me lo cambia si paso por hacienda y pago un 7% por compraventa. Segun ellos la ley ha cambiado hace un par de meses y no pueden cambiar contratos bajo cuerda si no pasan por hacienda.

Tengo contratado un abogado y por mas vueltas que le da él ,otras cuantas visitas a hacienda, consultas varios notarios no hay forma. Asi que si a alguien le surge una idea por favor será bien recibida.

Tambien le hemos ofrecido a la constructora cesar el contrato y que se queden ellos con el piso y nos devuelvan el dinero, pero se niegan. si me echo para atras se quedan con el piso y el dinero(tiene cojones la cosa). y si lo dejas con tu pareja te toca tragar hasta que te den el piso y lo puedas vender y solucionar.

Algun jurista que tenga la forma de cambiar una titularidad sin pagar un 7% del valor de la vivienda????
 
G
Grupo Ciempozuelos
15/10/2008 22:52
Buenos días,

Somos un grupo de personas que hemos comprado el piso a PRYCONSA en Ciempozuelos como vosotros. Como a alguno de vosotros, no nos dan financiación para poder adquirir la vivienda, con lo que perderíamos las cantidades aportadas.

Esas cantidades rondan entre 20.000 y los 36.000.-eur, que es una cantidad considerable.

Visitando abogados, todos han llegado a la conclusión que el contrato que firmamos con PRYCONSA esta repleto de cláusulas abusivas.

Da igual que seamos de una promoción en Ciempozuelos, de Coslada o de Colmenar, todos tenemos el mismo contrato de PRYCONSA, Y PODEMOS UNIRNOS.

No vamos a ver todas ahora, pero sí nos centraremos en las más importantes.

LA CLAUSULA ABUSIVA POR FALTA DE RECIPROCIDAD.

Lo que no es normal, es que si no compramos, PRYCONSA se quede con todo lo aportado y en el caso que hubiera sido la constructora, nos devuelva nuestro dinero mas solamente el interés del dinero.

Según la nueva Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios de 16 de noviembre de 2007 eso está tipificado como CLAUSULA ABUSIVA.

Bien, con esta ley ningún Juez sería capaz de no devolver nada si se reclama, lo normal es que se pudiera devolver entre un 50% a un 80% de las cantidades entregadas.

Problema, que se pueda perder el juicio, siempre existe esa posibilidad. Los costes podrían rondar los 6.000.-eur.
Para una persona sola, no le compensará, pero SÍ A UN GRUPO.

Ya hemos perdido lo aportado, pero, si nos cuesta entre 600 y 200.-euros ir a juicio a cada uno ¿no compensa arriesgarse para recuperar parte de nuestro dinero ahorrado con esfuerzo? ya hemos perdido unos 24.000.-eur de media,¿qué importa 200.-eur más?

Las viviendas se entregan en el 22, 23 de octubre, queda poco tiempo.

Lo que hay que hacer es enviar un Burofax a PRYCONSA indicando vuestros datos, los del piso que comprasteis, indicar que os han negado la financiación y que queréis que os devuelvan las cantidades aportadas dando por finalizado el contrato antes de la fecha de entrega del piso.

Después nos pondremos todos de acuerdo para ir juntos a juicio contra PRYCONSA en expediente conjunto reclamando las cláusulas abusivas de nuestros contratos.

Por ahora somos 14 personas y falta llamar a bastante gente, los teléfonos los conseguimos por anuncios en Internet.

También vamos a contactar con otras promociones de PRYCONSA que se entregen próximamente para ser más y abaratar costes.

Si queréis mas información, mi e-mail de contacto es

lolayruben@hotmail.com

poned vuestro teléfono para que os llame.

A continuación, os voy a dar una serie de e-link para que comprobéis con la Ley.

En principio, he seleccionado dos artículos, uno de prensa y otro de un gabinete de abogados que explica muy bien el principio de reciprocidad y cómo nuestros contratos carecen de él.

Lo puedes leer todo o irte directamente a la "chicha" que señalo debajo de cada enlace.

Después viene la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios de 16 de noviembre de 2007, recién salida del horno en la que se establece la cláusula abusiva por falta de reciprocidad.

http://www.iuremadrid.com/recursos/File/CONTRATOS%20Y%20RESOLUCION.pdf

Este es un articulo de un gabinete de abogados que habla de incumplimiento de contratos entre promotor y comprador. Lo más importante viene en las páginas 5 y 6 en las que se habla de la falta de reciprocidad y al final se advierte que la introduccion de cláusulas abisivas es la llave que abrirá las puertas a la resolución de contratos por parte de compradores.

http://www.elmundo.es/sudinero/99/SD159/SD159-06.html

Este es un artículo de el MUNDO, lo más importante es el último párrafo de la primera hoja y su continuación en la siguiente. Aquí habla de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios. Habla precisamente de nuestro caso diciendo que "es abusivo que al comprador se le retenga entre un 20% y un 50% de las cantidades a cuenta mientras que si el el promotor el que incumple te devuelva tu dinero mas el interés legal del dinero", y en nuestro caso se queda el 100%

http://www.boe.es/boe/dias/2007/11/30/pdfs/A49181-49215.pdf

Este es el REAL DECRETO LEGISLATIVO 1/2007 de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias. Yo me lo he leído todo, pero lo interesante está en el CAPITULO II de cláusulas abusivas, páginas 49201, 49202 y 49203. Lo más importante sería el punto 2 del artículo 87 donde declara abusivo "La retención de cantidades abonadas por el consumidor y usuario por renuncia, sin contemplar la indemnización por una cantidad equivalente si renuncia el empresario."

Tenemos mucha ilusión en este proyecto y bastantes esperanzas de que nos va a salir bien, y si no, no se dirá que no hemos luchado por lo que es nuestro (y el coste es mas que asumible por la recompensa esperada)

Si tenéis contacto con personas que hayan comprado en PRYCONSA y que esté en el mismo caso que nosotros, no dudéis en darle la información.

PRYCONSA NOS DEVOLVERA LAS CANTIDADES APORTADAS!!!
 
E
echevarri
19/05/2007 18:39
No tienes nada que hacer. No es que la ley haya cambiado, es que Hacienda lo interpreta asi y son pocos los constructores que se atreven a llevarle la contraria por la responsabilidad subsidiaria...

http://www.rankia.com/blog/echevarri.html
 
M
MiCasa_
14/05/2007 02:37
aNiTa2011 dijo:

Mi novio me cedio su parte de la casa en Noviembre de 2006 y nadie me informo de que tuviera que pasar por ningun lado el contrato nuevo.
ME dieron una nueva factura y ya esta.
[...>

Hola,
Cuando dices que tu novio te cedió su parte, ¿fue antes o después de que te entregasen la casa?.

Un saludo.
 
A
aNiTa2011
09/05/2007 18:19
Mi novio me cedio su parte de la casa en Noviembre de 2006 y nadie me informo de que tuviera que pasar por ningun lado el contrato nuevo.
ME dieron una nueva factura y ya esta.
Lo que no se es que pasara cuando haga la declaración , xq ahora tengo el doble de "patrimonio".
La solucion que te doy es que sigas pagando la casa con tu ex y cuando la vendas pagas o paga lo q le debas o te deba.
 
V
virh
17/04/2007 13:43
alguna nueva idea???
 
V
virh
16/04/2007 10:21
no hay nadie al que le inetrese??
 
V
virh
15/04/2007 15:02
lo que tu llamas cesion legalmente se llama donación y es mas caro que un 7% ,es aprox. un 20% para el valor de este piso
 
V
virh
15/04/2007 13:20
el cambiar el contrato me supone un 7% asi que cada vez que cambie el contrato tengo que pagar ese 7%.

Se nos ha ocurrido una idea: vender el piso. Si alguien lo quiere se lo vendo por el mismo dinero que lo compre hace 1 año y eso si se tendria que hacer cargo de pagar el 7% de cambiar el contrato. El piso es en ciempozuelos, lo entregan en ocTubre de 2008.Tiene 3 hab, 2 baños, garaje, trastero, piscina y gimnasio, orientacion sur,3ªpiso de 5. Me consto 41,5 millones+ ivA. El comprador tendria que pagar ese dinero más el cambio de contrato (unos 2,9 millones)La empresa constructora todavia tiene pisos y los venden a 49,9millones. Repito que no quiero ganar dinero solo no perder la señal que di hace un año. POr favor si alguien está interesado que ponga su email y me pongo en contacto. Corree prisa porque yo todos los meses sigo pagando dinero a la constructora y cada mes que pasa pierdo mas.
 
L
laurarodbol
15/04/2007 12:44
Hola,
¿Y si haces una cesión? Primero incluyes a esa persona al contrato y luego, quitas a la que no quieres que esté en el mismo contrato. Eso es una cesión y quizás así podrías.
 
V
virh
15/04/2007 12:17
alguna idea???
 
V
virh
14/04/2007 18:59
no si ya lo se, pero la esperanza es lo ultimo que se pierde.
No se si a algun jurista se le encendiera una luz. Es que lo que no entiendo es porque hay gente a la que se lo han hecho y si es verdad que existe esa ley pues existe para todos( lo digo por el mensaje sobre cambios de titulares).
Otra opcion es amenazar a la constructora pero para mi que les da lo mismo porque tienen suficiente prestigio como para que yo llegue y hable mal de ellos. Ahora que como me hagan perder 3 kilos en conepto de señal voy a encargarme de hacerles la peor publicidad de su historia
 
M
MRV
14/04/2007 18:29
me encantaría ayudarte pero lo que me pregunto es si ya tienes a abogados y notarios estudiandose el tema y no encuentran una solución, como piensas que nosotros que no somos expertos te la podemos dar.

la única fórmula que yo conozco es que la promotora rompa el contrato anterior y te haga uno nuevo, pero ya te han dicho que eso no lo pueden ni quieren hacer, pues no veo otra manera.

 
V
virh
14/04/2007 11:02
POR FAVOR NECESITO AYUDA
 

Fin del hilo
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