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P
Piszis
19/02/2012 02:11

RECLAMADOS POR LA JUNTA DE COMPENSACION DE LA UNIDAD DE EJECUCION Nº 3 DELPAU-II-6

1.150 lecturas | 1 respuestas

Hola vecinos,

Queda abierto este foro con la intencion de hacer de hilo conductor sobre el asunto de referencia.

Y aquí va mi aportación, extraida del B.O.E. nº 144 de 16 de junio de 1976:

Articulo doscientos veintitrés.-Uno. Los Ayuntamientos podrán
utilizar la ejecución forzosa y la vía de apremio para
exigir el cumplimiento de sus deberes a los propietarios, individuales
'o asociados, y a las Empresas urbanizadoras.
Dos. Los procedimientos de ejecución y apremio se dirigirán
ante todo contra los bienes de las personas que no hubieren
cumplido sus obligaciones, y sólo en caso de insolvencia,
frente a la Asociación administrativa de propietarios.

Un saludo.

 
D
de_vito
24/02/2012 09:46

Hola ¿sabeis por que se anulo el otro dia la reunion?

 

Fin del hilo
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