Volver al foro
E
estreyuza
30/08/2012 21:33

cedula de habitabilidad

2.445 lecturas | 4 respuestas

hola,¿alguien podría aclararme si en una vivienda nueva se puede pedir la hipoteca antes de tener la cedula de habitabilidad? muchas gracias

 
R
rokhyaomar
01/09/2012 21:23

Ciao mia cara
 

 
CRITERIOABOGADOS
CRITERIOABOGADOS
01/09/2012 12:31

Estmad@ estreyuza,

Insistir en lo señalado desde el Despacho en anterior mensaje puesto que, la concesión, no implica la entrega del dinero hasta que no opere la escrituración con garantiasTecnicas o  de LPO o Calificación Definitiva .

Ya conociendo además la intención que señalas, el cambio de IVA, haría revisable la operación de concesión, pues el pago tiene lugar con la escrituración y es al momento de escriturar cuando se obtiene la propiedad sobre la que es ejecutable la Hipoteca en caso de impago de la misma.

Recibe un cordial saludo desde CRITERIO ABOGADOS

CRITERIO ABOGADOS
www.criterioabogados.com
email: criterioabogados@criterioabogados.com
Tlf: 626 77 43 63
Contamos con la colaboración de profesionales expertos en vivienda que os ayudarán a resolver todas vuestras dudas. Si deseas formar parte del equipo de colaboradores escríbenos
 
E
estreyuza
01/09/2012 11:48

gracias,por contestar, mi problema es que la casa la vamos a intentar acabar e hipotecar antes del 1 de enero para ahorrar la subida del iva y quería saber si firmando con el banco ésto sería posible aunque la cédula de habitabilidad tardasen 2 meses más en darla (después del 1 de enero),gracias

 
CRITERIOABOGADOS
CRITERIOABOGADOS
31/08/2012 20:48

Estimad@ estreyuza ,

La pregunta es susceptible de distintas respuestas, pero es necesario aclarar, que solicitar una Hipoteca es sencillo y su concesión evidente, antes de contar con LPO.

La cuestión es quizás, y de ahí entendemos que puede provenir tu pregunta, la solicitud puede ser un hecho, he incluso la concesión, pero su efectividad no podrá tener lugar (pues el banco abonará el dinero via contrato hipotecario), hasta que no exista un bien, con la calificación de vivienda habitable, o en su defecto calificación definitiva, que serán salvedades que el notario habrá de validar.

Es decir, sin bien sobre el que ejecutar el impago de la hipoteca (la vivienda, con su correspondiente calificación de habitabilidad), el banco no entregará el dinero, aunque su solicitud siempre es , lógicamente anterior, e incluso la subrogación. Otra cosa es la efectividad del pago que estará sometido a esa LPO o calificación, etc...

Saludos desde CRITERIO ABOGADOS 

CRITERIO ABOGADOS
www.criterioabogados.com
email: criterioabogados@criterioabogados.com
Tlf: 626 77 43 63
Contamos con la colaboración de profesionales expertos en vivienda que os ayudarán a resolver todas vuestras dudas. Si deseas formar parte del equipo de colaboradores escríbenos
 

Fin del hilo
© 2002-2024 - HABITATSOFT S.L.U. CIF B-61562088 c/ Josefa Valcárcel, 40 bis 28027 Madrid
Contacto |  Publicidad |  Aviso Legal  |  Blog |  Catastro |  Facebook |  Twitter
Vocento