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ClaudiaPinolPerez
ClaudiaPinolPerez
15/11/2021 21:48

Problemas en contrato de alquiler

Cuando se debe realizar el pago del 10% de la anualidad

1.143 lecturas | 2 respuestas
Buenas tardes , necesito ayuda a ver si alguien entiende más que yo.
Alquile un piso por un periodo de 11 meses pq la propietaria me dijo que le daba miedo hacerlo de más porque no sabía a quien iba a Meter en su casa. Cuando entre pague el mes en curso , dos de fianza y el 10% de la anualidad a la inmobiliaria, hasta aquí todo bien, ahora que llega la hora le comente con anterioridad a la propietaria si tenka intención de renovarme el contrato y me dijo que si, cual es mi sorpresa, que ahora la inmobiliaria por hacer el nuevo contrato me dice que les tengo que pagar otra vez el 10% de la anualidad.
Esto no es correcto no ?
 
pajarete
pajarete
17/11/2021 12:01
Lo que se me ocurre es que entre la propietaria y tú busquéis un modelo de contrato privado en internet y que lo modifiquéis para que los datos se ajusten a la vivienda y a vosotros mismos. Una vez que tengáis un contrato privado firmado por ambas partes no necesitaréis a nadie que haga de intermediario y, por tanto, nadie sacará tajada del negocio.
 
L
Luis93
16/11/2021 10:27
Hola. En mi opinión no pueden pedirte que pagues otra vez la comisión de la agencia porque estamos ante una prórroga del contrato vigente y no un nuevo contrato. La clave la tienes en los artículos 9 y 10 de la Ley de Arrendamientos Urbanos. El artículo 9.1 dice:

"La duración del arrendamiento será libremente pactada por las partes. Si esta fuera inferior a cinco años, o inferior a siete años si el arrendador fuese persona jurídica, llegado el día del vencimiento del contrato, este se prorrogará obligatoriamente por plazos anuales hasta que el arrendamiento alcance una duración mínima de cinco años, o de siete años si el arrendador fuese persona jurídica, salvo que el arrendatario manifieste al arrendador, con treinta días de antelación como mínimo a la fecha de terminación del contrato o de cualquiera de las prórrogas, su voluntad de no renovarlo."

Básicamente, si has hablado con la propietaria y el contrato se va a mantener en las mismas condiciones (misma renta y obligaciones de cada parte) no es necesario hacer ningún nuevo contrato, sino que se prorroga el que tenías durante un año más. Distinto sería el caso si hubiera que redactar un nuevo contrato porque se han cambiado algunas condiciones del contrato de arrendamiento, cosa que no parece que sea tu caso.
 

Fin del hilo
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