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burgundofora
01/03/2012 12:03

Ayudas

¿Cuáles son las ayudas disponibles para la compra de vivienda?

2.339 lecturas | 24 respuestas

Hace tiempo alguien preguntó por el tema de las ayudas. He estado informándome un poco y esto es lo que he encontrado:

1. Préstamos convenidos: Préstamo con unas condiciones espciales, al que, por cierto, según nuestro contrato tenemos la obligación de subrogarnos.
Sin comisiones, con tipo de interés fijo o variable (euribor + horquilla entre 0.25 y 1.25 aunque los bancos aplican el máximo, es decir, 1.25), plazo mínimo 25 años y máximo 80% del precio de compraventa (sin mejoras ni pérdidas...).

2. Subsidiación de los préstamos convenidos: Reducción de una parte de la cuota de amortización a pagar por el préstamo convenido durante 5 años, ampliable por otros dos períodos de igual duración. La cantidad varía entre 60 y 100 por cada 10000€ de préstamo en función de los ingresos. Máximo para obtener esta ayuda es 4.5 el IPREM (unos 41000€ anuales)

3. Ayuda Estatal Directa a la Entrada (AEDE): Ayuda entre 5000 y 12000€ en función de los ingresos. Máximo para obtener esta ayuda es 4.5 el IPREM

Estas ayudas se han de solicitar en un plazo máximo de 6 meses desde la Calificación Definitiva
La Calificación Definitiva se solicita una vez terminada la construcción de las viviendas y previamente a la entrega de llaves.


Editado por burgundofora 01/03/2012 12:04
 
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burgundofora
06/06/2012 09:52

Hola,

Ayer se habló de que el tipo de interés que se nos aplicaría iba a ser del euribor+2.5. Pero yo entiendo que cuando firmemos nuestra hipoteca pasaremos de promotores a adquirientes de vivienda, con lo que debería aplicarse el euribor+1.25. ¿Alguien puede aclararlo?

La ley dice: El tipo de interés efectivo para cada préstamo convenido a interés variable será igual al euribor a 12 meses publicado por el Banco de España en el «Boletín Oficial del Estado», el mes anterior al de la fecha de formalización, más un diferencial que podrá tomar un valor entre 25 y 125 puntos básicos en el caso de préstamos a adquirentes de viviendas y promotores de rehabilitación, y entre 25 y 250 puntos básicos en el caso de préstamos a promotores de viviendas protegidas para venta o alquiler, o alojamientos protegidos y promotores de actuaciones de adquisición y urbanización de suelo para vivienda protegida

 

Fin del hilo
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