Volver al foro
M
MONEDERO
31/03/2004 20:10

Impuesto CAM

¿Alguien ha recibido respuesta a la liquidación provisional del impuesto de CAM?

1.832 lecturas | 13 respuestas
A mi tambien me llegó ayer la "Liquidación provisional del impuesto de CAM", tambien me gustaria saber si a alguien de los primeros que le llegarón la carta ha recibido contestación ya que creo que tienen tres meses para resolver, y sino se considera silencio administrativo, que creo que es que se reafirman en la comunicación.

No se porque, pero me da la espina que estas alegaciones que nos ha proporcionado Inmo, no creo que tengan mucha base juridica y creo tambien que ellos tienen algo que ver en este tema y que se les ha olvidado decirnos algo (Siempre hablando desde mi ignorancia en el tema y la impresión particular que me da a mí).

Creo que deberiamos ir indagando sobre que hacer si la respuesta a nuestras alegaciones va a ser negativa, para que no nos "pille el toro", a la hora del plazo del posible recurso.

Tambien pienso que este es un tema de interes general para toda la comunidad, en la que estamos todos afectados, y se deberia tratar en Junta y consultarlo con especialistas.

Un saludo.
 
M
MONEDERO
03/05/2004 19:08
Hola a todos, hago esta consulta para alguien que me pueda ayudar con el tema del impuesto de la CAM, ya que estoy mogollón de "pegado" en la cuestión.

El caso es que este viernes dia 07, me cumple el plazo para el recurso de la 2º notificación de pago de la liquidación provisional, el caso es que he intentado poner orden en toda la documentación que hay en descargas, pero no me aclaro, ya que he leido algún mensaje anterior donde se intentaba explicar el tema pero no consigo relacionar los documentos de las descargas con los del mensaje.

Yo distingo estos documentos:
- Primer recurso ante la D.G. de Tributos de la CAM, el cual nos han denegado a todos. (El que nos mandó Inmo)
- Un recurso que consta de cuatro hojas dirigido al Tribunal Economico-Administrativo Regional de Madrid.
- Un Recurso de Reposición que consta de una hoja, dirigido D.G. de Tributos de la CAM, Sección de Suspensiones.
- Un documento de Fianza Personal Solidaria que consta de dos hojas dirigido al organismo anterior de la CAM.

Por lo tanto como recurrir a la D.G. de Tributos de la CAM, según dicen otros vecinos es tonteria, y en la última notificación nos dice que no pueden simultanearse el Recurso de Reposición a la CAM y la Reclamación Economico-Administrativa ante el Tribunal correspondiente dependiente del Mº de Hacienda, me gustaria saber:

Que documentos de los de las descargas y otros que no esten debo presentar y adjuntar, para interponer la Reclamación Económico-Administrativa ante el Tribunal dependiente del Mº de Hacienda, para que me devuelvan el importe del impuesto, ya que previamente lo voy a pagar, para que en caso de denegación, no siga acumulando intereses de demora.

Hacen referencia a un documento de calificación, ¿Nos lo entregarón o hay que conseguirlo?

Y saber que validez tiene el documento del IAJD mod. 601, que nos entregarón con las escrituras con fecha del 2001 por el que pagamos + ó - unas 85.000 ptas., ¿No es valido o es insuficiente?.

Muchas gracias por vuestra ayuda, y perdónad por esta pedazo de charla.

 
P
pharsl
26/04/2004 07:49
se puede enviar por correo certificado a claudio coello?
 
J
josam
23/04/2004 13:47
Para terminar el tema vamos por partes:

1)Las hojas del recurso que hay en DESCARGAS son las que había que presentar a la COMUNIDAD/CONSEJERIA DE HACIENDA/DIRECCION GENERAL DE TRIBUTOS junto a las hojas de los dos avalistas (esto lo hacen en el Banco), total seis hojas.
Sin embargo hoy he vuelto a ir a la Comunidad y me han dicho que NO SERVIRA DE NADA, YA QUE LO HAN MIRADO Y REMIRADO e insisten que SOLO ESTAN EXENTOS LOS PISOS VPO.

2) Las otras tres (CALIFICACION + DOS DEL RECURSO)
son las se presentan en :

TRIBUNAL ECONOMICO ADMINISTRATIVO DE MADRID
en C/CLAUDIO COELLO 31.

3)Yo lo he presentado y me han dicho que tardarán dos años en resolver.
Por lo tanto, en resumidas cuentas parece ser hay que pagar y recurrir a C/Claudio Coello, dado que la Comunidad
no nos va hacer ni puto caso y los de INMO lo unico que hacen, INSISTO ES MANDARNOS LAS HOJAS por FAX (914179610).
Aunque es triste pero esto realmente queda en una decision personal de cada uno.
Esto es lo que hay.
SALUDOS.
 
O
Osuna
23/04/2004 09:53
josam,
en descargas han subido 3 documentos, pero ninguno de ellos tiene 9 páginas. Podrías comprobar si es alguno de ellos, o si no, podrías subir el fax de inmo escaneado a descargas?

Gracias.
 
C
ccal
23/04/2004 09:40
Entonces, donde hay que presentar el recurso este que nos ha dado Inmo?
En la Calle General Martinez Campos?
En la Calle Pensamiento?
o en la Calle Claudio Cuello?

Gracias por vuestras respuestas.
CCAL
 
J
josam
23/04/2004 01:50
Si llamais a INMO: 914179610 (Belen)os lo mandan por fax (son 9 hojas,una de ellas con la Calificación Definitiva).
Yo he ido al Tribunal Economico Administrativo del Ministerio de Hacienda que se ha trasladado de la C/Pensamiento a C/CLAUDIO COELLO 31.
Me han dicho que tardan unos 2 (dos) años en resolver.
Tambien he hablado con INMO (Javier Cereceda)y......
echando balones fuera me ha "aconsejado" que presente
el recurso que os he hecho referencia arriba avalado por dos personas,en la Comunidad (Martinez Campos).
La otra alterntiva es PAGAR y en ambos casos esperar la resolucion.
 
O
Osuna
22/04/2004 09:09
Ya he visto que lo has subido a descargas. Muchas gracias.
 
O
Osuna
21/04/2004 10:01
josam, te agradecería un montón que hicieses lo que dice gandalf.

Un saludo.
 
G
Gandalf
21/04/2004 08:29
Estaría bien que escaneases el recurso que te han dado los de Inmo para que dejarlo en las descargas y presentarlo en la Comunidad.

Muchas gracias.
 
J
josam
21/04/2004 01:15
Yo tengo que pagar antes del 5 de Mayo.
Puesto al habla con INMO (Belen) me ha mandado por FAX el
recurso que hay que poner con dos "avalistas".
Me he pasado por la Comunidad y me han dicho que el Recurso
se pone en la C/Pensamiento.

Motivos de pago:

Que no son VPO sino VPP y además el modulo es mas caro.

Por lo tanto si se recurre se hace con los avalistas y si se pierde se pagan intereses o se adelanta el pago y al ganar te lo devuelven.

Yo pregunte sobre esto en RUEGOS Y PREGUNTAS en al JUNTA contestandome el presidente que "cada uno hiciera lo que quisiera".
Me quede bastante decepcionado al comprobar que el tema no interesaba practicamente a nadie.
Estoy pensando en "adelantar/tirar" el pago.
 
O
Osuna
20/04/2004 11:45
Alguien sabe algo?

Yo ya la he recibido. Creo que deberíamos iniciar acciones conjuntas. Nos hemos movilizado por 10 millones que nos quitó necso, y ahora estamos hablando de una media de 40.000 pesetas por vecino, es decir, casi 17 millones, y no estamos haciendo nada.

Siendo un tema que nos afecta a todos podríamos contratar un abogado que nos llevara el tema. Si fueramos muchos nos saldría tirado.

Un saludo.
 
O
Osuna
02/04/2004 10:17
Totalmente de acuerdo.
¿Qué hay que hacer para que se incluya este tema en el Orden del Día?
 
M
MIAN
01/04/2004 19:50
Estoy completamente de acuerdo contigo.
Creo que este es un problema que afecta sin excepción a los 418 vecinos así que debería de ponerse en manos de la Administración y que consultando con quien fuera pertinente nos informara del tema, de si tenemos razón o no y de si sirve de algo recurrir, porque recurrir por recurrir sin tener razón solo sirve para incrementar día a día la deuda a pagar con multas e intereses de demora.
 

Fin del hilo
Mensajes Relacionados
© 2002-2024 - HABITATSOFT S.L.U. CIF B-61562088 c/ Josefa Valcárcel, 40 bis 28027 Madrid
Contacto |  Publicidad |  Aviso Legal  |  Blog |  Catastro |  Facebook |  Twitter
Vocento