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Neo_rpph
Neo_rpph
11/01/2011 18:55

fmunozar dijo:

¡Feliz AÑo a todos!. Tenemos unos amigos que habían comprado antes que nosotros y ya han recibido la famosa carta.

Me han pedido que también les de a conocer en el foro como nuevos vecinos.

'mercedes.mayoral@ivi.com'

 

Saludos.

hola...hay algún error con la dirección email

Por favor, comprobad

 
PedroE
PedroE
11/01/2011 13:14

Maria José, ¡buenos días!
Yo no estoy centralizando este asunto, simplemente por ser uno de los primeros que firmó, pues estoy dando los “pasos” unos días antes que los demás……porque por lo que estoy viendo todos vamos a pasar por lo mismo.
Estoy de acuerdo contigo, y me consta que alguno de nosotros tambien es de la misma opinión, que una de las cosas que debemos hacer es presentar un Recurso Catastral ante la Gerencia Territorial del Catastro en Almería, con el objeto de impugnar los valores catastrales que tienen los apartamentos, tambien comparto tu opinión de que son totalmente desorbitados y no ajustados a la realidad actual. Por ello, con fecha 20.12.10 en unas de mis aportaciones adjunté modelo de escrito que envie a este organismo, por si algún vecino más quería enviar otro escrito similar.
En mi opinión esto es algo que deberíamos hacer TODOS los vecinos (lo que hemos comprado recientemente y los que compraron antes), ya que todos estamos afectados por este valor.
Te informo que estoy tratando de ponerme en contacto con el/la administradora de la Urbanización para que a través de una circular a TODOS los vecinos trate este tema y emitir en conjunto el Recurso que indicas y tratar de bajar el valor catastral de la propiedad para hacer más efectivas nuestras reclamaciones.
No sé el tiempo que nos puede llevar esto y si nos podeis esperar, pero creo que sería más eficaz hacerlo de forma conjunta que en grupos más pequeños ó de forma individual.
Lo que te pediría es que nos anunciaras por esta vía el momento que teneis fijado para hacer el recurso, por si nos podemos/queremos adherir al mismo.
Gracias por todo y saludos.
PedroE

 
R
ROYJA
11/01/2011 12:11

Buenos días vecinos!!!

ya hemos recibido la  famosa carta de la propuesta  de  liquidación provisional.  Queremos unirnos al grupo. Nuestros datos son:

Nombre: Jaime y Rocío

E-mail: soyjb@hotmail.com

              rocibisbis@hotmail.com

Teléfono: 650 06 06 86

 

Muchas gracias por la iniciativa de formar un grupo en este foro y por las informaciones que habéis colgado.

Un saludo!

 
M
mar923
11/01/2011 11:32

Buenos dias Pedro:

Me dirigo a ti porque veo que eres el que está centralizando este asunto.

Soy Maria José Arroyo,  quien adquirió recientemente un apartamento y  raiz de esta compra puse de manifiesto a B.Sabadell Mojácar en la propia notaria, la seguridad que la oficina Liquidadora de Vera (a quien conozco bien) procedería a emitir en breve las liquidaciones complementaria, como así fue.

Envie algun mensaje sobre este asunto através de este medio pero como ya dije, tengo muchisimo trabajo en mi despacho profesional y lamentablemente no tengo tiempo para seguiros.

Han contactado conmigo recientemente algunos propietarios en relación con este asunto dado que yo represento a un grupo de amigos y familiares que adquirieron apartamentos y tengo intención de presentar durante este mes de Enero un Recurso Catastral ante la Gerencia Territorial del Catastro en Almeria al objeto de impugnar los valores catastrales que tienen dichos apartamentos y que son totalmente desorbitados y no ajustados a la realidad actual.

Desde mi punto de vista conseguir bajar el valor catastral de la propiedad es básico para tener éxito en las Reclamaciones Económicas Administrativas que habrá que presentar posteriormente contra los Acuerdos de Liquidación de Gestión referidos a las Comprobaciones de Valores que efectúe la Administración. Por tanto, cuando más tardemos en impugnar los valores catastrales en peor situación estaremos la tener base jurídica para recurrir las complementarias.

Sé que vosotros estais ya presentando escritos de alegaciones o recursos al respecto por lo que he leído. Me imagino que asesorados por algún Despacho, por tanto, lo unico que pretendo es informaros de nuestra intención de presentar este mes de Enero el Recurso ante la Gerencia Territorial del Catastro para el caso de que alguien más estuviese interesado.

Un cordial saludo

Maria José Arroyo

 
F
fmunozar
11/01/2011 11:02

¡Feliz AÑo a todos!. Tenemos unos amigos que habían comprado antes que nosotros y ya han recibido la famosa carta.

Me han pedido que también les de a conocer en el foro como nuevos vecinos.

'mercedes.mayoral@ivi.com'

 

Saludos.

 
S
salma00
08/01/2011 22:20

Feliz Año a todos.

Todavía no he recibido la carta, pero pienso que será en breve, puesto que ya he recibido la del cambio de titular.

También daros las gracias a todos, y  en especial a Pedro y a Neo por la gran ayuda que nos están presentando.

Saludos

 
PedroE
PedroE
08/01/2011 11:11

Hola Concha

Se me ocurre que podemos pedirle al Administrador que se dirija él a los propietarios informandoles por una circular de esta "acción" y donde se les proporcione una dirección de correo para que se pongan en contacto y se pueda sondear la aceptación de los todos.

la proxima semana trataré este tema con él por telefono, para ver que le parece.

Saludos.

 
maxconchi
maxconchi
07/01/2011 15:26

Hola Pedro

Lo de la base de datos de todos los vecino es inviable pedirsela al admiistrador ya que con la Ley de Protección de datos  se saltaría la Ley si nos la da.

Un saludo

 
maxconchi
maxconchi
05/01/2011 13:31

MUUUUCHAAAAS GRACIAS

FELICES REYES

 
PedroE
PedroE
04/01/2011 16:19

¡¡¡Hola Concha!!!¡¡¡Feliz Año!!!

El texto de la solicitud de la TPC lo puse en un mensaje del día 27.12.10 

te lo vuelvo a poner:

"A LA AGENCIA TRIBUTARIA DE ANDALUCIA, CONSEJERIA DE HACIENDA Y ADMINISTRACION PUBLICA DE VERA-ALMERIA

C/ ALI-BEY, 4 B

04620-VERA (ALMERIA)

D. XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, mayor de edad, con N.I.F. número 5XXXXXXXXXXXXX, con domicilio para notificaciones en XXXXXXX (XXXXXX), c/ XXXXXXXXXXXXXX , comparece y como mejor proceda en derecho,

 

D I C E

ue dentro del plazo establecido al efecto solicito la práctica de la tasación pericial contradictoria contra la comprobación de valores, notificada el día XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, realizada en el expediente númeroXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales Actos Juridicos Documentados .

Concretamente, se solicita la pericial contradictoria con respecto de la vivienda, sita en:

PROVINCIA: ALMERIA

MUNICIPIO: VERA

SITUACION: AV CIUDAD DE ALICANTE xxxxxxxx

REFERENCIA CATASTRAL: XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX

Por lo expuesto, y de conformidad con las previsiones del artículo 135 «Tasación pericial contradictoria» de la LEY 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y de la normativa propia del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales Actos Juridicos Documentados.

SOLICITA

Que se tenga por solicitada la tasación pericial contradictoria en los términos expuestos y, previos los trámites oportunos, se declare el inicio de la misma notificándose a ésta parte.

Por lo tanto, tambien solicito la suspensión automática del periodo de recaudatorio y como se dispone en el apartado primero del artículo 135 «Tasación pericial contradictoria» de la Ley 58/2003."

En xxxxxxxxx, XXXXXXXXXXXXXXXXX

Estoy de acuerdo contigo que la reclamación de los "valores catastrales" deberíamos hacerla estando de acuerdo todas las fases y cuantos más vecimos mejor. Me parece complejo contactar con todos los vecinos e  Implicar a toda la urbanización, no porque sea un tema que los interese a todos, si no por lo dificil que veo ponernos todos en contacto (salvo que la base de datos de todos los vencimos nos la proporcione los que la tienen, en nuestro caso, el administrador de la comuniadad).

Tambien comparto tu opinión, sobre que cada cosa debe ir por su lado y que lo mejor, sería contratar a algun abogado que se dedique a estos asuntos administrativos, ya que por lo que he visto hasta ahora hacerlo a traves del administrador de la comunidad, a mí no me da mucha confianza.

Saludossssssssssssss

PedroE

 

 
maxconchi
maxconchi
04/01/2011 12:01

Pedro buenos días:

El escrito que has mandado para la Pericial Contradictoria no es el transcribistes y colgaste hace unos días ¿verdad?.

Podrías colgar una copia para que nos hagamos a la idea de como lo has hecho.

Yo tambien creo que lo mejor para la suspensión inmediata del pago es empezar por ahí porque si no empiezan a correr los atrasos a favor de la administración.

También estoy de acuerdo ,y es lo que me parece más importante  DE TODO ESTO, el hacer un RECURSO EN CONTRA DE LAS BASES IMPONIBLES DE LAS CONTRIBUCIONES  MARCADAS POR LA ADMINISTRACIÓN PARA TODA LA URBANIZACIÓN.

Creo además que en esa reclamación deberíamos ponernos de acuerdo todas las fases. Implicar a los dueños antiguos y ahora a los nuevos.

Para eso si deberíamos contratar a algun abogado que se dedique a estoas asuntos administrativos. Pero no implicaría a la empresa de la actual administración de fincas. Contrataria a otra.

Cada cosa creo que tiene que ir por su lado.

Un saludo a todos.

 

 

 
PedroE
PedroE
04/01/2011 11:36

Hola Cris7378:

Lo que he hecho ha sido solicitar ahora (antes del Recurso) la perial contradictoria, ya que me han aconsejado hacerlo merjor ahora que despues del Recurso

Si no lo he entendido mal, el siguiente paso es que un perito de la Administración tiene que realizar una valoración de mi vivienda y si es necesario entonces tendría que aportar “mi” tasación para comparar valores entre la de la administración y la mia.
 

Saludos.

 
cris7378
cris7378
03/01/2011 21:23

Hola Pedro, no nos ha quedado del todo claro tu procedimiento no sabemos si has hecho ya la TPC y si la has mandado en caso afirmativo orientanos por cuanto te la han tasado o cuanto es la diferencia entre marzo y diciembre y por cuanto ha salido al final la tasación.

Contestando a Neo nos ha servido de gran ayuda el enlace q colgaste en la parte de descargas nos ha quedado claro que si aceptan la TPC servirá de base imponible.

Gracias y un saludo a todos.

 
PedroE
PedroE
03/01/2011 20:18

¡Hola a todos! ¡¡¡FELIZ AÑO!!!

No sé si quedo claro en mis anteriores mensajes pero por mi parte he ido directamente a la tasación pericial contradictoria con petición de suspensión de la recaudación, en lugar de por el recurso (que me reservo para más adelante si hace falta)

En cuanto a la propuesta del tasador, deciros que he consultado otras compañía de tasación que han resultado bastante más costosas.

Por lo que yo veo y por información que he recibido de varias personas esta es la manera más efectiva, económica y rápida de solucionar esto, me imagino que tendremos que pagar algo de impuesto pero bastante menos de lo que proponen.

Jorge (vecino de la urba y que vive en Murcia) al igual que yo cree que en el futuro (despues de ver que pasa con esto), tendremos que estudiar la posibilidad de impugnar la valoración catastral de las viviendas.

Bueno como os comenté, estoy a la espera de ver que me contestan a mi solicitud de Tasación Pericial Contradictoria desde la Agencia Tributaria......os voy informando.

Saludossssssssssssss
 

 
G
gonzalooo
03/01/2011 10:41

HOLA Y FELIZ AÑO A TODOS

Maxconchi te comentamos que la carta que dices que as recibido es la de cambio de nombre en catastro no la propuesta de liquidación que manda hacienda de la junta se supone que la propuesta de liquidación no tardara en llegar que es cuando hay que poner la reclamación y cuando nos contesten con la definitiva el recurso y la tasación contradictoria después no se sabe lo que pasara.

pedroe

solo preguntar si tenéis mas información sobre la tasación conjunta y el precio. En mi caso la liquidación definitiva no me la an mandado, pero ya hace tiempo que reclame de la propuesta

UN SALUDO Y ESPERAMOS QUE NOS VAYAMOS CONOCIENDO EN LA URBANIZACIÓN

 
maxconchi
maxconchi
02/01/2011 20:56

Pero en mi carta no vienen mas que los datos de la casa, el trastero y el garaje. No hay cuantia economica ni valoración alguna

Vienen los datos de ubicación, los elementos que lo componen y el nombre de los titulares.

No da valores ninguno ni de base imponible ni de valor catastral ni de dinero que se liquida.

De euros no habla nada.

Que se va a contestar a esa carta si los datos del edificio y de los titulares estan bien?

 
maxconchi
maxconchi
01/01/2011 21:39

FELZ AÑO A TODOS.

EN MI CASO CADA ELEMENTO TIENE UN NUMERO CATASTRAL Y RECIBOS DE CONTRIBUCION POR SEPARADO (GARAJE, APARTAMENTO Y GARAJE). hEMOS RECIBIDO YA LA CARTA DEL CATASTRO INFORMANDONOS DEL CAMBIO DE NOMBRE Y LA PARTICIPACION DE CADA UNO PARA QUE EXPRESEMOS SI HAY ALGUN ERROR EN LOS DATOS.

SUPONGO QUE DE ESTA CARTA A LA NOTIFICACION DEL GRAN PALO QEUDA POCO Y SEGURO QUE RECIBIRE 3 UNA POR CADA ELEMENTO.

SI COMO COMENTAIS Y CREO QUE TENEIS RAZON , ME PARECE QUE EN EL CASO DE LAS NUEVAS TASACIONES TENEMOS POCO QUE HACER.

NO SE SI AL FINAL RECLAMAR VA A SER PRACTICO.

BUENO YA VEREMOS, HABRA QUE TOMAR DECISIONES RAPIDAS.

¿QUE PASA SI HACEMOS EL ESCRITO SOLICITANDO LA TASACION CONTRADICTORIA Y LUEGO NO LA HACEMOS.?  CREO QUE NOS PUEDEN PONER UNA SANCION POR RETRASARNOS EN EL PAGO QUE PUEDE LLEGAR A SER DEL 20% DE LO QUE DEBEMOS .

 

 
Neo_rpph
Neo_rpph
01/01/2011 21:16

Hola a todos y en primer lugar, FELIZ AÑO!!!!

Quería comentar, especialmente a cris7378, que el valor resultante de la tasación pericial contradictoria es el que se toma para hacer la liquidación, sobre el que se aplicaría el 7%,  sin incrementarlo por el 1,8. En el documento colgado en descargas que está sacado de la Junta de Andalucía lo dice "servirá de base para la liquidación".

Por otro lado, no comprendo cómo un piso tan similar al mío según el valor de venta de SOLVIA (lo digo por los datos de ferol), a mí me costó 84.650, mi valor catastral es de 95.980. ¿Cómo puede ser que mi apto de un dormitorio, 46,62 útiles, 53,63 construidos, es verdad que la terraza es grande: 30 m entre la parte cubierta y parte descubierta, al final se me ponga según la ficha catastral en 116 metros? ¿Alguien sabe cómo se hace el cálculo para que me endosen 23 metros de elementos comunes?

Podeis ver el desglose de metros de vuestra vivienda en la página de la Dirección General del Catastro poniendo la referencia catastral.

Saludos


Editado por Neo_rpph 01/01/2011 21:17
 
M
MYOL
01/01/2011 10:51

Hola Cris y demás vecinos.

No he recibido la carta todavía pero estoy siguiendo vuestras informaciones.

Creo que lo has explicado muy bien.

Veo dificil que la nueva tasación que se solicite sea más baja que el precio de compra para que prospere el recurso, teniendo en cuenta que la tasación actual tiene poco tiempo.

De todas formas hay que intentar agotar todas las posibilidades y todos los que  informais estais haciendo un buen trabajo.

Yo suelo ir a menudo por la urbanización y está preciosa, muy cuidada y supertranquila, así que esperemos disfrutar de las viviendas con el menor gasto posible.

Un saludo para todos y FELIZ AÑO NUEVO!!!!

 
cris7378
cris7378
30/12/2010 20:36

Hola ferol, quiza no me haya explicado bien. Los valores que he puesto son correctos solo que he omitido el que tu llamas base imponible por lo que mis valores se quedan en:

Valor de compra: 73600

Valor catastral: 93286..38

Base imponible ( VC x 1.80 ): 167915.48

Tasacion : 92533.18

Para que esto llegue a buen puerto la TPC tendria que ser igual o inferior al precio de compra para que quedaramos exentos de pagar. En el caso de que sea superios ese valor le van a aplicar el coeficiente multiplicador 1.80, aprovado per decreto ley para el municipio de Vera para estos casos. Si por ejemplo la TPC  es de 80000 euro, a esto le van a aplicar el 1.80 estimando su valor en 144000 euros por lo que seguiriamos pagando. Espero haber aclarado tus dudas.

 
V
vide2002
30/12/2010 13:54

 

Estimado Neo_rpph,

Estoy en el foro pero aun no había dicho nada. Estoy informado por fuera por Pedro. Me gustaría que contéis conmigo:

 

Nombre: David Seara y Ana

Nick. Vide2002

email: vide2002@hotmail.com

teléfono: 629148783

 

El estado de mi reclamación es:

Dos comunicaciones recibidas. Presentada reclamación y a la espera de respuesta.

En paralelo he presentado petición de revisión del valor catastral al catastro para 2010.

 Un saludo

 

 

 

 

 

 

 
cris7378
cris7378
29/12/2010 23:10

Hola Vecinos.

Nosotros aun esperamos la contestación a las alegaciones,si las rechazan, que será lo más seguro, presentaremos un recurso de reposición en el que nos reservaremos el derecho de presentar la Tasacion Pericial Contradictoria (TPC).

Aquí nos surgen algunas dudas. Os cuento nuestro caso:

Nosotros compramos por 73600 y así consta en las escrituras, el valor catastral que maneja la administración es de 93286.38, y la empresa tasadora Gesvant lo valora a fecha de 30 de marzo en 92533.18.

Viendo estos valores, no se hasta que punto puede resulta interesante volver a tasar los pisos con la misma empresa, ya que en estos nueve meses no creo que la valoren por mucho menos. En los dos casos el valor obtenido se quedaría más cercano al valor catastral y nos nos interesa porque sería como darles la razón. Quizá sea interesante presentar otras empresas y otros presupuestos. Aun así, si no hay otra salida, al menos arañaremos algo, habrá que sopesar los gastos de la tasación con lo que realmente nos ahorraríamos para ver si merece la pena.

Bueno, aún con todo lo que está cayendo, os deseamos suerte y un Feliz Año a todos.

                                 

                                                                                 Saludos Cristina y Pablo


Editado por cris7378 29/12/2010 23:13
 
maxconchi
maxconchi
28/12/2010 21:56

Gracias Pedro.

Yo he hablado esta mañana con la Junta y me ha dicho que el 1,8 lo aplica  a todo, cacas, garajes y trasteros, es decir a todo el ladrillo.

Una broma vaya , ya que los aparcamientos en catastro estan valorados en 10.000€ mas menos.

Bueno a nosotros todavia no nos ha llegado la carta pero calculo unos 6.500€ mas o menos.

En cualquier caso sigamos siendo felices que la Junta de Andalucia todavía no se ha enterado de aquello de la recesión.

 
PedroE
PedroE
28/12/2010 18:18

Hola Maxconchi

He quedado con Gesvalt, S.L. que cuando nos solicite la Agencia Tributaria "nuestra" tasación, del grupo de vecinos  que estemos en la base de datos que lleva Neo, acordaremos los que queremos participar en esta tasación "conjunta" y la solicitaremos....si somos al menos 40 el precio al que nos saldra es este y si somos más pues hablaremos.....con el tasador para ver como nos lo ajusta.

Yo me he quedado con el numero de telefono y el nombre del arquitecto que realizó la tasación para Solvia, que es la persona a la que tenemos que solicitarsela. Tambien (siguiendo el consejo de un vecino) en la tasación deberíamos (creo que no habra problemas para que el tasador ponga en la tasación estos datos) solicitar que nos indique cada uno de los ocho valores que la ley da para realizar el calculo de valor real de los inmuebles..

Feliz año....

 

 

 
PedroE
PedroE
28/12/2010 18:09

Jose Manuel, conforme

Te llamo por telefono y hablamos..........

 
L
lucitina
28/12/2010 17:18

hola Pedro soy Mari luz y Jose de Asturias y tenemos un apartamento en VERA y como a vosotros nos ha llegado la carta de la Junta, la verdad es que ya me uni a vosotros pero mi ma rido dice que hay que contestar   a,esa carta en un plazo que cumple mañana la v erdad  es que no se lo que hay que hacer y me gustaria hablar contigo, pero no tengo t elefono, asi que si puedes contestarme  te lo agraceria infinito-

Un saludo

Mari luz y Jose Manuel

TFNO 657833151

 
maxconchi
maxconchi
28/12/2010 12:17

Pedro feliz año.

Como vamos  hacer para que nos tenga en cuenta la empresa de tasación por esos 50€ que me parecen correctisimos.

Nos ponemos en contacto con la empresa en su momento o como vamos a orgnizarlo con la tasador.

Saludos

 
PedroE
PedroE
27/12/2010 22:14

Hola a todos!

Hoy ¡por fin! he conseguido ponerme en contacto con Gesvalt, S.L., empresa que realizó para Solvia la última tasación de fecha 30.03.10, con la que hemos comprado todos la vivienda.

He llegado con ellos al acuerdo de que para una volaración de 40 viviendas nos hacen un precio de 50€ + IVA. A mi me parece un precio bastante bueno teniendo en cuenta que si hacemos la tasación "contradictoria" de forma individual nos saldría por un pico.

Como os comenté el otro día, yo ha he recibido la contestación a mis alegaciones, por lo que voy a solicitar la TASACION PERICIAL CONTRADICTORIA A LA AGENCIA TRIBUTARIA. El escrito que voy a enviar mañana por burofax tiene el siguiente contenido.....por si lo quereis utilizar vosotros para iniciar esta misma acción cuando os contesten negativamente a vuestras alegaciones:

"A LA AGENCIA TRIBUTARIA DE ANDALUCIA, CONSEJERIA DE HACIENDA Y ADMINISTRACION PUBLICA DE VERA-ALMERIA

C/ ALI-BEY, 4 B

04620-VERA (ALMERIA)

 D. XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, mayor de edad, con N.I.F. número 5XXXXXXXXXXXXX, con domicilio para notificaciones en XXXXXXX (XXXXXX), c/ XXXXXXXXXXXXXX , comparece y como mejor proceda en derecho,

  

                                               D I C E

 ue dentro del plazo establecido al efecto solicito la práctica de la tasación pericial contradictoria contra la comprobación de valores, notificada el día XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, realizada en el expediente númeroXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales Actos Juridicos Documentados .

Concretamente, se solicita la pericial contradictoria con respecto de la  vivienda, sita en:

PROVINCIA: ALMERIA

MUNICIPIO: VERA

SITUACION: AV CIUDAD DE ALICANTE E 4º C

REFERENCIA CATASTRAL: XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX

Por lo expuesto, y de conformidad con las previsiones del artículo 135 «Tasación pericial contradictoria» de la LEY 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y de la normativa propia del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales Actos Juridicos Documentados.

 SOLICITA

 Que se tenga por solicitada la tasación pericial contradictoria en los términos expuestos y, previos los trámites oportunos, se declare el inicio de la misma notificándose a ésta parte.

Por lo tanto, tambien solicito la suspensión automática del periodo de recaudatorio y como se dispone en el apartado primero del artículo 135 «Tasación pericial contradictoria» de la Ley 58/2003."

En xxxxxxxxx, XXXXXXXXXXXXXXXXX

 

Saludos.

 
L
lucitina
27/12/2010 20:38

Hola soy Mari luz , y como ya os mande un mensaje me uno al grupo pero no mande el nº de telefono 657833151.

E.mail pabloluci@hotmail.com

Comentarme un poco lo que hay que hacer, a nosotros tambien nos llego la cartita y con intereses, tememos un aoartamento en el h1 3º.

Un saludo Mari luz y jose

 
M
Mapb
27/12/2010 19:44

Como regalito de navidad nos ha llegado la famosa carta, y nos piden algo mas de 7000€......, lo dicho menudo regalito.

 

Feliz navidad a todos.

 
maxconchi
maxconchi
27/12/2010 13:55

Hola a todos

Como va el asunto de contratar a un abogado?

Hemos hablado de las viviendas, pero alguien ha recibido la diferencia por el trastero y el garaje?

En nuestro caso  el trastero y el garaje tienen precios separados de compra  de la vivienda y  recibos de contribución independientes del piso con referencias catastrales  y valores independientes.

Sabeis esto como la trata Hacienda y el catastrso.

Alguno lo teneis como yo?

 

 

 


 

 
cris7378
cris7378
25/12/2010 11:06

¡¡ FELIZ NAVIDAD !! espero q Papa Noel nos traiga algo de suerte,ayer mandamos las alegaciones y la vedad es q no esperamos mucho despues de lo que cuenta PedroE, solo nos queda seguir luchando. Seguiremos informando.

Bueno,un saludo a todos y felices fiestas.

Cristina y Pablo.

 
L
lucitina
24/12/2010 17:30

hola soy mari luz y me uno al grupo

imail pabloluci@hotmail.com

 
maxconchi
maxconchi
23/12/2010 21:45

laughcoolenlightened.

FELICES FIESTAS A TODOS UN SALUDO Y FELIZ NAVIDAD

 
Neo_rpph
Neo_rpph
23/12/2010 00:12

En la siguiente imagen he intentado explicar graficamente las dos vías por la que podemos optar, contado con que la Administración va a desestimar las alegaciones a la 1ª carta, y el recurso de Reposición (se interpone ante el mismo Órgano).

La diferencia entre el camino A y el B, es el tiempo ganado por utilizar los recursos previstos en la Rama A. Ahora bien, contado con que algo vamos a tener que pagar, por que, hay que ser realistas, hemos comprado muy barato, habrá que pagar intereses de demora por la liquidación que resulte de pagar el 7% de la diferencia entre la valoración definitiva y nuestro valor de compra.

Es absurdo acudir a Contencioso-Administrativo, pues habrá que depositar avales por la deuda (o pagarla) y esperar sentencia ...¿años?

Si todos estos pasos los ponemos en manos de un despacho de abogados, unificaremos formatos  y criterios y nos será mucho más cómodo.

Seguimos adelante....

http://lh4.ggpht.com/_glUNPboYZk4/TRKBFEWdSvI/AAAAAAAAEcQ/fxuBB4A0HCA/s800/CaminoRecurrirITP.jpg

camino para reclamar ITP


Editado por Neo_rpph 23/12/2010 0:15


Editado por Neo_rpph 23/12/2010 0:25


Editado por Neo_rpph 23/12/2010 0:26


Editado por Neo_rpph 23/12/2010 0:26
 
Neo_rpph
Neo_rpph
22/12/2010 23:53

Pedro,  es básicamente lo que contiene el escrito colgado en "descargas" titulado: Cómo actuar después de una liquidación (sacado de la página web de la propia Junta de Andalucía), que es muy interesante y que muy poca gente lo ha visto, tiene muy pocas descargas.

Por otro lado , en la página de la Comunidad de Madrid está muy bien explicado todo lo referente a la tasación pericial contradictoria.

http://www.madrid.org/cs/Satellite?pagename=Contribuyente%2FPage%2FCONT_contenidoFinal&language=es&cid=1142341760547

La tasación pericial contradictoria puede pedirse:

-Una vez recibida la liquidación (2ª carta) (se suspende el ingreso de la deuda)

ó

-Recurrir con recurso de reposición (potestativo) y reclamación Económico-Administrativa que, haciendo mención a que nos reservamos el derecho a promover la TASACIÓN PERICIAL CONTRADICTORIA igualmente se suspende el ingreso de la deuda). Si con los recursos no nos dan la razón, entonces podemos solicitar la TPC.

Es muy probable que la diferencia entre la tasación por nosotros aportada y la tasación hecha por el perito de la Administración sea superior al 10% de la tasación nuestra y esto provoque que haya que designar un tercer perito.....leer el enlace de arriba.

La conveniencia de ir a TPC directamente o después de "marear la perdiz" con los recursos no la sé. En el segundo caso se gana algo de tiempo, un mes de plazo para interponer cada uno de los recursos y otro mes para contestar o para entender desestimado por silencio adminsitrativo. Ahí es donde me gustaría que un abogado me asesora.

Un saludo,

 
PedroE
PedroE
22/12/2010 21:58

Hola a Todos!

Os reproduzco el contenido de un correo que he recibido de un vecino de los Altos de Vera sobre nuestro asunto:

" El hecho imponible viene determinado por el VALOR REAL del bien objeto de transmisión. Cuando la administración tiene sospechas de que el valor no es el real tiene el procedimiento de comprobación de valores.

La regulación de la comprobación de valores viene recogida en el artículo 57.1 de la LGT. En ella se establecen ocho medios para comprobar el valor del bien. La administración de Andalucía tiene la posibilidad de elegir discrecionalmente uno de ellos, pero no quiere decir que los otros no sean buenos. Llama la atención que por cualquiera de los otros medios la valoración que hemos declarado sería buena, lo cual indica la buena viabilidad de las actuaciones que emprendamos.

El propio artículo en su apartado 2 prevé lo que se llama “tasación contradictoria de valores”.

El procedimiento de comprobación de valores se regula en los artículos 134 y 135 de la misma ley.

El 135 dice literalmente “1. Los interesados podrán promover la tasación pericial contradictoria, en corrección de los medios de comprobación fiscal de valores señalados en el artículo 57 de esta Ley, dentro del plazo del primer recurso o reclamación que proceda contra la liquidación efectuada de acuerdo con los valores comprobados administrativamente o, cuando la normativa tributaria así lo prevea, contra el acto de comprobación de valores debidamente notificado.
En los casos en que la normativa propia del tributo así lo prevea, el interesado podrá reservarse el derecho a promover la tasación pericial contradictoria cuando estime que la notificación no contiene expresión suficiente de los datos y motivos tenidos en cuenta para elevar los valores declarados y denuncie dicha omisión en un recurso de reposición o en una reclamación económico-administrativa. En este caso, el plazo a que se refiere el párrafo anterior se contará desde la fecha de firmeza en vía administrativa del acuerdo que resuelva el recurso o la reclamación interpuesta.
La presentación de la solicitud de tasación pericial contradictoria, o la reserva del derecho a promoverla a que se refiere el párrafo anterior, determinará la suspensión de la ejecución de la liquidación y del plazo para interponer recurso o reclamación contra la misma.
2. Será necesaria la valoración realizada por un perito de la Administración cuando la cuantificación del valor comprobado no se haya realizado mediante dictamen de peritos de aquélla. Si la diferencia entre el valor determinado por el perito de la Administración y la tasación practicada por el perito designado por el obligado tributario, considerada en valores absolutos, es igual o inferior a 120.000 euros y al 10 % de dicha tasación, esta última servirá de base para la liquidación. Si la diferencia es superior, deberá designarse un perito tercero de acuerdo con lo dispuesto en el apartado siguiente.
3. Cada Administración tributaria competente solicitará en el mes de enero de cada año a los distintos colegios, asociaciones o corporaciones profesionales legalmente reconocidos el envío de una lista de colegiados o asociados dispuestos a actuar como peritos terceros. Elegido por sorteo público uno de cada lista, las designaciones se efectuarán por orden correlativo, teniendo en cuenta la naturaleza de los bienes o derechos a valorar.
Cuando no exista colegio, asociación o corporación profesional competente por la naturaleza de los bienes o derechos a valorar o profesionales dispuestos a actuar como peritos terceros, se solicitará al Banco de España la designación de una sociedad de tasación inscrita en el correspondiente registro oficial.
Los honorarios del perito del obligado tributario serán satisfechos por éste. Cuando la diferencia entre la tasación practicada por el perito tercero y el valor declarado, considerada en valores absolutos, supere el 20 % del valor declarado, los gastos del tercer perito serán abonados por el obligado tributario y, en caso contrario, correrán a cargo de la Administración. En este supuesto, aquél tendrá derecho a ser reintegrado de los gastos ocasionados por el depósito al que se refiere el párrafo siguiente.
El perito tercero podrá exigir que, previamente al desempeño de su cometido, se haga provisión del importe de sus honorarios mediante depósito en el Banco de España o en el organismo público que determine cada Administración tributaria, en el plazo de 10 días.
La falta de depósito por cualquiera de las partes supondrá la aceptación de la valoración realizada por el perito de la otra, cualquiera que fuera la diferencia entre ambas valoraciones.
Entregada en la Administración tributaria competente la valoración por el perito tercero, se comunicará al obligado tributario y se le concederá un plazo de 15 días para justificar el pago de los honorarios a su cargo. En su caso, se autorizará la disposición de la provisión de los honorarios depositados.
4. La valoración del perito tercero servirá de base a la liquidación que proceda con los límites del valor declarado y el valor comprobado inicialmente por la Administración tributaria.”

Por tanto este procedimiento hay que pedirlo cuando la administración te comunica la liquidación del impuesto y suspende tanto el pago del impuesto como los plazos para interponer los correspondientes recursos.

Si el perito de la administración hace un informe bueno no hay más que aportar uno contradictorio que rebaje el diez por ciento y están obligados a pasar por esa valoración.
Si la tasación de valores no sale bien se puede acudir a los recursos previstos legalmente, pero habrá que ir pagando el impuesto y esperar pacientemente."

Espero que esta excelente aportación nos aclare un poco más como tenemos que proceder.

 

Saludos.

 

PedroE

 

 
S
santi27
22/12/2010 20:52

Hola a todos.

Hoy hable con la gestoria para que se paguen los impuestos donde el pagador vive en mi caso Madrid pero ayer ya pagaron,ya solo me queda esperar a recibir la famosa carta por lo que pienso que siendo tantos deberiamos ponernos en manos de un profesional como bien dice Neo y cuanto antes mejor.

  Saludos.

 
S
saila
22/12/2010 00:21

Hola a todos, nosotros también nos unimos a la iniciativa .

Nombre Julio y María José

Nick:saila

Telf.656.44.80.89

Piso I1 3ºB

email.jcvalmorisco@ono.com

 
Neo_rpph
Neo_rpph
21/12/2010 23:07

En vista de que ya hay muchos vecinos que están recibiendo la primera comunicación de Liquidación complementaria, creo que deberíamos tocar seriamente el tema de ponernos en manos de profesionales, que preparen el recurso de reposición y/o nos gestionen la solicitud de una tasación pericial complementaria, a la cual nos podamos acoger para solicitar la suspensión de la ejecución del pago reclamado.

Es cuestión de proponer despachos de abogados, seleccionar y provisionar en su momento las costas para que se pongan en marcha.

No olvidemos que a TODOS nos va a llegar la famosa "cartita" (tienen 4 años para revisar la liquidación), el no recibirla o recogerla no exime de la obligación del pago y podemos ir adelantando mucho camino.

Seguimos adelante....

PS: somos 28

 

Fin del hilo
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