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I
IdeasClaras
03/10/2009 16:52

INFORMACIÓN JURIDICA SOCIO PTA O´ODONNELL

¿Qué información y documentación se presentará en la reunión con el Consejo Rector de Puerta de ODonnell?

4.550 lecturas | 37 respuestas


Paso a facilitaros la Información solicitada al Consejo Rector de Puerta de O´Donnell que hasta al fecha no se ha puesto en contacto conmigo y la Asamblea es el próximo día  07 de octubre.Considero que deberíamos solicitarlo todos para tomar las decisiones correctamente.
Utilizo este medio para cominicarmen ya que es el que el Consejo Rector utilizó para informarnos de la convocatoria de nuestra Asamblea Extraordinaria y en el que parece que ellos confían como medio de notificación adecuado.


TEXTO:
Os rogaría que en la reunión a celebrar con el Consejo Rector se presente la siguiente información y documentación:
  • Personada en el Registro de Cooperativas de la Comunidad de Madrid me indican que no consta solicitud de inscripción del Acta de la Asamblea General celebrada el pasado día 29 de junio de 2009.
Teniendo en cuenta que en el escrito de convocatoria se indica "ante la situación que atraviesa la Gestora OFIGEVI, de la que ya os informamos en la Asamblea General Celebrada el pasado 29 de junio", rogaría que en la reunión solicitada al Consejo Rector se presente el original de dicha Acta redactada por el Notario contratado y fotocopia de la misma para que se me entrege en ejercicio de mi derecho de información.

Si no se ha remitido el Acta a los socios y no se puede consultar el contenido en el Registro de Cooperativas, el ejercicio del derecho a la información que concede la Ley y los Estatutos que anulado.
  • Asimismo, sendos Dictamenes Jurídicos y Económicos que aconsejen la rescisión de los contratos a la Gestora y a la UTE y estudio de las consecuencias jurídicas y económicas que deberían soportar los cooperativistas. En ese sentido indicar que el cuadro que se presentó para la aprobación de las derramas en Asamblea Extraordinaria dejaba muy claro la situación económica y los gastos a soportar por cada socio, por lo que la forma de facilitar la informacióna para ser entendida podría ser parecida. 
Por otro lado, al tener conocimiento la Secretaria de la disconformidad con con el Dictamen Jurídico elaborado para la aprobación de la UTE, se mantuvo conversación con el Abogado que inmediatamente se puso a disposición del Consejo Rector. Esto fue trasladado en conversación telefónica a la Tesorera, Pilar, en la confianza de que iba a ser atendida mi petición, pero hasta la fecha no se ha recibio requerimiento alguno al respecto. ¿Por qué vuestro Dictamen tiene más valor jurídico que el presentado en la aprobación de la UTE?.
  • Elenco de gestoras para elección de los socios, como indicaba el Informe formulado por la Federación de Cooperativas de Viviendas así como que se acredite capacidad técnica y económica para hacer frente al proyecto de construcción de las viviendas. (Se adjuntó fotocopia del Informe en Acta de Asamblea para conocimiento de todos los socios)
  • Presentación de listado de los correos electrónicos de los 476 socios de la cooperativa que garantizaban la notificación por correo electrónico de la Asamblea Convocada. Además, teniendo en cuenta que los datos de los socios para su protección se encontraban depositados en la sede de la Cooperativa, en la calle Conde de Peñalver nº 38, circunstancias en que se han conseguido por el Consejo Rector.
  • Como garantía que evite futuras denuncias que puedan ocasionar perjuicios o retrasos a la cooperativa se solicita, en su caso, documento firmado de los miembros del Consejo Rector en que indiquen que no tienen relación alguna con la nueva Gestora y arquitectos a proponer
  • Reunión celebrada con sendas Comisiones de Obra y Financiera informando y requiriendo su opinión sobre las medidas a proponer en la Asamblea convocada.
  • Igual que en el punto anterior pero respecto al cargo de Interventor.
  • Negociaciones que se han realizado con entidades bancarias y el resultado de las mismas.
  • Negociaciones con compañías de seguros y el resultado de las mismas.
  • Negociaciones con la Gestora para haber llegado a esta situación en que nos encontramos.

Por último, si mi abogado me aconseja solicitar más información y documentación os lo comunicaré antes de la reunión o en la misma.

Atentamente.












 
C
carlos5bis
05/10/2009 14:10

Cada vez pienso más que debemos ir a Ofimangui, manifestación  y coger las grabaciones, aunque en un juicio depende del juez no la suele aceptar, pero bueno con un poco de suerte a toda esta panda de cucarachas , las metemos en la cárcel.
Apuntarse para la manifestación.
massiacarlos@hotmail.com

 
valentina-7777
valentina-7777
05/10/2009 13:14
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angelalbertomontero
angelalbertomontero
05/10/2009 13:06

Recordando recordando... me acuerdo que hable con la exsecretaria de PTA O´DONELL y ya se de donde salen sus apoyos.
Sus apoyos son los que metio en la cooperativa, familiares, amistades... y eso fué en una condiciones la mar de especiales, según me han contado... es que en OFIGEVI ahora hay total división y en el circo le crecen los enanos y por allí empiezan a salir info que ya la podían haber soltado antes.
Tranquilos empleados y expleados que no voy a decir nada que no hayamos hablado antes y que estéis deacuerdo en que podamos utilizar.
Esos son los que lleva la exsecretaria, a todos esos también os ha engañado la señorita sabelotodo y que todo lo quiero.
La que veia las cintas de nuestras reuniones de CR y luego lo importante se lo pasaba a Torralbo... muy bonito, por eso ahora ciertos CR que allí hablaron más de la cuenta les tienen pillados por los cojones y de ahí también que no quieran denunciar, porque son y están implicados y con esto les han amenazado a algunos y a otros los amenazaran.
Vamos que esta señorita era la que hacía estas cositas de grabar en otra habitación con imagenes y sonido lo que pasaba en el despacho de Torralbo, Montero, y en el salon de los cuernos...
Ahí pruebas de algunos que se han dejado comprar. Ex-secretaria que sepas que de ti también ahí... aisss el cazador cazado...
Pues lo dicho que ha estado llamando desde allí a todo el que ha podido y que cuenta con apoyos, pero esos apoyos van engañados, encargaros de abrirles los ojos el resto.
Y a los que nos habéis grabado y no tenemos nada que ocultar os denunciaremos por hacer algo ilicito... joder con la ex-secretaria delincuente esta... y los demás acólitos también que se vayan preparando que esto está echando chispas y no solo ocurre en esta sino en todas.

 
N
notienesentido
05/10/2009 12:03
Ideasclaras, Yalosabia, Clarito Clarito, creo que te estas equivocando de bando.
Bando 1º: Cooperativistas que llevamos 11 años de mentiras, engaños, tomaduras de pelo, falta de información, manipulación, etc y que lo único que queremos es claridad, información, una gestora que nos gestione, que sea honesta, que no nos engañe, que no nos robe y sobre todo que sepa gestionar una cooperativa y su currículo lo avale.

Bando 2º: Ofigevi, falta de profesionalidad, experiencia nula, sin honestidad, con una idea muy clara, sacar el máximo posible, sea como sea. La avaricia a podido con ellos, no les era suficiente lo que se iban a llevar, según contrato, que querían mas y mas, les importa un pimiento quien esta detrás de todo esto, 600 familias que hemos perdido nuestra juventud, la ilusión y 11 maravillosos años que nunca vamos a recuperar.

Aun en sus momentos de agonía, producida por la enorme avaricia, siguen luchando por no perder las gallinas de los huevos de oro, teme que se descubra su trama de mentiras, engaños, comisiones, pagos a terceros, etc. que les pueden poner en una situación muy comprometida frente a la justicia, que afortunadamente es igual para todo.

Yo que tu, me lo pensaba antes de seguir en el bando equivocado, ya que el bando 2 a estas altura no tiene credibilidad y hay muchos datos y documentos en su contra. Se inteligente y no te dejes arrastrar por alguien que esta acabado, sin escrúpulos y te va arrascar con el a ti y a cualquiera que se deje.

Aferrarse a defender algo que es indefendible, da que pensar, dejándote en una situación bastante comprometida y da que pensar que estas de mierda hasta las trancas, yo que tu trataba de justificar lo que has hecho hasta ahora y no seguía por el camino que has tomado, ya que llegará un momento que no te podrá salvar ni el Espiritusanto.
 
G
gumyneitor
05/10/2009 11:08
Habria que pedir al administrador que designara a un operador en este foro que pudiera intervenir en caso de que esta gente entre a falsear.

Tienes toda la razon, y con comentarios como esos solo hacen daño al proyecto de todas nuestras cooperativas.

Saludos.
 
K
kique
05/10/2009 10:49
¿ Hay alguna manera de NO admitir mas gente en este foro?, que no sea un foro al que 
pueda apuntarse todo aquel que le de la gana, no se, poner una contraseña con tu numero de socio, o crear otro que no sea publico. Es una verguenza que se nos cuelen
mensajes de "oficamuflados"constantemente y lo mas risa da es mirar la fecha de
alta, es curioso que el 99% de los mensajes que critcan la gestión del C.R. son de reciente creación, se les ve el plumero pero aun asi molestan y nos impiden tratar de los temas que nos interesan y al final la mitad de los mensajes son para responderlos, si no estuvieran, iriamos mas al grano, y para la gente que como yo apenas interviene,
leeriamos las noticias que escriben los que saben mas de esto, y eliminariamos la basura sobrante. supongo que seguira habiendo socios que quieran darse de alta y pido  disculpas, pero es que se me llevan los demonios leyendo los mensajes de los
caraduras de  "ofimierda" recien apuntados al foro, ¿acaso piensan que somos unos
inbeciles?
 
C
currig
05/10/2009 10:10

Buena idea. Yo voy a intentar ir, aunque sólo sea para que no crean que pueden hacer lo que les de la gana.

 
C
carlos5bis
05/10/2009 09:54

Eso era de esperar takeda, pero lo de la manifestación a Ofigevi , va en serio, ya son varios los que se apuntaron.
Animaros o bien me enviais un correo a mi email o poner en el foro vuesto email  y os envio un mensaje.

 
C
carlos5bis
05/10/2009 07:24

Como Ideas claras y clarito clarito , me tocaron los cojones.Propongo ir a Ofimangui y reveindicar lo que es nuestro, vamos una manifestación.Antes del que el día como dijo el promotor 14 les desahucien.Así que animaros , hay que darse prisa.
Lo mejor es ir por la mañana, pero como algunos trabajan, yo creo que sería una buena idea un turno por la mañana y otro por la tarde.
Interesados escribir a massiacarlos@hotmail.com

Así  pondremos un rostro a ideas claras y clarito clarito.

 
angelalbertomontero
angelalbertomontero
04/10/2009 22:52
A ver si la gente lo lee entero y sabe donde están metidos de una vez y que pueden incurrir en graves responsabilidades contra terceros.
Estoy por copiarlo y ponerlo en otros post... no lo pondre porque es muy largo.
Copia el link y pegalo en los 3 desarrollos mejor leyendas y muchas gracias.
Por cierto esto lo leimos varios y lo tenemos en papel en la AAVV en los comienzos, ni se de donde lo sacamos... ya hace de eso casi 7 años...

Pero que animo al C.Rector de O´Donell tranquilos que habéis hecho muy buen trabajo y os van a secundar los cooperativistas lo sabemos y nos consta y porque, porque en su día algunos socios dieron la cara e hicieron bien su trabajo de campo basado en información documentación y porque no decirlo en formación y educación en que consiste ser cooperativistas... Bien hecho Juanpa muy bien hecho, todo un ejemplo a seguir.
Ya lo he dicho en más de una ocasión pero conocer y ser amigo de JUANPA ES LO MEJOR QUE ME HA PASADO EN ESTE PERIPLO ya se que esto a más de uno se la traera al pairo y diréis que a que viene, pues a mi y a mucha gente a mucho.
Un saludo y animo a todos los socios de puerta de O,Donell.
 
leyendas
leyendas
04/10/2009 22:32
 lo más interesante es que figura que el proyecto es un 4% y sino recuerdo mal hablais que la UTE  esa tiene un 12% ¿no? es que no hay por donde cogerlo
 
leyendas
leyendas
04/10/2009 22:29
Si me he equivocado con el nombre

Lo del seguro se lo voy a preguntar mañana al abogado de como funciona, porque a mi me tiene un poco liada, he leido cosas del HCC y la PSG y parece que era el mismo seguro que nosotros teniamos y no vale para nada, es que tiene naricessss

Copio y pego una información muy interesante , lo he sacado de la pagina del registro de Cooperativas:


La inversión en vivienda es, sin duda, la más importante que una familia realiza a lo largo de su existencia. Las cooperativas de viviendas han demostrado ser un sistema eficaz para facilitar el acceso a un hogar a las personas que lo necesiten. De este modo un importante porcentaje de los construidos en España en los últimos años lo han sido mediante este sistema de promoción. La importancia que tiene que el adquirente de una vivienda en régimen cooperativo sepa elegir la cooperativa adecuada, de modo que sus expectativas no se vean defraudadas, y asimismo conozca sus obligaciones y derechos básicos, es la razón que ha impulsado la edición de la presente guía, elaborada con la colaboración de la Unión de Cooperativas de Viviendas de Madrid.

Hay que advertir desde el principio que el siguiente texto se hace desde la perspectiva de las sociedades cooperativas madrileñas, reguladas por ley de la Comunidad de Madrid (Ley 4/1999), quedando al margen las cooperativas de otros ámbitos autonómicos o las de ámbito nacional; ello no obstante ha de significarse que al ser la vigente ley nacional de cooperativas (Ley 27/1999) de aplicación supletoria a la madrileña, ambas normas han de ser relacionadas.


Qué es una Cooperativa de viviendas

Según la legislación una cooperativa de viviendas es una entidad que asocia normalmente a personas físicas -en algunos supuestos también a determinadas personas jurídicas- que precisen alojamiento o locales para sí y/o sus familiares; permitiendo la ley que entre sus fines estén también, entre otros, la construcción de edificaciones complementarias (por ejemplo, plazas de aparcamiento) y la prestación de servicios a las viviendas y su rehabilitación.

En otras palabras, se trata de una agrupación de personas que comparten básicamente la necesidad de una vivienda y se unen para acceder a ella mediante la autopromoción, en las mejores condiciones de calidad y precio posibles.

La nota característica de una cooperativa es la ausencia de ánimo de lucro mercantil, ya que su finalidad principal es la adquisición de una vivienda a estricto precio de coste.

Pero sobre todo la cooperativa es la empresa participativa por excelencia, hasta tal punto que sin la participación del socio la sociedad se desnaturalizaría.

La Cooperativa de Viviendas comporta la doble condición de sociedad y empresa promotora. El cooperativista, por lo tanto, es socio de la sociedad cooperativa y como tal copropietario de la misma; y, por otra parte es adjudicatario y usuario de una vivienda, sea en régimen de acceso a la propiedad o en alquiler, de la que es copromotor. Para lograr este objetivo, el Derecho otorga a la cooperativa personalidad jurídica propia, distinta de la de sus socios, como ocurre con las sociedades mercantiles, pero alejándose de este modelo.

La iniciativa de construir una cooperativa

Desde un punto de vista legal la constitución formal de una cooperativa es una decisión que corresponde exclusivamente a un grupo de personas (en la actualidad, un mínimo de tres) que cumpliendo los requisitos legales y estatutarios para ser socios acuerdan en asamblea la constitución de la nueva entidad, u otorgan directamente ante notario la escritura pública de constitución. Sin embargo, en la práctica, viene siendo habitual que la iniciativa de constituir una cooperativa de viviendas esté impulsada por otra entidad, siendo los casos más frecuentes los siguientes:

1. Cooperativas creadas por colectivos.

Estas cooperativas de viviendas suelen formarse en empresas, sindicatos, colegios profesionales, asociaciones vecinales, etc...

Una vez tomada la decisión se designa un reducido grupo promotor que tramita la creación de la sociedad cooperativa. En el momento de su constitución formal se designa el consejo rector y los interventores que han de figurar en la escritura pública.

2. Cooperativas creadas por gestoras

Surgen mediante la captación de socios por una empresa dedicada a prestar servicios de gestión inmobiliaria (normalmente S.L. o S.A.), con posibilidades de disponer de suelo para construir viviendas y que a tal objeto promueve la constitución de la cooperativa a la que se irán incorporando las personas interesadas; a esta empresa es a la que se le viene llamando, abreviadamente, gestora. Este modelo, muy implantado en la actualidad, puede entrar en contradicción con los principios básicos del cooperativismo si la gestora exagera su protagonismo y “aprisiona”, en la práctica, a la cooperativa, razón por la que es muy importante, en estos supuestos más que nunca, conocer y ejercer los derechos de información y participación recogidos en la legislación cooperativa. De lo contrario cabe el peligro de caer en una especie de seudocooperativismo.

La puesta en marcha de la cooperativa

Los socios fundadores de las cooperativas suelen tener un voluntarismo encomiable, pero adolecen generalmente de los conocimientos técnicos necesarios para llevar a cabo por sí solos el fin de la construcción de sus viviendas; consecuentemente, la cooperativa debe buscar la ayuda de una serie de profesionales que le presten su asistencia a cambio de una contraprestación económica.

ASISTENCIA TÉCNICA
Los arquitectos y, colaborando con ellos, los arquitectos técnicos (aparejadores) o los ingenieros elaboran los proyectos técnicos necesarios y realizan el seguimiento de la obra, controlando su correcta ejecución y el cumplimiento de los plazos y de las normas urbanísticas, todo ello según lo regulado actualmente en la Ley de Ordenación de la Edificación (LOE).

ASISTENCIA JURÍDICA
Los abogados prestan su asesoramiento en las cuestiones legales que puedan surgirle a la cooperativa y supervisan todos aquellos contratos que se celebren entre la cooperativa y los socios o con terceros.

SOCIEDADES GESTORAS
La gestora, como ya se ha dicho, es normalmente una sociedad mercantil que presta sus servicios de gestión y asesoramiento a la cooperativa, a cambio de un precio pactado entre ambas partes.

La sociedad gestora está al servicio de la cooperativa y ésta debe exigirle en su gestión total acatamiento a la Ley y transparencia en su actividad. La gestora en ningún momento puede disponer de los fondos económicos de la cooperativa que deben ser utilizados exclusivamente por ella a través de sus órganos de representación.

En todo caso, el prestigio, la solvencia y la profesionalidad de la sociedad gestora se convierten en la máxima garantía para el éxito de cualquier promoción. Por esta razón es imprescindible tener en cuenta estos factores a la hora de contratar los servicios de una sociedad de este tipo.

Es igualmente necesario que, expresamente, los servicios que la cooperativa va a recibir, junto con las contraprestaciones económicas que la gestora recibirá a cambio de estos servicios, consten por escrito en un contrato. Sea cual sea el contenido de este contrato ha de significarse que, la responsabilidad civil achacable a la cooperativa como promotora se hace extensiva a la gestora, siempre y cuando ésta actúe de forma decisoria en la promoción, lo que es habitual (art. 17.4 de la LOE).

En resumen, la gestora:

• Deberá recibir el encargo por parte de la cooperativa para llevar a cabo su gestión. Dicho encargo se formalizará por escrito.

• Deberá actuar siempre siguiendo las instrucciones de la cooperativa, acordadas en la asamblea general y en el consejo rector.

• Deberá responder frente a la cooperativa por una actuación negligente.

• Deberá defender los intereses de la cooperativa, como parte de su cometido.

• Deberá tener la suficiente capacidad técnica y profesional para llevar a cabo una gestión eficaz.

¿Qué supone pertenecer a una cooperativa de viviendas?

El socio de una cooperativa de viviendas es a la vez promotor indirecto de su vivienda y adjudicatario de la misma.

Esta doble condición hace que deba asumir los derechos y deberes que implica pertenecer a la cooperativa.

Entre las ventajas que supone ser socio de una cooperativa de viviendas, hay que citar, en primer lugar, el ahorro económico que supone la autopromoción de viviendas.

Además, el socio participa desde el momento de su incorporación a la cooperativa en cada una de las etapas por las que atraviesa la promoción a través de las asambleas generales, o de las “juntas especiales” de socios cuando existen varias promociones o fases en la misma cooperativa (la “junta especial” es el nombre que da la ley a la asamblea general de la promoción).

De esa participación intensa nace el interés que las cooperativas de viviendas siempre han tenido no solamente en conseguir la máxima calidad en la realización de las viviendas, sino también en el entorno en que se ubican (entorno medioambiental).

¿Cómo se regula una cooperativa de viviendas?

La principal norma legal que regula la actividad de una cooperativa de viviendas, si está inscrita, o lo pretende, en el Registro de Cooperativas de la Comunidad de Madrid es, como ya se ha dicho, la Ley 4/1999, de 30 de marzo, de Cooperativas de la Comunidad de Madrid. Si la Cooperativa actúa en varias comunidades autónomas y en ninguna de ellas de modo principal, deberá inscribirse en el Registro (Nacional) de Cooperativas dependiente del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales , siendo en este caso aplicable la Ley 27/1999, de 16 de julio, de Cooperativas.

Adicionalmente, las sociedades cooperativas cuentan con sus propios estatutos dónde se fijan las normas o reglas por las que se rige la estructura, gobierno y funcionamiento de la entidad y que, en cualquier caso, deben ser conformes a la ley. La obligatoriedad de su inscripción registral (no son plenamente válidos hasta que ello no sucede) garantiza que dicho ajuste legal se ha producido. Inicialmente los estatutos se inscriben junto con la denominada escritura de constitución, pudiendo modificarse posteriormente.

Las Cooperativas aplican sus estatutos con plena autonomía, sin mas limitaciones ni condicionamientos que los establecidos en la ley.

Es obligatorio que la cooperativa entregue los estatutos en el momento de incorporarse el socio a la misma.

La Ley de Cooperativas, los estatutos, los acuerdos de la asamblea general y del consejo rector, obligan a todos los que se integran como socios de la cooperativa; aunque, tanto los acuerdos contrarios a la ley como a los estatutos son impugnables judicialmente. En algunos supuestos, la Ley regula procedimientos internos (audiencias y recursos) para dirimir diferencias, bien ante el comité de recursos de existir, bien ante la asamblea general. Por ello, todo socio debería poseer además de una copia de los Estatutos, y del Reglamento Interno si existiera, un ejemplar de la Ley.

¿Cómo funciona una cooperativa de viviendas?

Según la Ley Cooperativas, la cooperativa cuenta con unos órganos sociales, nombrados, controlados y desempeñados por los socios (la ley, no obstante admite con limitaciones la figura del consejero independiente). Los órganos más habituales e importantes son: la asamblea general, el consejo rector y los interventores.

La asamblea general es la reunión de los socios para deliberar y tomar acuerdos, como órgano supremo de expresión de la voluntad de la cooperativa. Los acuerdos que en ella se tomen, adoptados conforme a las leyes y a los estatutos sociales, obligan a todos los socios.

Todos los asuntos propios de la cooperativa pueden ser objeto de debate y acuerdo en la asamblea general, y en ella cada socio tiene voz y voto, según los principios democráticos en los que se basa el funcionamiento de las cooperativas.

Las cuentas anuales, junto con el informe de gestión y la propuesta de aplicación del resultado, serán presentadas para su aprobación a la asamblea general ordinaria que obligatoriamente ha de celebrarse anualmente.

Es importante resaltar el importante papel que juega la asamblea general de socios como órgano supremo de la expresión de la voluntad social. Sin embargo, sus acuerdos pueden ser revisados, por cuanto “acuerdo mayoritario” no es sinónimo de “acuerdo válido”, y pudiera ser contrario a la Ley o a los Estatutos, o lesionar los intereses de la cooperativa en beneficio de uno o varios socios o de terceros. Expresión clara de este derecho de revisión de los acuerdos son los preceptos contenidos en la Ley de Cooperativas que contemplan los controles judiciales de los acuerdos.

El consejo rector es el órgano de gobierno, gestión y representación de la sociedad cooperativa, con sujeción a la ley, a los estatutos y a la política general fijada por la asamblea general. Como mínimo, el consejo rector debe estar formado por tres miembros (con un máximo de quince): el presidente y el secretario necesariamente, pudiendo ser el tercero un vicepresidente, un tesorero o simplemente un vocal, todos ellos elegidos como miembros del consejo por la asamblea general en votación secreta, aunque la designación para el cargo concreto, si no se dispone otra cosa en los Estatutos, se hará por el propio consejo rector de entre sus miembros. Ha de destacarse, que por ley el presidente del consejo rector, que lo será también de la cooperativa, ostenta la representación legal de la misma.

La asamblea general o el consejo rector podrán acordar la existencia en la cooperativa de un director, cuyas facultades conferidas deberán constar en escritura notarial e inscribirse en el registro de cooperativas.

Los interventores, entre uno y seis, son el órgano de fiscalización de la cooperativa y tienen como función principal la censura de las cuentas anuales. Al igual que el consejo rector, los interventores son elegidos por la asamblea general. Nadie podrá ser elegido como interventor, si hubiese sido miembro del consejo rector durante todo o parte del período sometido a fiscalización.

La Ley prevé que las cooperativas de viviendas sometan sus cuentas a auditoría externa en determinadas circunstancias, como sucede cuando se estén promoviendo más de 40 viviendas o locales o cuando exista más de una fase o promoción.

Derechos de los socios cooperativistas

La Ley 4/1999, de 30 de marzo, de Cooperativas de la Comunidad de Madrid, fija los siguientes derechos de los cooperativistas:

• Ser elector y elegible para los cargos de los órganos sociales.

• Formular propuestas y participar con voz y voto en la adopción de acuerdo por la asamblea general y demás órganos sociales de los que formen parte.

• Recibir la información necesaria para el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus obligaciones.

• Participar en la actividad empresarial que desarrolla la cooperativa para el cumplimiento de su fin social.

• Al retorno cooperativo, generado normalmente por los beneficios netos obtenidos en la venta o arrendamiento de los locales comerciales, cuyo importe se emplea habitualmente en aminorar el precio de la vivienda.

• A la actualización y devolución de las aportaciones al capital social cuando proceda.

• Aprobar en asamblea general las cuentas del ejercicio.

• A los demás que resulten de las normas legales y de los propios estatutos de la sociedad; este es el caso, por lo demás frecuente, de la previsión de la sustitución de un socio, por baja justificada, por otra persona que reúna los requisitos necesarios para ser socio.


Sin duda, ha de recalcarse, que quizás el derecho más importante que la Ley concede al cooperativista es el derecho a la información, lo que le permite solicitar a los órganos sociales cualquier dato sobre la marcha y actividad de la cooperativa.

Ante el injustificado incumplimiento de la obligación de informar, cualquier socio puede reclamar ante los órganos de la cooperativa y también denunciarlo ante la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Trabajo de la Comunidad de Madrid o, directamente, a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, órgano éste cuya intervención es en todo caso necesaria para iniciar un procedimiento sancionador por infracciones a la legislación cooperativa cometidas por la cooperativa o por los miembros de sus órganos sociales.

Por otro lado debe tenerse presente siempre que las cooperativas se basan en el principio general de igual trato de los socios, principio de paridad que debe ser un derecho efectivo.

¿Cuáles son las obligaciones de los socios?

Los socios cooperativistas, como es lógico, no tienen sólo derechos, también tienen obligaciones que cumplir que están reguladas en la ley y en los estatutos y que, como se verá derivan al igual que los derechos, de la concepción del socio como autopromotor de las viviendas . Las más importantes son:

• Asistir a las reuniones de la asamblea general y de los demás órganos colegiados de los que forme parte.

• Cumplir los acuerdos válidamente adoptados por los órganos sociales de la cooperativa.

• Participar en las actividades que desarrolla la cooperativa para el cumplimiento de su fin social.

• Guardar secreto sobre aquellos asuntos y datos de la cooperativa cuya divulgación pueda perjudicar a los intereses sociales.

• No realizar actividades competitivas con las actividades empresariales que desarrolle la cooperativa, salvo autorización expresa del consejo rector.

• Aceptar los cargos para los que fuesen elegidos, salvo causa justa de excusa (esta obligación no figura ya en la ley madrileña por lo que para existir deberá estar recogida en los estatutos).

• Efectuar el desembolso de sus aportaciones al capital social y aquellas otras obligatorias que se acuerden por el órgano competente, en la forma y plazo previstos.

• Participar en las actividades de formación.

¿Qué ventajas tiene acceder a una vivienda en régimen de cooperativa?

Aparte de la posibilidad de participar desde el principio en la actividad de la cooperativa, la principal ventaja radica en el coste final de la vivienda.

Supone otra ventaja, el hecho de que los socios puedan modificar los proyectos en alguno aspectos, siempre por acuerdo mayoritario, y realizar mejoras en la calidad de sus viviendas. Estas mejoras no podrían afectar, en ningún caso, a aspectos básicos del “proyecto de construcción”.

Hay que advertir que la duración media de una promoción de viviendas en cooperativa es de dos a tres años cuando se cuenta con un terreno ya urbanizado y apto para la edificación; si no es así los plazos pueden alargarse considerablemente. Lo dilatado de los plazos, en todo caso, permite una mayor accesibilidad a los planes de pagos característicos de las cooperativas de viviendas.

En resumen, si el socio está totalmente informado de la situación de la cooperativa a la que se incorpora y asume sus particularidades, las ventajas de esta forma de promoción de viviendas son indiscutibles.


¿Qué debe comprobarse antes de adquirir la condición de socio y qué debe facilitar al nuevo socio la cooperativa?

El derecho a la información en las cooperativas de vivienda, como ya hemos referido, es un derecho básico que está en la esencia del concepto cooperativo (las cooperativas se constituyen para la construcción de la vivienda de los socios, tomando todas las decisiones entre ellos). Pero, en la actualidad, el funcionamiento del modelo cooperativo difiere sensiblemente en las cooperativas promovidas por gestoras, por lo que el futuro socio debe pedir, y la gestora facilitar, una información clara, sencilla y veraz. En base a esto, estimamos que la información mínima a facilitar debe ser:

Antes de incorporarse a la cooperativa, el aspirante a socio debe comprobar que la sociedad cumple una serie de requisitos, especialmente si va a adquirir compromisos económicos con ella:

• Que la cooperativa esté legalmente constituida e inscrita en el Registro de Cooperativas de la Comunidad de Madrid, o si es de ámbito nacional en el Registro de la Dirección General de Fomento de la Economía Social del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. La inscripción se puede comprobar solicitando información al Registro correspondiente.

• Que posea una cuenta bancaria abierta de titularidad de la cooperativa en la que se ingresen las aportaciones de los socios.

• Que dichas aportaciones estén aseguradas por una compañía de seguros o avaladas por una entidad bancaria o caja de ahorros, lo que la cooperativa deberá acreditar.

• Que en el caso de existir cuota de preinscripción o similares, de carácter no reintegrable, se defina claramente su concepto y cuantía.

Antes de incorporarse a una promoción concreta:

• Que esté perfectamente clara la situación del suelo donde se pretende construir:

• Propiedad: si se trata de suelo público, si es propiedad de la cooperativa, si existe un contrato de opción de compra, compraventa, una permuta..., o cualquier otra forma de tenencia; todo esto puede comprobarse en el Registro de la Propiedad correspondiente.
• Situación Urbanística: Si está ya urbanizado (tiene licencia de edificación o la posibilidad de solicitarla) o qué grado de urbanización ha adquirido. En caso contrario, como mínimo debe estar aprobado el Plan Parcial, lo que podrá verificarse en el Ayuntamiento dónde esté emplazada la promoción.

• Que exista el correspondiente proyecto técnico o básico o, al menos, el Anteproyecto.

• Que los planes de pagos estén claramente establecidos, así como el programa de financiación.

• Que existan plazos estimados para la ejecución de las obras.

Al adquirir la condición de socio:

• Que en el caso de existir cuotas de mantenimiento de la cooperativa o similares, de carácter no reintegrable, se defina claramente su concepto y cuantía.

• Suscribir las aportaciones obligatorias al capital social que fijen los estatutos.

• Recibir de la cooperativa una copia de los estatutos sociales y del reglamento interno si existiera.

• Que todas las particularidades de la relación socio-cooperativa, se encuentren reflejados en el contrato de incorporación o, en su caso, en las normas de la promoción ( que se le deberán facilitar), de modo que el socio sepa en todo momento cuáles son sus derechos y obligaciones.

Aportaciones y entregas económicas de los socios a su cooperativa

Se producen tres tipos de aportaciones: aportaciones al capital social, cuota de ingreso y/o periódicas, y aportaciones para financiar la vivienda y anexos.

1. Aportaciones al capital social.

Su importe es siempre reembolsable en caso de baja, aunque puede haber deducciones si la baja no es justificada y lo prevén los estatutos; la devolución se produce en las condiciones y plazos que señala el artículo 114.5 de la Ley 4/99. Las aportaciones al capital social son normalmente de pequeña cuantía y suelen oscilar entre 20 y 90 euros.

2. Cuota de ingreso y/o periódicas.

Reguladas por el artículo. 57 de la Ley Cooperativas. No integran el capital social ni son reintegrables. Su destino es sufragar los gastos generados por la actuación de la sociedad cooperativa y los servicios que esta realice tanto en las primeras etapas de su funcionamiento como posteriormente: constitución, mantenimiento, administración, etc.

3. Entrega o aportaciones para financiar la vivienda y anexos.

Cuantitativamente son las más importantes. Se determinarán como resultado del plan de financiación que deberá aprobar la asamblea general y conocer y admitir contractualmente el socio cooperativista. En caso de baja de un socio cooperativista, el reembolso de sus aportaciones para financiar la vivienda, deberá efectuarse en el momento en que sea sustituido en sus derechos y obligaciones por otro socio, como señala el artículo 114.5 de la Ley de Cooperativas.

Estas aportaciones se realizan mediante una entrega inicial para terrenos, honorarios técnicos, etc., y el resto fraccionado en plazos periódicos durante las obras de ejecución.

Posteriormente se obtendrán los préstamos hipotecarios (subsidiados en los casos de viviendas protegidas) y los créditos complementarios o “puente”, en su caso.

Ventajas de la cuenta ahorro-vivienda


Si el plan de Financiación lo permite, estas cantidades se deben ingresar en “cuentas vivienda” a nombre de cada socio. La cuenta-vivienda es especialmente útil para aquellas promociones cuya iniciación se prevé para un plazo de uno y medio a dos años. Tiene las siguientes ventajas:

• Garantía de las cantidades aportadas, pues el dinero está depositado en una entidad financiera a su nombre, no pudiendo disponer del saldo sin su previo consentimiento.

• Obtener un interés más elevado del normal.

• Desgravar en el IRPF si las cantidades ahorradas se destinan a la primera adquisición (o rehabilitación) de la vivienda habitual en un plazo máximo de 4 años (5, si la cuenta se hubiese formalizado antes del 1-1-99).

• Recuperar el dinero aportado, mas los intereses en caso de baja de la cooperativa.

Seguro de cantidades a cuenta y seguro decenal

La Ley 57/1968 de 27 de julio, obligó en su día a los promotores de viviendas que no fueran de promoción oficial a garantizar, mediante la suscripción de un seguro o aval bancario, la posible devolución de las cantidades entregadas por el comprador antes de iniciar la construcción o durante la misma, para el caso de que la construcción no se iniciase o no llegase a buen fin en el plazo convenido.

Por otro lado la Ley 38/1999, de 5 de noviembre de Ordenación de la Edificación (disposición adicional primera) establece como obligatorio la suscripción de un seguro para garantizar, en forma análoga a la establecida en la ley 57/68, las cantidades anticipadas a los promotores de edificaciones (no sólo ya viviendas), y en el caso de viviendas se establece que la ley de 1968 se aplicará a toda clase viviendas (también por lo tanto a las de protección oficial, antes excluidas), resaltando expresamente el precepto la inclusión de las promovidas por comunidades de propietarios y cooperativas.

Asimismo, y en ese mismo orden de garantías, las normas citadas regulan la obligación del promotor de abrir una cuenta bancaria especial, “con separación de cualquier otra clase de fondos pertenecientes al promotor” en la que los cooperativistas ingresarán las cantidades destinadas a la edificación y de la que la cooperativa sólo podrá disponer “para las atenciones derivadas de la construcción”.

La Ley de Ordenación de la Edificación obliga además a los promotores en general a suscribir un seguro que garantice durante diez años (seguro decenal) los posibles defectos estructurales del edificio: daños en la cimentación, vigas o forjados, etc.. En relación con este seguro la cooperativa, de ordinario, contratará a una tercera empresa, que como organismo de control técnico Independiente vigile la correcta ejecución de las obras y todo el proceso promotor.

Estas cautelas, obligatorias por Ley, suponen un ligero incremento de los costes y también de los precios de las viviendas, pero, desde la óptica del socio, son una mayor garantía del adecuado cumplimiento de las obligaciones de la cooperativa con sus socios por lo que deberán cumplirse de buen grado.

Particularidades en la promoción de viviendas protegidas

Las cooperativas pueden promover tanto viviendas libres como viviendas protegidas; en este segundo caso la regulación legal (Real Decreto 2028/1995 de 22 de diciembre) ofrece algunas particularidades que las cooperativas deben cumplir, como son:

Los poderes de representación para la gestión de la promoción deberán ser expresos y por escrito, actuando el apoderado, siempre, en nombre y por cuenta de la cooperativa y de acuerdo con las instrucciones de ésta; debiendo constar expresamente la prohibición de nombrar sustituto; no podrá admitirse cláusulas de irrevocabilidad ni de exoneración de la responsabilidad.

La resolución (extinción) a instancia de la cooperativa del contrato de arrendamiento de servicios suscrito, no conlleva más indemnización que la derivada del perjuicio ocasionado a la otra parte.

Las facultades concedidas en el poder o en los contratos de servicio no pueden extenderse a actos de dominio (por ejemplo la compra o venta de terrenos) o a los que sea preceptivo el acuerdo del Consejo Rector o de la Asamblea General (ver la Ley de Cooperativas y los Estatutos).

La aprobación, revocación, o en su caso resolución (extinción) de los contratos con la gestora, la adquisición del suelo, el encargo y aprobación del proyecto de obra, la elección de la constructora, la aprobación del contrato de ejecución de obras y la recepción de obras, deberán ser ratificadas por la Asamblea General, si no estuviera establecido en los estatutos la competencia plena de dicho órgano.

En el caso de existir contrato con la gestora antes de la inscripción de la constitución de la cooperativa en el Registro, la ratificación debe de adoptarse en la primera Asamblea General que se celebre posteriormente a la citada inscripción.

A partir de la calificación provisional de viviendas de protección oficial y durante la construcción, la cooperativa deberá garantizar las cantidades aportadas para financiar la construcción.

Los miembros del Consejo Rector y, al menos, el 80 por 100 de los socios beneficiarios deberán reunir los requisitos para acceder a la financiación cualificada. Si hay bajas los socios sustitutos deberán reunir iguales requisitos.

Sobre estas exigencias así como sobre todo lo relacionado con las viviendas protegidas: obtención de la calificación, requisitos de los socios-adquirientes para obtener las ayudas, etc, el órgano competente dentro de la administración de la Comunidad de Madrid, es la Dirección General de Arquitectura y Vivienda, en cuyas oficinas se podrá obtener información al respecto.

Información previa: recomendaciones

Es recomendable obtener referencias externas de la cooperativa de viviendas. Para ello se puede obtener información en la Unión de Cooperativas de Viviendas de Madrid, en los servicios técnicos o Gerencia de Urbanismo del Ayuntamiento correspondiente, en las Cajas de Ahorros o Entidades de Crédito relacionadas con la Cooperativa de Viviendas, en el Registro de la Propiedad correspondiente a los terrenos donde se pretende construir, y, en su caso, en la Junta de Compensación que urbanice dichos terrenos. Asimismo es recomendable informarse en varias cooperativas y seleccionar las ofertas.

¿Cómo se reparte el coste de una promoción de viviendas en régimen de cooperativa?

Si está interesado en el destino de las aportaciones que los socios realizan a una cooperativa de viviendas, así como de las cantidades financiadas, estas son las cifras aproximadas:

Terrenos.........................................25%-50%
Construcción..................................40%-50%
Urbanización interior................................1%
Proyectos...................................................4%
Licencias...................................................3%
Varios.....................................................0,5%
Gestión.................................................8-10%
Gastos préstamos......................................5%

¿Cómo enterarse de que cooperativas tienen promociones abiertas?

El Registro de Cooperativas no tiene normalmente conocimiento de las promociones de vivienda que ejecutan las cooperativas. El Registro se limita a inscribir su constitución, los estatutos por los que se rige, los cargos y apoderamientos, las segundas y posteriores fases o promociones y algunos otros actos, con lo cual podrá facilitar listados de cooperativas, pero ello no resulta normalmente eficaz para enterarse de qué cooperativas admiten socios y en qué barrio intentan construir (o están ya construyendo); tampoco tiene información de si la cooperativa tiene o no terrenos o si éstos tienen todas las autorizaciones pertinentes para construir.

Consecuentemente, las personas interesadas habrán de acudir a otras fuentes para averiguar lo que les interesa, así en nuestra comunidad autónoma, se puede obtener información de cooperativas con promociones en marcha o en proyecto, que tengan vacantes de socios, en la Unión de Cooperativas de Viviendas de Madrid, donde existe también organizado un Registro de Expectantes (no oficial); otro lugar a visitar es el Ayuntamiento donde deseen residir, y en Madrid capital la Junta del Distrito. Localizadas las cooperativas (o la cooperativa) que admiten aún nuevos socios y antes de formalizar la inscripción, conviene hacer algunas otras averiguaciones de acuerdo con las recomendaciones que se han hecho anteriormente.

Hay que insistir no obstante, que una seguridad al cien por cien en todo el proceso es muy difícil obtenerla, ni siquiera en supuestos de cooperativas que tienen detrás entidades o gestoras de acreditado prestigio, debido a lo complejo del camino a seguir: obtención del suelo ( si es mediante concurso de los ayuntamientos, se presentan varios oferentes y sólo se selecciona uno); los planes urbanísticos pueden estar pendientes de aprobación; pueden variar los precios del suelo y de la construcción, etc., en definitiva, adquirir una vivienda en cooperativa no es lo mismo que comprar llave en mano un piso, pero al final el precio y la calidad del producto suele compensar el esfuerzo.

Normas jurídicas aplicables a las cooperativas de viviendas

Normativa principal:

Ley (de la Comunidad de Madrid) 4/1999 de 30 de marzo, de Cooperativas de la Comunidad de Madrid.

Ley 20/1990 de 19 de diciembre, de Régimen Fiscal de Cooperativas.

Real Decreto 2028/1995 de 22 de diciembre, condiciones de acceso a la financiación cualificada estatal de las promovidas por cooperativas de viviendas y comunidades de propietarios al amparo de los planes estatales de viviendas.

Ley 57/1968, de 27 de julio, por la que se regula la percepción de cantidades anticipadas en la construcción y venta de viviendas.

Ley 38/1999 de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación.

Normativa supletoria de la legislación cooperativa madrileña:

Ley (estatal) 27/1999 de 16 de julio, de Cooperativas.


Real Decreto 136/2002 de 1 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Cooperativas.

Direcciones de interés

- Registro de Cooperativas de la Comunidad de Madrid:
Calle de la Princesa nº 5-2ª planta, 28008 Madrid.
Teléfonos, 91 5804447- 91 580 92 83 ; fax, 91 580 44 11.

- Registro (nacional) de Cooperativas (Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales):
Calle Pío Baroja nº 6, 28071 Madrid.
Teléfono, 91 363 18 00 ; fax 91 574 96 03.

- Inspección de Trabajo y Seguridad Social (Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales):
Calle José Abascal nº 39 Madrid.
Teléfono, 91 363 73 09 ; fax 91 363 71 80.

- Unión de Cooperativas de Viviendas de Madrid (antes Federación):
Calle Vallehermoso nº 15-1º, 28015 Madrid.
Teléfonos, 91 593 11 95-91 447 93 01. Fax, 91 593 90 72.


- Dirección General de Vivienda y Rehabilitación (Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Rehabilitación):
OFICINA DE INFORMACIÓN, Avda. de Asturias, 28, 28029 Madrid.
Teléfono: 012.
ÁREA DE CALIFICACIONES, Calle Maudes, 17, 28003 Madrid. Lunes a Miércoles de 9 a 14 horas.


 
R
raquel315
04/10/2009 21:39
Será puerta de San Fernando  , y no son suspicacias, creemos que lo más sensato cuando alguien cometió un delito que se le acuse y tú si estudiastes derecho estarás de acuerdo conmigo y que con Ofigevi no tenéis seguro y sin seguro no hay crédito.
 
leyendas
leyendas
04/10/2009 18:50
Vamos a intentar calmarnos y no llegar a la descalificación personal.

Yo estoy desesperada  y eso que mi cooperativa parace que es la que mejor esta, he estudiado derecho, pero no ejerzo , me he dejado llevar , creo que como muchos pero la semana pasada decidí coger el toro por los cuernos y reunirme con un abogado amigo de mis padres  -

Lo primero que me explico es que no me estoy comprando una casa y que si me doy de baja ahora pueden devolverme (o no según como acabe la cosa) cuando las casas estén ya hechas.

Lo segundo es que lo más importante en una cooperativa es que se confie en la gestora que lo esté llevando , es igual que ponerse en manos de un abogado

Y lo tercero es que todos los contratos se pueden rescindir por una de las partes (sin ningún motivo pagando los daños que se ocasionan a la parte que no rescinde) o con motivos solicintando la devolución de lo ya pagado.

A la pregunta , que era lo que más miedo me daba , de que si podian pararnos las obras por esa demanda , me dijo que en todo caso sería una demanda en juicio ordinario ( no ejecutivo) y que para poder parar tendrian que pedir anotación preventiva de demanda y el juez admitirlo siempre prestando fianza en la cuantia de los daños y perjuicios que podria ocasionar la paralización , aqui más de 10 millones de euros .

Y ahora yo me pregunto ¿ ofigevi tiene 10 millones de euros o más para prestar fianza ? jajajajaja, me temo que no.

Asi que salí bastante tranquila y pensando que se esta haciendo lo que se debe.

Tengo una amiga que esta en otra cooperativa de ofigevi, puerta de San Genaro que que se llama y me va a faciltar mañana el contrato con OFIGEVI, con la UTE  y también con una constructora , me pareció entender y he quedado por la tarde otra vez con el abogado para que los revise, ya osd contaré
 
angelalbertomontero
angelalbertomontero
04/10/2009 16:11
Si es que es simple el tema:

Aquí en esta cooperativa gracias a este CR aun quedan fondos, solvencia económica, viabilidad, vamos que gracias a ellos y las medidas que tomaron pues se salvan de la quema de OFIGEVI y por eso quieren llevarse la pasta... si es que al ladrón todo es poco.

Y también que se van a ir rompiendo el contraro con OFIGEVI sin eximirles de responsabilidad alguna e imputando cargos y eso no les gusta a OFIGEVI y al CR implicado anteriorormente, de allí la pataleta consecutiva de la super exsecretaria...
Estos sin eximirles y no como muchos otros CR que les han eximido de responsabilidades... ellos también tienen que ocultar, y así se van con las Gestoras que les van a incubrir... de locos y eso nos lo dejamos hacer...

Torralbo espero que tengas algo guardado porque de esta no te va a salvar ni el PP ni el PSOE, ni IU ni los sindicatos ni la madre que te trajo a este mundo porque si la buena mujer lo llega a saber que ibas a ser un ladron, corrupto, mafioso, sinverguenza, sin ningún tipo de escrúpulos te puedo asegurar que yo te hubiese dejado morir de la forma que fuese... nos hubiese evitado muchísimos daños personales.
Te imagino escribiendo esto copiando e-mail que te manda alguién mucho mejor ilustrado que tú, porque tu de educación y cultura ninguna.
Nos ha salido muy caro un charlatan barato como tú sin escrúpulo alguno.
Se que ya nadie se moja por ti, pero se que tienes mucho dinero por ahí guardado a nombre de testaferros.
¿Ayuda al pueblo Cubano? a robar su patrimonio se que vas y has invertido en alguna que otra pieza... pero has enviado fondos a traves de allí... para burlar la justicia Llamame y preguntame como lo se, anda... se que tienes todos mis datos, mi teléfono...
¿O lo has borrado? igual hasta te escucho alguna de tus paranoias del nuevo cooperativismo inventadop por ti.
Diles donde están las plusvalías a los cooperativistas ¡¡golferas!!
Espero verte el día que te encierren, al menos tendremos ese consuelo, y la población estará lejos de tus siniestras garras de la corrupción. Se que te va a sobrar mucho dinero para que vivas por los restos, y tu familia también, pero intentaremos que sea lo menos posible y recuperar algo de lo que es nuestro.

El CR de Puerta de O,Donell ha hecho muy bien sus deberes, ahora os toca a vosotros secundarlos y salir hacia delante.
 
M
monica46
04/10/2009 15:01
Vaya , vaya , si tenemos dos mesias salvadores, sinverguenzas, si tantos conocimiento de derecho teniais porque no hos habéis asesorado, y de esta forma hubieses evitado que nos roben, que se lleven comisiones en venta de terrenos, en empresas fantasmas, pagar a la UTe por hacer el indio, fraude documentales, falsos contratos de venta.Etc.Ahora dejarnos en paz  que os veremos las caras en los tribunales.Y espero que de una puñetera vez la justicia funcione en este país, así que el consejo rector puerta de Odonnell para mi significa esperanza de ver que por fin se hace justicia.
 
I
infantaleonor
04/10/2009 08:55
Claritoclarito y el mismo ideasclaras, me dais vuestro email para poder contrataros , estoy muy interesada.Mi cooperativa necesita un abogado.
Aunque pensandolo bien dejarlo estar porque con lo poco que nos queda a lo mejor también nos chupais la sangre.
Que parte no comprendes de estafa.
¿A quién quereis engañar? .
Espero que puerta de Odonnell os ponga en el lugar que os corresponde a la sombra en Soto del Real, la pena es que no sea definitivo.
 
C
carlos5bis
04/10/2009 00:45
Te equivocas fouche que si que paga a sus abogados Ofigevi, que los paga con pisos imaginarios en cooperativas.Que en Cuenca se está haciendo millonario.¿Verdad?
 
F
fouche
04/10/2009 00:25
hombre, hombre, hombre...
Pero no decían que ofigevi no pagaba a sus empleados???
Se ve que ha encontrado algún abogadillo que le represente. Y mira por donde, se mete hasta en los foros públicos.
Mira abogadete, como demonios  te llames, deja de asustar y decir tonterías; que ya no asustais a nadie. Por cierto, un consejo "abogadillo" si lo permites: APUNTATE A LA ASOCIACIÓN DE AFECTADOS DE OFIGEVI, QUE SEGURO QUE NO TE PAGARAN POR TU TRABAJO. ASI QUE PONTE A LA COLA, TE HAN TOMADO EL PELO COMO A MUCHOS.....................................................................
 
R
Raul82
04/10/2009 00:17
jomacho, que miedo das.
Como bien se ha dicho por aqui, estas apariciones de ofigevi no hacen más que delatar el miedo que tienen.
¿os imaginais cuando los consejos rectores tengan acceso a toda la contabilidad de las cooperativas? ... Que maravilla eh?? lo que se pueden encontrar.
Es evidente, que no sólo se defienden por la pasta, si no por lo que tienen que ocultar. No sólo no dan información a los consejos rectores para que no les quiten el trabajo o la gestión, es para que no descubran todos los pasteles:
pago de comisiones, adelantos a cuenta, relaciones contractuales dudosas... uummm
ESTAN ACOJONADOS... BUENA SEÑAL
 
A
alicia.1
03/10/2009 23:05

Hola exsecretaria, expresidenta, ofimangui.
Como me gusta. Se huele el miedo desde aquí.
Pedís lo que nunca habéis dado vosotros.
Me gusta que el consejo rector haya convocado una asamblea para informarme de lo que esta pasando y para que de mi opinión. Por lo que estoy viendo anteriormente se han tomado muchas decisiones sin que nadie haya contado conmigo. Bravo consejo rector vais por buen camino.
Me gusta que las cosas hayan cambiado y quien tome las decisiones seamos nosotros. No como hasta ahora que erais vosotros y así nos ha ido.
Estáis diciendo en alto !yo no he sido! cuando nadie te ha preguntado.

Os doy las gracias a la exsecretaria, expresidenta, ofimangui, por decirnos lo que vais hacer.

Mucho miedo veo y me gusta. Eso quiere decir que están haciendo lo correcto. Como me gusta.

Nos vemos el día 7 para decir adiós a tantos malintencionados, aprovechados, gumias que nos quieren sacar hasta los ojos y a los que mas detesto son a esas personas que por cuatro duros como quien dice son capaces de vender hasta su madre, como se esta viendo.

GRACIAS A TODOS LOS COOPERATIVISTAS QUE NO SON DE PUERTA DE O´DONNELLL POR EL APOYO QUE ESTAMOS RECIBIENDO. GRACIAS.

Ánimo Consejo Rector tenéis a mucha gente a vuestro favor. No decaigáis. Todos sobemos que estáis haciéndolo muy bien a pesar de todas las zancadillas que seguro que os están poniendo.
 

 
L
luciare
03/10/2009 22:40
No me gusta ser grosero, pero estoy harto de que encima que Ofigevi nos estafa.Haya gente que nos este tomando el pelo como clarito clarito e ideas claras.Os queda claro iros a tomar por culo.Y si tuvieséis las ideas claras y la conciencia tranquila, no estariais jodiendo a los cooperativistas puerta de Odonnell.
Dejar de jodernos.Porque al final terminareis en la cárcel y allí si que os van a dar por culo.
 
C
carlos5bis
03/10/2009 22:35
Si efectivamente Tribulete, lo puedes comprobar en la Rai, es decir el registro de impagados, aparece Ofigevi.Y seguro que hay algún miembro de los antiguos Consejos rectores y fundadores de la cooperativa(testaferros)que están cagaditos, porque como se dejaron comprar y sobornar, pues al final pasa lo que pasa .Seguro que esos tienen dinero para contratar un abogado.Pero tener cuidado que el "presi",terminara mordiendo vuestra mano y tragandoos y diciendo que la culpa es de los cooperativistas por confiar en el Consejo rector, como tuvo la cara de decirlo a un cooperativista de ahijones.
 
T
tribulete
03/10/2009 22:15
Soy de Puerta de O'Donnell y hace unos días tuve una conversación con un miembro del Consejo Rector, por que al igual de Ideasclaras me preocupa la situación.

Pues bien la situación es la siguiente, Ofigevi esta en una situación pésima no dicho por ellos, si no Hacienda manda un requerimiento de embargo a Puerta de O'Donnel, por que al parecer Ofigevi tiene una deuda de mas de 2 millones de euros con ellos, por lo tanto tienen todo embargado y están bloqueadas sus cuentas no pudiendo realizar pagos y cobros, el seguro HCC nos cancela la póliza por que Ofigevi no tiene viabilidad, no pagan a los empleados, circunstancialmente en momentos puntuales no hay forma de poder contactar con ellos , según ellos problemas con las líneas (sospechoso o falta de pago), etc. etc. etc.

Conclusión: inicialmente no es intención de ellos rescindir con Ofigevi, si no que estos solucionen sus problemas, pero al parecer esta situación lleva desde como mínimo primeros de año y a la fecha no esta solucionado.

Ahora digo yo en alto, que tenemos que hacer esperar a que Ofigevi se hunda y nos arrastre con ellos o tomar decisiones.

Honestamente si Ofigevi fuera como dios manda, y sobre todo dadas las circunstancias por las que al Consejo Rector ha tenido que tomar esta decisión que no es otra que la cooperativa no se siga viendo afectada por la situación de Ofigevi, es que nos dejaran marchar y punto.

Por lo que me comentaron en la asamblea nos van a dar todo tipo de datos y que son los abogados los que les han dicho lo que tenían que hacer y como y sobre todo tienen estudiadas todas las consecuencias. Yo estoy mas tranquilo y confió en ellos, que distinto hubiera sido todo si desde el principio nos hubieran informado de todo los que ahora piden tantas aclaraciones.

Que ya estaban avisados de la campaña que se iba hacer en contra de ellos, pero que ellos no tienen ningún miedo, ni nada que ocultar y que se están jugando lo mismo que el resto, pero al parecer además de Miguel de Ofigevi hay gente de la cooperativa con mucho miedo, por algo será.

 
C
carlos5bis
03/10/2009 22:03
Se me olvidaba ya escuchamos bastante tonterías , desde aquí hago un llamamiento a todos los cooperativistas del cañaveral, que están hasta los "cojones " de ser no gestionados por Ofigevi, para que expliquen de una puñetera vez lo que pasa realmente y vayan a la asamblea de puerta de Odonnell , para que está gentuza no se salga de rositas.
Porque estamos hartos de mensajes como si denuncias te denuncias a ti mismo, mejor no denunciar, como eres cooperativista vas a tener que pagar unas deudas impresionantes, ahora que si se denuncia van a tardar los pisos en construirse más, y semejante jilipolleces más.Nos tenéis mareados con la misma canción por ahijones que no se va a construir nada de nada, idem en los berrocales que tampoco se va a construir hasta el 2020 y esto no sera porque los cooperativistas denunciaron, y más jilipolleces en el Cañaveral.
Dejar de meter miedo que nosotros no tenemos miedo, no estafamos a nadie, porque somos cooperativistas decentes y desde luego sin ese tipo de información que los dos sinverguenzas clarito-clarito e Ideasclaras , que hasta pare elegir el nick no sois ni originales.
 
C
carlos5bis
03/10/2009 21:57
Clarito Clarito y blanco y en botella e Ideas claras , como tenéis acceso al mundo de la abogacia , meteros en la Rai y mirar las deudas de Ofigevi y pagares sin pagar.Eso es una empresa solvente para obtener un seguro en condiciones y un crédito con un banco.El proyecto y la viabilidad de Ofigevi muy buena.
Si no ir a Cuenca , y vosotros sabéis porque os lo digo.Qué seguramente encontraras una explicación , a lo mejor sois residentes, familiares, primos, abogados de Cuenca.
Cuántas horas extra tiene Ofigevi para pagar minutas de abogados, y en fin de semana con las caras que son y sin embargo no tiene para pagar a sus acreedores.
De cooperativistas ni de coña, se nota totalmente que sois del gremio de la abogacia.
Pues devuelvanos nuestro dinero y deje de gastarse en abogados, le va a salir más rentable, no haga que pierdan el tiempo escribiendo en un foro, que no cuela ni de coña.Se que le gusta mucho Cuenca , pero tanto amor es una obsesión , no cree "presi" de Ofigevi.
 
R
raquel315
03/10/2009 21:23

Para IDEASCLARAS, por una vez que un consejo rector tiene y perdona por la expresión "las narices " de rescindir el contrato con Ofigevi y denunciar.O quereis que al final no tengais un seguro , sin seguro y una gestora solvente, un banco no os va a dar el crédito para construir, como piensas que se va a construir sin crédito.Y para que seguir pagando a una gestora que en mi opinión no ha gestionado nada de nada , y que además según la documentación que obra en poder del abogado huele muy mal, puede haber indicios de presuntos delitos.Pues según mi opinión y muchos cooperativistas , si eres cooperativista y quieres llevar a tu cooperativa a la ruina sigue así.Te vuelvo a reiterar si quieres envias un email a la asociación y te enviamos la documentación que obra en nuestro poder que el seguro rescindió el contrato con la cooperativa puerta de las rosas por falta de solvencia y por falta de solvencia de la gestora.
A mi me parece que tu consejo rector está haciendo bien las cosas, también que en la asociación no hay nadie de esa cooperativa que quiera denunciar.Y si va a denunciar y meterse en un juicio será porque han encontrado indicios, porque nadie se mete en una denuncia judicial si no piensa que tiene probabilidades de ganar el juicio y que un juez se la eche para atrás.A mi me parece que tendran pruebas.
Pero años y años de dejadez por parte de los Consejos rectores en ahijones, espero que hayan obrado de buena fe, aunque mi opinión me la reservo, han hecho que dos cooperativas estemos en situación de quiebra.Así que no entiendo nada esto es el mundo al revés , para una vez que un Consejo rector hace lo que me parece lógico , se le pone en entredicho.Sin embargo en ahijones se rescinde el contrato con Ofigevi se le exime de toda responsabilidad, y se contrata a una gestora nueva y todos tan contentos y mutis por el foro.
Si al final veo a determinados personajillos nombrandolos "honoris causa" por la Universidad de Alcalá de Henares como a Mario Conde.
 

 
RanaSureste
RanaSureste
03/10/2009 21:13
Hola IdeasClaras o ClaritoClarito.
He releído tu mensaje y efectivamente tienes razón en todos y cada uno de los puntos:

- No se ha remitido el acta a los socios: ¿de quién será la culpa?
- Elenco de gestoras para elección de los socios, así como que se acredite capacidad técnica y económica para hacer frente al proyecto de construcción de las viviendas: ¿OFIGEVI es capaz?
- Presentación de listado de los correos electrónicos de los 476 socios (cuánta información para ser un socio!) de la cooperativa  teniendo en cuenta que los datos se encontraban depositados en la sede de la Cooperativa, circunstancias en que se han conseguido por el Consejo Rector. O sea, que reconoces que habéis retenido esa información!
- Como garantía que evite futuras denuncias que puedan ocasionar perjuicios o retrasos a la cooperativa se solicita documento firmado de los miembros del Consejo Rector en que indiquen que no tienen relación alguna con la nueva Gestora y arquitectos a proponer. Efectivamente, quiero una garantía de que Ofigevi no tiene relación con la UTE ni con el arquitecto.
- Reunión celebrada con sendas Comisiones de Obra y Financiera informando y requiriendo su opinión sobre las medidas a proponer en la Asamblea convocada.
Igual que en el punto anterior pero respecto al cargo de Interventor. Que opinen, pero de verdad
- Negociaciones que se han realizado con entidades bancarias y el resultado de las mismas. Ya es hora de que lo aclaréis después de tantos años
- Negociaciones con compañías de seguros y el resultado de las mismas. Por qué habéis ocultado que nos hemos quedado sin aseguradora y que ahora mismo nadie nos quiere asegurar?
- Negociaciones con la Gestora para haber llegado a esta situación en que nos encontramos. Amén. Ya es hora de que alguien me aclare por qué he dado 5 millones de pesetas desde 1997 y todavía no tengo nada, ni un triste plano.

DEJAD DE AMENAZAR, YA NO TENEMOS MIEDO.

Y encima hablas de " Presuntas demoras de tiempo en la continuación del proyecto de las viviendas, así como la paralización de las obras hasta que se resuelvan las demandas"! HAY QUE TENER CARA, QUE LLEVO 12 AÑOS ESPERANDO POR VUESTRA CULPA! Prefiero esperar dos o tres años más a que os sigáis riendo de mi y os lo llevéis calentito. Que no cuela!

Y como decía al principio, tienes razón: deberían aclararse todos esos puntos. Eres un abogado muuuuuy listo, sí señor.

P.D. ¿Te pagan horas extras?



 
C
CLARITOCLARITO
03/10/2009 21:07
Angelalbertomontero: Yo no tengo nada que ver con OFIGEVI, soy cooperativista, imagino que como todos vosotros, y lo único que digo es lo que podría pasar.
Creo que las decisiones importantes las debemos de tomar desde el conocimiento y la razón, y solo estaba avisando de las posibles consecuencias, porque yo ya estoy cansada de tanto esperar (igual que todos) y no quiero que se retrasen mas en la construcción de nuestras viviendas y menos por denuncias que me cuesten dinero.
Un saludo,
 
angelalbertomontero
angelalbertomontero
03/10/2009 20:44
¿CLARITO CLARITO QUE PARTE NO HAS ENTENDICO QUE LOS SOCIOS NO SON TONTOS?
¿Paralización incremento de dinero? eso lo llevamos sufriendo desde hace ya más de una decada. Mientes y mientes no habrá ni una cosa ni la otra.
Miedo tendréis los de OFIGEVI porque iréis a la cárcel por todo esto.
Cuanto sabes para acabarte de crear un nick nuevo, es tu 1ª intervención y lo que dices huele a OFIGEVI de lejos.
Miedo es lo que tenéis miedo y es normal. Ser delincuente es lo que tiene...
Mira solo conseguies el efecto contrario de unión de los cooperativistas contra los ESTAFADORES.
 
angelalbertomontero
angelalbertomontero
03/10/2009 20:38
Como era de esperar aquí claramente están los téntáculos de OFIGEVI ¿Pero aún le quedan?
Esto certifica la labor ejemplar de Juan Pablo, Pilar y todos los demás. ¿Porque esta cooperativa sigue interesandoos? y todas las demás no y las habéis dejado marchar porque ya no hay dinero, se lo habéis robado todo y ahora ya no os interesa, pero esta si que aún tiene algo que deséais DINERO, VIABILIDAD... por eso la queréis secuestrar.
no os preocupéis que ahora saldrán los acólitos como el Jboll, fer etc etc y demás a tocar las narices y a darle la razón.
Mafiosos e indeseables de OFIGEVI tranquilos que lo habéis intentado.
La cuerda se tensa, si señor, pero como se tensa, Eh??
Yo os recomiendo:

Nada apoyar al consejo rector incondicionalmente.
Asesorar e informar a los socios indecisos, que no se sientan ni solos ni perdidos.
Intentar Controlar a los topos y jaleadores de OFIGEVI que se sentaran extratégicamente y se intentarán llevar la asamblea... aislarles e invitarles a irse, echarle un par de narices, no os cortéis, no os dejéis hacer una injusticia por semejantes golfos.
Y de respuesta a las vinculaciones entre CR y posible gestora ellos deben hablar al respecto, puesto que existe autocontratación de servicios entre los socios fundadores 1º CR y OFIGEVI, eran los mismos. De eso sabe mucho y porque esta implicada la exsecretaria.
Tienen tanto que ocultar que están cagados de miedo y esta es su respuesta por aquí.
Iros armados de valor, de paciencia y con ganas de echarles fuera, el esfuerzo merece mucho la pena y en vosotros está.

 
C
CLARITOCLARITO
03/10/2009 20:37
Raul82: Deberías tener mas respeto a los profesionales. Esta información jurídica no es de abogadillos del tres al cuarto. Dejad que los socios saquen sus propias conclusiones.
A modo de ejemplo, indicar que se pueden iniciar 6 demandas judicialesen distintas jurisdicciones:
-Ofigevi contra la Cooperativa Puerta de O`Donell: criterios de cuantificación de la deuda, interpretación  de las condiciones del contrato, etc. Lo podría tener que decidir un Juez.
-UTE contra la Cooperativa Puerta de O`Donell, en el mismo sentido.
-La Cooperativa Puerta de O^Donell que propone iniciar acciones legales contra la -Gestora, la UTE, y otros responsables: tres demandas como mínimo.
En el supuesto de que se iniciase la via penal se podría ver afectada la vía civil, teniendo que esperar a que se pronuncie la jurisdicción penal. En consecuencia:
-Incremento del coste de la vivienda, al tener que hacer frente a gastos de abogado, procurador, en su caso, costas judiciales.
-Presuntas demoras de tiempo en la continuación del proyecto de las viviendas, así como la paralización de las obras hasta que se resuelvan las demandas.
Un detalle:en la jurisdicción Contencioso-Administrativa, la menos colapsada por tratarse de demandas contra la Administración, un documento de una Providencia de fecha 8 de octubre de 2008, se le señala la celebración de la vista para el 25 de septiembre del 2010, es decir, 2 años solo para la celebración de la vista.
Asimismo, recuerdo que actualmente los jueces han convocado huega, que añadido a las demoras que provocaron las huelgas de los funcionario judiciales os podéis hacer una idea.
DEJAD QUE LOS SOCIOS SAQUEN SUS PROPIAS CONCLUSIONES Y REFLEXIONEN SOBRE LAS CONSECUENCIAS DE LO QUE SE VA A DECICIR (Orden del día de 10 puntos además de todas las preguntas y 5 puntos a votar)
 
S
saess
03/10/2009 20:05
IdeasClaras,vete a la mierda tu y tu palabreria!!!!
 
R
Rapid
03/10/2009 19:23
Yo no soy de vuestra cooperativa. Supongo que uno sólo no hace nada, pero estaré con vosotros el próximo 7 de octubre, aunque sea estando fuera de la asamblea.
Gente que entra intentando amedrentar, no consigue más que provocar a más gente para que estemos unidos.
Vamos chicos
 
RanaSureste
RanaSureste
03/10/2009 18:52

IdeasClaras... jajaja!

Qué poca vergüenza tenéis, no tenéis otra cosa que hacer que entrar en el foro con pataletas, intentando impresionar con ese lenguaje vacío: mucha palabrería y poco contenido, como siempre. A lo mejor por eso vais a la quiebra, porque en lugar de trabajar estáis todo el día "chateando"... Sois rastreros. Bastante tiempo habéis chupado del bote. ¿Es que no tenéis conciencia, o no os preocupa el sufrimiento de miles de familias? Espero que al final tengáis lo que os merecéis, panda de delincuentes.

Me he dado de alta hoy en el foro de la rabia que me ha dado leer este mensaje. Seguid así, que nos vais a movilizar más, y así acabaremos antes con vosotros.

OFIGEVI:  No sabéis la que os espera

 
R
robert69
03/10/2009 18:50
Hombre despues de tantos años aparece alguien con las IDEASCLARAS.Sera por si cuela.Consejo rector de puerta de odonnel vosotros a defender vuestros derechos con total libertad y con el apoyo y admiracion del resto de los socios de TODO el cañaveral chapo señores un saludo y palante que queda muy poco
 
R
Raul82
03/10/2009 18:12
...Hombre, como era de esperar, nestro amigo Torralbo se está moviendo.
CHICOS, EVIDENTEMENTE ESTE MENSAJE PRETENDE INFLUIR.
No os dejeis acojonar por abogadillos del tres al cuarto como éste
 

Fin del hilo
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