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AnGeluSII
13/06/2006 02:39
Hola, ante todo daros la enhorabuena por la entrega de vuestras casas, y que las disfruteis con salud.

Con respecto al tema de las piscinas (de esto entiendo un poco) te comento:

- Aqui tienes un link a la legislación que regula su uso en la comunidad de Madrid:

http://www.madrid.org/guia_servicios_sanidad/pdf/D80_1998_14may.pdf

Para contestar a tu pregunta sobre el socorrista, de una manera rapida, te comento que al tratarse de una piscina de uso colectivo de Comunidad de Vecinos de mas de 30 viviendas, se tiene que cumplir con lo siguiente:

1. En todas las piscinas se deberá contar con un servicio de socorristas con el grado de conocimiento suficiente en materia de socorrismo acuático y prestación de primeros auxilios, cuya formación será acreditada por el organismo competente. Dicho personal permanecerá en las instalaciones durante todo el tiempo de funcionamiento de las mismas.
2. El número de socorristas será de un mínimo de:
a) Un socorrista hasta 500 metros cuadrados de lámina de agua.
b) Dos socorristas entre 500 y 1.000 metros cuadrados de superficie de lámina de agua por cada vaso, y a partir de cada 1.000 metros cuadrados de exceso, un socorrista más.
c) En los recintos donde hayan diferentes vasos a efectos de cálculo del número de socorristas, se sumarán todas las superficies de láminas de agua.
d) En el caso de que la separación física entre los vasos no permita una vigilancia eficaz, será obligatoria la presencia de socorrista en cada vaso.

Además, debeis tramitar la autorización sanitaria para la apertura anual de piscinas en la Delegación de Salud del Ayuntamiento de S.S. de los reyes:

Para ello el titular de la piscina privada deberá presentar en dicha Delegación de Salud, hasta el 30 de junio, la siguiente documentación junto con la solicitud cumplimentada:

- Análisis físico-químico y microbiológico del agua de los vasos.
- C.I.F. o N.I.F. de la Comunidad de Vecinos o Empresa.
- Nombre, dirección y teléfonos del presidente y del administrador.
- Contratos del socorrista y suplente así como del médico o A.T.S.
- Periodo y horarios de apertura.
- Ficha de los productos químicos en el tratamiento del agua.
- Certificado de desinfección, desinsectación y desratización.
- Número de vasos y de metros cuadrados de superficie de agua.
- Nombre del encargado o empresa de mantenimiento y teléfono de contacto.

El Libro Registro de Control Sanitario de Piscinas se entregará en la Delegación de Salud el mismo día de haber presentado la documentación y deberá cumplimentarse diariamente.

Delegación de Salud
Centro Municipal de Servicios
C/ Federico García Lorca, s/n. Tel. 91 6540678

Esto es muy importante que lo hagáis cuanto antes, porque en el caso de que ocurra algún percance, os podéis meter en un "follón" muy gordo.

Espero haber aclarado tus dudas.

Un saludo
 
N
nenitas
12/06/2006 17:53
Hola arzur:

Pues mira lo de la pisci no lo se, yo estuve bañandome el domigo y hay una parte que no cubre, pero creo que los niños pequeños no se pueden bañar solos.
Por cierto hay una peli que habla de uan familia que se traslada a una comunidad a vivir y se dan cuenta que estan solos y empiezan a pasar cosas..... (JE, JE) es broma (lo de la peli no)
A lo de la fiesta me apunto¡¡¡
 

Fin del hilo
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