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PEPENO
22/12/2008 12:04

Urgente! Consulta uso piscina

¿Podemos evitar que una nueva comunidad comparta nuestra piscina sin servidumbre inscrita?

2.606 lecturas | 6 respuestas
Urgente! Hola, Quisiera haceros una consulta: en nuestra comunidad hay una piscina como elemento comunitario. En nuestra escritura de división horizontal consta que tenemos que compartir la piscina con un edificio nuevo colindante a nuestra comunidad. No hay inscrita servidumbre en este sentido.

Mi pregunta es, podemos entender que simplemente con acuerdo unánime + escritura + inscripción en Registro, lo podemos corregir y evitar ese uso por esa nueva comunidad???

Es un poco urgente.... Mil gracias!!!!
 
P
PEPENO
09/01/2009 13:24
Perdona, que insista. Pero en nuestra escritura sólo dice que el uso será compartido con la otra comunidad... Sólo dice eso...

Y por ese simple renglón... no podemos hacer nada?
 
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JUCURU
09/01/2009 12:45
pepeno dijo:

Y si en la escritura constase que puede usar la piscina Rita la cantaora???


Si constase en la escritura, Rita La Cantaora se podria bañar, porque todos lo tendriais consentido con vuestra firma y no se puede ir en contra de nuestros propios actos.

Crees que los terceros (la otra comunidad) puede tener unos derechos adquiridos???

Si hay algun documento que lo acredite, si, en caso contrario, no.

Lo digo porque un Notario me indica que para suprimir ese uso a favor del tercero he de contar con su consentimiento!!!

Me parece logico que el notario te haga esta indicacion.


 
P
PEPENO
09/01/2009 09:24
Crees que los terceros (la otra comunidad) puede tener unos derechos adquiridos???

Lo digo porque un Notario me indica que para suprimir ese uso a favor del tercero he de contar con su consentimiento!!!

Y si en la escritura constase que puede usar la piscina Rita la cantaora???
 
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JUCURU
23/12/2008 08:43
pepeno dijo:

Hola, nuevamente.
Se supone que la comunidad nueva se segregó de la nuestra en su día. Es decir, son adyacentes pero independientes. Nosotros sumamos el 100% de cuotas, por lo que entiendo que no es la misma.

No crees que con modificar nuestro titulo constitutivo indicando que es de uso exclusivo, es suficiente???


Das por hecho que sumais el 100% con vuestras cuotas por tanto sois comunidades diferentes, yo tambien lo entiendo asi.
la Ley dice en su aticulo 17, Los acuerdos de la Junta de propietarios se sujetarán a las siguientes normas:
1. La unanimidad sólo será exigible para la validez de los acuerdos que impliquen la aprobación o modificación de las reglas contenidas en el título constitutivo de la propiedad horizontal o en los estatutos de la comunidad.

Para aprobar un acuerdo que modifique las reglas del titulo y dejarlo reflejado en acta, solo seria necesario la votacion de tu comunidad, en caso de que el acuerdo os lo impugnara la otra comunidad vuestra mejor arma seria que sois comunidades independientes algo que podeis demostrar con la suma de vuestras cuotas y que en las escrituras no consta la palabra usufructo, significa derecho a disfrutar una cosa sin ser propietario.

ACLARACION. son adyacentes pero independientes. yo vivo en una urbanizacion que forma parte de la misma unidad con otra igual y hay una calle publica en el centro que las separa, legalmente funcionamos como subcomunidades nuestra suma es 47% y la otra 53% cada una disfruta de sus servicios y se los paga por separado...te lo digo porque la clave de todo esta en la suma de las cuotas, si en nuestro caso en vez de haber dos piscinas, solo hubiera una, las dos urbanizaciones tendrian derecho a usarla.
 
P
PEPENO
22/12/2008 18:02
Hola, nuevamente.
Se supone que la comunidad nueva se segregó de la nuestra en su día. Es decir, son adyacentes pero independientes. Nosotros sumamos el 100% de cuotas, por lo que entiendo que no es la misma.

No crees que con modificar nuestro titulo constitutivo indicando que es de uso exclusivo, es suficiente???
 
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JUCURU
22/12/2008 17:14
Hola.

Lo que cuentas tiene poca logica, puede ser que el edificio nuevo colindante que mencionas forme parte de la misma unidad de ejecucion y se ha construido en otra fase, para saberlo suma todos los coeficientes de propiedad del edificio donde vives si te da 100 el otro edificio no tiene nada que ver con vosotros ni tampoco tendria porque tener ningun derecho sobre la piscina, si no te da 100, podria ser que el otro edificio complete la unidad entonces estaria todo bien.

Si en vuestra escritura dice que la teneis que compartir y vosotros solos completais la unidad, surge el problema que lo teneis todos firmado y seria conveniente que hicierais una consulta a un abogado para que indague las causas y os diga como podeis solucionarlo, puede haber derechos contraidos cuando se compro el solar que se tengan que respetar, aunque lo que sea debe figurar en alguna parte.

Los coeficientes los puedes mirar bien en el registro o en el catastro por internet con una referencia catastral.



 

Fin del hilo
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