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josema rodriguez
12/05/2009 19:38

uso rpivado de las zonas comunes

¿Pueden los vecinos decidir por mayoría utilizar las zonas comunes para actividades organizadas?

5.872 lecturas | 4 respuestas
Tengo una duda. En la junta de vecinos, un grupo organizado de estos, pretende que se apruebe la utilización de las zonas comunes de la urbanización para hacer cenas o cualquier actividad organizada por ellos. La pregunta es si esto lo pueden decidir ellos por mayoría en la junta o si alguien se queja, puede echarlo atrás. Gracias de antemano
 
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josema rodriguez
13/05/2009 11:57
Gracias por la rapidez, me sirve con esto.
 
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JUCURU
13/05/2009 09:01
arantxa garcia garcia dijo:

No entiendo muy bien la respuesta ¿podrias poner un ejemplo?


Poner unas mesas y cenar, jugar a las cartas, organizar juegos para los niños...podria entrar en la que es el uso de estas zonas, en este caso la junta de propietarios puede regular normas de regimen interno y solo se precisaria una mayoria simple de los asistentes a la reunion

Si en esas zonas se quiere hacer una piscina, poner columpios, sustituir el cesped por terrazo...serian alteraciones de la copropiedad y necesita un acuerdo por unanimidad

Artículo 11.

1. Ningún propietario podrá exigir nuevas instalaciones, servicios o mejoras no requeridos para la adecuada conservación, habitabilidad y seguridad del inmueble, según su naturaleza y características.

2. Cuando se adopten válidamente acuerdos para realizar innovaciones no exigibles a tenor del párrafo anterior y cuya cuota de instalación exceda del importe de tres mensualidades ordinarias de gastos comunes, el disidente no resultará obligado , ni se modificará su cuota, incluso en el caso de que no pueda privársele de la mejora o ventaja.


Esta claro que es lo que cualquier propietario puede exigir, es todo lo que tenga que ver con la conservacion, habitabilidad y seguridad del inmueble, la instalacion de columpios por ejemplo, no tiene nada que ver con lo que manda la Ley, no es algo necesario, por tanto cualquier propietario, en caso que se aprobara, puede optar, bien por no pagar si excede de tres mensualidades o impugnar judicialmente.

Cerca de donde yo vivo han hecho una piscina en una zona comun, un propietario lo ha impugnado y la van a tener que demoler, el juez asi lo ha sentenciado cumpliendo fielmente la Ley.
 
A
arantxa garcia garcia
13/05/2009 01:10
No entiendo muy bien la respuesta ¿podrias poner un ejemplo?
 
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JUCURU
12/05/2009 21:19
josema rodriguez dijo:

Tengo una duda. En la junta de vecinos, un grupo organizado de estos, pretende que se apruebe la utilización de las zonas comunes de la urbanización para hacer cenas o cualquier actividad organizada por ellos. La pregunta es si esto lo pueden decidir ellos por mayoría en la junta o si alguien se queja, puede echarlo atrás. Gracias de antemano


El uso de las zonas comunes se puede aprobar por mayoria como norma de regimen interno, dentro de esa norma se pueden fijar horarios y otro tipo de condiciones segun las caracteristicas del lugar y el gusto de la gente.

Lo que no se puede sin consentimiento de los demas es hacer lo que se conoce como alteraciones del estado original, la Ley lo deja muy claro.

Artículo 397. del Codigo Civil
Ninguno de los condueños podrá, sin consentimiento de los demás, hacer alteraciones en la cosa común, aunque de ellas pudieran resultar ventajas para todos.
 

Fin del hilo
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