Volver al foro
J
josseluis
25/08/2009 09:46

Omisión convocatoria junta extraordinaria

¿Son válidos los acuerdos tomados en una junta en la que no se convocó al portal nº 20 y algunos vecinos asistieron y votaron junto con los portales 22, 24 y 26?

1.964 lecturas | 1 respuestas
Somos una mancomunidad de vecinos formada por los portales 20,22,24 y 26.
En la convocatoria de la junta extraordinaria del pasado 8 de julio de 2009 se omitió
el portal nº 20 al que pertenezco (en esa fecha estuve de vacaciones), pero en 
esa  junta se nombró al vocal del nº 20 y se denunció en la junta a una vecina del portal nº 20 por poner el aire acondicionado sin permiso de la comunidad. Muchos no fuimos a dicha Junta porque no se nos convocó sin embargo otros fueron y votaron a nuestro vocal. La pregunta es ¿Son válidos o son nulos los acuerdos tomados en dicha Junta en la que no se convocó al portal nº 20 y sin embargo algunos asistieron y votaron en la Junta, junto con los portales 22,24 y 26?
 
J
JUCURU
25/08/2009 10:54
Son válidos o son nulos los acuerdos tomados en dicha Junta en la que no se convocó al portal nº 20 .

Seran validos si nadie reclama o impugna, las citaciones las teneis que recibir todos en vuestras viviendas o en las que hayais comunicado al administrador,  el articulo 16,2 dice..... practicándose las citaciones en la forma establecida en el artículo 9. y el articulo 9 dice......h. Comunicar a quien ejerza las funciones de secretario de la comunidad, por cualquier medio que permita tener constancia de su recepción, el domicilio en España a efectos de citaciones y notificaciones de toda índole relacionadas con la comunidad. En defecto de esta comunicación se tendrá por domicilio para citaciones y notificaciones el piso o local perteneciente a la comunidad, surtiendo plenos efectos jurídicos las entregadas al ocupante del mismo.

Si ha habido un error y el administrador no os ha convocado debeis solicitar que la reunion se repita, dando un plazo, en caso que no quieran, podeis impugnar puesto que teneis derecho por Ley a ser convocados, pero debeis reclamar antes que pasen los 30 dias desde que os han mandado el acta. El hecho que alguien se haya enterado y fuera a la reunion sin ser convocado no quiere decir que los demas perdais el derecho.
 

Fin del hilo
© 2002-2024 - HABITATSOFT S.L.U. CIF B-61562088 c/ Josefa Valcárcel, 40 bis 28027 Madrid
Contacto |  Publicidad |  Aviso Legal  |  Blog |  Catastro |  Facebook |  Twitter
Vocento