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V
vicentesedano
02/09/2009 22:02

instalar ascensor en comunidad

¿Puedo evitar pagar la instalación del ascensor en mi edificio si vivo en el bajo y no me va a dar servicio?

2.641 lecturas | 3 respuestas
hola a todos!
se quiere instalar un ascensor en mi edificio , yo vivo en el bajo y quieren obligarme a pagar, no me parecej usto, yo ni lo quiero ni me va dar servicio, se puede hacer algo para no pagar su instalacion?? estoy obligado a pagar??
gracias por sus respuestas
 
J
JUCURU
03/09/2009 20:43
Con el acuerdo en acta y testigos, podria ser que un juez hiciera valer el acuerdo, pero es mejor que consultes a un abogado  para que el te diga las posibilidades que tienes y sobre todo consigue el acta.
 
O
orac
03/09/2009 18:04
Mi problema es el siguiente: en Julio del 2008 en Junta de propietarios se vota la instalación de un ascensor. Yo vivo en un bajo, y por acuerdo se adoptó que los 2 bajos quedaban exonerados del pago porque no vamos a utlizarlo. Cual es mi sorpresa cuando en Agosto recibo una carta certificada donde me reclaman una deuda, en concreto me reclaman los 13 últimos recibos de pago de ascensor y si no lo pago en breve, me demandarán.
He pedido una copia del acta al Presidente para ver si el acuerdo adoptado en Julio del 2008 está escrito. De hecho tengo varios vecinos que me han dicho, que si la demanda se cursa, ellos no tienen ningún problema en testificar que efectivamente en Junta los dos bajos quedaron exonerados del pago.

Sí en el acta no aparece ese acuerdo, que puede pasarme? puedo seguir negándome a pagar? Por favor, espero que alguien me oriente sobre este tema. Gracias
























CITA=JUCURU>

Si el asunto se trata en junta de propietarios, esta en el orden del dia y se aprueba con los votos de las 3/5 partes de los asistentes, no podrias hacer nada y tendrias que pagar, hay una sentencia del tribunal supremo reciente, anteriormente habia sentencias a favor y en contra.

En caso que en edificio haya minusvalidos o personas mayores de 70 años, solo sera suficiente el voto de la mayoria, es un poco injusto pero es asi.

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J
JUCURU
03/09/2009 08:27

Si el asunto se trata en junta de propietarios, esta en el orden del dia y se aprueba con los votos de las 3/5 partes de los asistentes, no podrias hacer nada y tendrias que pagar, hay una sentencia del tribunal supremo reciente, anteriormente habia sentencias a favor y en contra.

En caso que en edificio haya minusvalidos o personas mayores de 70 años, solo sera suficiente el voto de la mayoria, es un poco injusto pero es asi.

 

Fin del hilo
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