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orac
26/02/2010 11:15

ASCENSOR

¿Tengo obligación de pagar los gastos del ascensor retroactivamente?

1.533 lecturas | 1 respuestas

Hola a tod@s! os voy a exponer mi caso para ver si me podeis ayidar. Vivo en un piso bajo y en mi Cdad. en Julio del 2008, se adoptó en Junta la instalación de un ascensor. En esa Junta se acordó que los 2 pisos bajos (que no van a utlizar el ascensor, porque no hay ni un solo escalón para acceder a ellos) no pagaran los gastos de instalación del ascensor, pero si  pagaran el mantenimiento y conservación del mismo, una vez instalado. En Septiembre del 2009, hubo otra Junta, porque un vecino se negaba a pagar si los bajos no pagaban. Se volvió a votar y la votación quedó asi:

- 14 vecinos a favor de que no pagaran los bajos
- 6  " a favor de que pagaran.

Se firmó el Acta por todos los vecinos presentes y desde entonces hemos pagado nuestro recibo de comunidad ordinario, pero no el recibo de derrama para el ascensor. Ayer, en otra Junta que hubo, el Administrador me dio una carta donde me reclaman con caracter retroactivo todos los gastos del ascensor, y si no los pago en un tiempo, me denuncian. Me dice que todos los acuerdos adoptados en las anteriores Juntas son Nulos, porque para eximir a un vecino del pago del ascensor, se requiere la unanimidad. Nadie ha impugnado jamás ninguna Junta en la que se acordaba esos acuerdos y ahora me encuentro con esto. Estoy totalmente perdida: ¿esto es así? ¿el acuerdo vecinal no sirve de nada, aunque haya mayoría simple? ¿tengo obligación de pagar todo, desde que se iniciaron las obras?.

Por favor, si alguien me puede responder y aclararme todas estas dudas, estaré muy agradecida.Grai

 
CMD_gestion
CMD_gestion
26/02/2010 11:36

En principio hay Jurisprudencia al respecto, en donde se estipula que todos los pisos de la comunidad en el que se instalen ascensor han de hacerse cargo de los gastos de instalación, pues la llegada del ascensor a la finca lo que hace es revalorizarla, pero el mantenimiento del mismo es otra cosa, si ustedes no van a utilizarlo si pueden exigir la no participación en el mantenimiento del mismo.

Esperamos haberle servido de ayuda. Un saludo.
 

 

Fin del hilo
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