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M
mibece
03/03/2010 10:13

Porteria sin cedula de habitabilidad

12.291 lecturas | 9 respuestas
Hola, me gustaria que alguien me ayudara con este tema que la verdad me tiene bastante preocupado.

Nuestro portero actual que lleva en la casa desde su construcción hace aproximadamente 30 años se quiere prejubilar. Nos propone a su hijo como nuevo portero de la finca.

La portería donde vive el portero no tiene la cedula de habitabilidad preceptiva porque está considerada como un pasillo más de la Comunidad, aunque en realidad es una vivienda más. Esto es un tema que lleva así en la casa desde el principio y yo no he hecho nada al respecto hasta ahora. La verdad es que compre la casa hace seis años y me acabo de enterar. El hecho de que ahora vayamos a ofrecer a un tercero, aunque resulte el hijo del portero actual, un contrato de portería que lleva implicito el derecho de uso de una vivienda que carece de cédula de habitabilidad me preocupa.

¿Sería legal este contrato? ¿Podría oponerme a esta medida? ¿Cómo ¿Podría salvar mi responsabilidad si algo sucediera a esa casa (accidente, incendio ...). ? Tengo entendido que las multas por incumplimiento de prevención de riesgos laborales pueden alcanzar los 600.000 Euros para casos muy graves. Si es así me parece una temeridad contratar a alguien de portero cuando no tenemos una vivienda legal para ofrecerle. Hay una Junta para tratar el tema de la prejubilación del portero pero nadie nos ha informado de que la vivienda no es legal. ¿Que hago para conseguir que la prejubilación no se apruebe?.

Muchas gracias,
 
carolinevega
carolinevega
11/09/2020 21:37

lola lo que indica de la portería que hay que cambiar todos los coeficientes no es así,

Dado que la portería era una zona comun y seguiría siendo común después de conseguir la cedula, dado que la propiedad seguía siendo la comunidad

 
lola99
lola99
11/09/2020 20:40

Hola, yo en mi domicilio tenemos el mism problema una porteria que ahora no hay nadie y que hace muchooo tiempo teniamos portero que vivia en la porteria, se jubilo y que al cabo del tiempo nos enteremos que no habia celula de habitbilidad, era para poner otro portero.
Bueno lo de que para el portero viva en la porteria, si necesita celula de habitabilidad, si no no puede vivir nadie, para que le den la celula tiene que estar la zona para ello, o sea, por ejemplo el cuarto baño tiene que estar dentro de la vivienda no se puede dar la celula ai el labavo esta fuera del piso y hecho en el patio comun y como esa muchas mas, por eso como le dicen miren a un  arquitecto y que les acosenje ya que cada piso es un mundo¡¡¡¡
Despues otra cosa que no han dicho, es suponiendo que le den la celula, y convertir la zona comun que era antes a zona privatiba, tienen que reformar cuotas de cada piso, local….. ya que el porcentaje cambia, aunque sea para la comunidad ya que se a creado una nueba zona.
resumiendo que nos paso a nosotros….. un lio incleible¡¡¡¡¡ y lo dejemos estar y tenemos un lugar sin usar ni uso ni beneficio.Aparte que nos ns daban la celula

 
carolinevega
carolinevega
04/09/2020 19:28

pues CMD si ha respondido,

pero vuelvo a insistir las obras de zonas comunes no es necesaria la unanimidad, ya he dicho que muchas veces son obligatorios y depende del ornato de las mismas seria mayoría simple o 3/5.

la unanimidad sólo afecta al título constitutivo

 
CMD_gestion
CMD_gestion
04/09/2020 18:50

Buenas tardes, a los que nos referimos no es que la comunidad decida sobre la celulda de habitalibilidad, sino que sea esta quien la obtenga, y logicamente ante los organismos pertinentes, que en este caso es el ayuntamiento, a lo que nos referiamos es que paea la obtencion de dicha celula es posible la necesidad de ejecutar obras, y estas al ser en elementos comunes se exije la unanimidad, lo mejor es que contrate un arquitecto y le asesore sobre los pasos a seguir, ya que es un tema mas técnico que otra cosa.

Esperamos haberle ayudado

 
carolinevega
carolinevega
04/09/2020 18:39

Estoy segura que CMD no le contestará porque no entra desde que puso esa respuesta

esa respuesta no figura en la LPH porque no tiene nada que ver nada

no se necesita unanimidad para nada,

la cedula de habitabilidad se concede en el ayuntamiento y si en un lugar tiene que vivir alguien es obligatorio la cedula, como no es opcional pues ni se votaría.

y referente a la obra tampoco se necesita unanimidad, depende del tipo de obra sería obligatoria segun el art. 10.1 de la LPH o se necesitaria mayoriía simple o 3/5 según el lujo que se desase dar, segun el art. 17

 

 
C
carlosx500
04/09/2020 15:11

Buenas tardes,

Enhorabuena por la web. En su respuesta usted indica “lo primero que tendría que hacer la Comunidad es, por unanimidad decidir conseguir la celula de habitabilidad de donde vive el portero, haciendo las reformas pertinentes, teniendo en cuenta que para ello necesitan la unanimidad.”

He estado repasando la ley de propiedad horizontal, pero no veo donde se indica que para conseguir a celula de habitabilidad de donde vive el portero y hacer las reformas pertinentes se necesite una unanimidad de los votos, ¿me pueden indicar donde puedo encontrar tal indicanción enm la lay?. Gracias y saludos, 

 
CMD_gestion
CMD_gestion
03/03/2010 23:00
Puede llevar todos los años que sean, pero si la casa no tiene celula de habitabilidad, no se puede usar como vivienda.  Un saludo.
 
M
mibece
03/03/2010 16:11
Muchas gracias eso hare. El administrador nos dice que como el portero actual lleva viviendo treinta años en esa portería hay una trayectoria jurisprudencias clara que nos protegería. A mi esto me suena a cuento chino porque la vivienda no es vivienda y eso deber resultar ilegal y contra la prevención de riesgos laborales. ¿Es cierto lo que comenta nuestro administrador? Creo que le está haciendo un favor al portero para que votemos a favor y no nos de miedo este tema.
 
CMD_gestion
CMD_gestion
03/03/2010 10:44
Es un tema peliagudo, pero como todo tiene solución, lo primero que tendría que hacer la Comunidad es, por unanimidad decidir conseguir la celula de habitabilidad de donde vive el portero, haciendo las reformas pertinentes, teniendo en cuenta que para ello necesitan la unanimidad.

Usted puede oponerse y solicitar que se añada en el acta que en caso de algún problema legal usted no se hace responsable de ninguna sanción al respecto, pues la comunidad se encuentra en una situación de alegalidad.

No puede hacer nada si la mayoría accede a la prejubilación, mas que sacar el tema de la infravivienda e intentar solventarlo, comunicando que el próximo conserje tendrá que ser externo y cumplir un horario de trabajo, pues no tendrá derecho a vivienda.

Esperamos haberle servido de ayuda, un saludo.
 

Fin del hilo
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