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D
drgzdrgz
24/04/2011 19:12

Piscina comunitaria

¿Cómo puedo poner en marcha la piscina comunitaria de mi edificio?

3.189 lecturas | 6 respuestas

Hola a todos!!

Necesito de vuestra ayuda con un problema o duda que tengo.

Os expongo datos: el año pasado, 2010 compre una vivienda, siendo el total de vecinos 22, de los cuales 18 son viviendas no vendidas siendo el propietario el promotor. No se ha puesto en marcha la comunidad aún, tenemos luz de obra aún tambien.

Tenemos una piscina comunitaria y sin embargo aún no la he podido utilizar. Este año, ya mismo empieza el veranito, y no se que hacer para ponerla en marcha....

Si diese de alta la comunidad, teniendo la promotora la mayoría de viviendas, ¿se podría oponer a ponerla en marcha?

 
daigual
daigual
01/05/2011 21:38

"drgzdrgz"   cuando tenga algo claro, por favor comentelo por aquí para saber en que queda el asunto, y suerte.

 
M
MACADI
01/05/2011 16:58

Añadir que si se constituye la comunidad  el promotor tendrá un sólo voto con un coeficiente muy alto  (cerca del 90%); pero seguramente contabilizará un voto por cada piso, es decir, 18 votos (me parece que es lo que suelen hacer) y como el administrador suele ser colega pues ya tienes un problemón. 

En el primer caso puede bloquear cualquier tipo de acuerdo.

Y en el segundo con 18 votos, puede aprobar casi todo lo que quiera sin necesidad de los otros 4 votos.

Suerte, lo tienes muy dificil hasta que venda la mayoria de pisos

 
D
drgzdrgz
25/04/2011 16:05

Muchas gracias. Buscaré un abogado y a ver si lo solucionamos.

 
Burofaxtor
Burofaxtor
25/04/2011 09:50

Sin comunidad no puedes contratar ninguna empresa de mantenimiento de piscina, algo obligatorio que de no hacerlo y tener deficiencias la piscina en origen, podrías perder la garantía de solicitar subsanación.

Con luz de obra y sin comunidad tampoco podéis contratar luz para las zonas comunes y no sé el municipio del edificio, pero en muchos casos la licencia no permite esta circunstancia...

Sé que la promotora se encuentra obligada a constituir la Comunidad y habría que ver si el edificio cuenta con la licencia de primera ocupación. No sé muy bien orientarte porque sucede una circunstancia actualmente que creo que la ley no lo ha regulado aun: que tarden varios años en venderse la totalidad de las viviendas, algoq ue antes no pasaba. Eso trae muchos problemas relacionado con el mantenimiento de las instalaciones, dado que la promotora probablemente no se gastará ni un duro en ello.

Pero hay que tener en cuenta que a ti te han vendido una vivienda con piscina, la cual no disfrutas y podría entenderse un incumplimiento contractual.

Creo que debes consultar tu caso directamente con un abogado.

 
D
drgzdrgz
24/04/2011 23:44

Muchas gracias. Lo mirare por ley...

 
daigual
daigual
24/04/2011 19:31

Estando en minoría, lo tienes complicado, salvo que sea algo que corresponda por ley y decidas pelearlo en el juzgado.

Entiendo que la piscina es un servicio integrado en el edificio y por tanto debe ponerse en marcha al igual que la luz, ascensor, o cualquier servicio similar. Lo mejor es que trates de llegar a acuerdos con el promotor y que suceda pronto que se vendan las propiedades a diferentes personas.

 

Fin del hilo
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