Hola, buenos dias.Resulta que vivo en una comunidad de vecinos de 10 bloques con un recinto privado. Hemos recibido un acta de una reunión celebrada a la que acudieron los presidentes de 7 de los diez bloques, en supuesta representación del resto de vecinos. Normalmente se realizan las reuniones de la mancomunidad un par de veces al año.Pues mi pregunta es la siguiente.ES LEGAL QUE EN ESA REUNIÓN SE ACUERDE LA PROHIBICIÓN DE JUGAR A LA PELOTA EN TODO EL RECINTO(SUPONGO EN LA PISTA DE BALONCESTO QUE HAY SI SE PODRÁ) ASÍ COMO ESTABLECER UN HORARIO DE SILENCIO PARA LOS NIÑOS cuando no ha sido votado por los propietarios? Me explico. A la reunión asistieron los presidentes de esos bloques(entre ellos el del mio) y votaron ellos por unanimidad dichas prohibiciones, cuando en ningún momento se consultó.
Yo no entiendo nada de leyes ni nada por el estilo,pero tenía entendido que los presidentes deben ir a la reunión de la mancmunidad como representantes de la totalidad del bloque.Pienso y espero que lo que digan siete vecinos sin consultar al resto de los ciento y pico que somos pueda prevalecer.
Y también querría saber si tengo derecho a que el administrador me de los nombres,o mejor los pisos, a los que pertenecen los que acudieron a la reunión,es decir, los propietarios de los pisos de los 7 presidentes que acudieron.
muchas gracias