Me parece que decir que una reglamento aprobado por mayoría en Junta de Propietarios solo obliga a los firmantes, me parece poco serio. Por otro lado. en un recinto cerrado (residencial vallado por ejemplo) en donde los vecinos acuerdean y ponen por escrito que para realizar fiestas particulares es necesario la aprobación previa de la Asamblea, no parece una locura. También hay que tener en cuenta que las normas municipales están pensadas para otro tipo de eventos y negocios (bares, discotecas, etc) y poco caso te van a hacer cuando se trata de un lugar particular y sin que vecinos ajenos se puedan perjudicar. En resumen creo que lo mejor es que se regule en en reglamento que sea en Junta de Propietarios en donde se acuerde la autorización de cualquier actividad. Cualquier lugar común, es eso "común" y para su uso fuera de una actividad normal es necesario la correspondiente autorización.