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J
jinawee
24/05/2013 11:50

Vecinos morosos no pagan cochera

¿Se puede vetar la capacidad de votar o impugnar las juntas si los propietarios de cocheras no pagan el coeficiente correspondiente al acceso al portal?

1.647 lecturas | 2 respuestas

Buenos días,

En nuestra comunidad casi todos los propietarios (incluso el presidente) no pagan el coeficiente correspondiente a las cocheras por tener acceso al portal, como viene reflejado en los estatutos. Está situación se ha prolongado durante más de diez años.

¿Al no pagar, podría vetárseles la capacidad de votar o impugnar las juntas? Ellos alegan que las cocheras forman una Comunidad separada, que es verdad, porque hay dueños de las cocheras que no son propietarios de ningún piso. Pero lo que tienen que pagar es por el acceso al portal y no creo que tenga que ver con la otra Comunidad.

 
J
jinawee
24/05/2013 13:55

Entonces en tal caso los únicos con derecho a voto seríamos otro vecino y yo.

Me surgen varias dudas:

  • ¿Cómo hago para anularles el derecho a voto?
  • ¿Habría que destituir al Presidente (el Presidente no fue elegido por votación, sino por turno)?
  • ¿Tengo que denunciar a todos los vecinos por separado?
  • ¿Es probable ganar en caso de juicio y que tengan que pagar las costas del juicio y del abogado?
  • ¿Es posible que en las votaciones que requieren mayoría siempre elija yo, porque mi vecino paga menos coeficiente (en tal caso sería una especie de dictadura y no sé si esto es posible)?
  • ¿Puedo impugnar una Junta reciente por haber sido convocada por el Presidente y el resultado de la votación? ¿Sería necesario ir a juicio?
  • En caso de que quisiesen recuperar su derecho de voto, ¿tendrían que pagar lo que deben de las cocheras?
  • Finalmente, si me niego a pagar completamente las cuotas de la Comunidad, ¿tendrían derecho a ir contra mí, habiendo muchos más que deben? Había escuchado algo de que un juez eximió a un propietario de pagar las cuotas debido al abuso por parte de la Comunidad.
 
MAXQUEFINCAS
MAXQUEFINCAS
24/05/2013 13:13

Pues si en los Estatutos se explica que deben participar de determinados gastos por acceder por el portal, deben hacerlo.

Para ello deben tener la correspondiente cuota mensual según el coeficiente que se asigne en el Estatuto. Si no pagan deben ser considerardos en mora y por lo tanto no tienen derecho de voto en las Juntas.

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