Volver al foro
H
HAROLDO
26/05/2013 12:27

EL PRESIDENTE RECHAZA LAS SOLCIITUDES

¿Cómo puedo incluir temas en el Orden del Día de la próxima junta sin tener que acudir al Juzgado y gastar en abogado y procurador?

2.379 lecturas | 5 respuestas

El Presidente de la Comunidad no recoge las cartas certificadas que se le envían, entiendo que siguiendo directrices de la administración, a la que consiente que haga lo que le da la gana, incluso en contra de los intereses de la propia comunidad

El administrador no está colegiado.

Quiero incluir temas en el Orden del Día de la próxima junta y no sé qué puedo hacer,  que no sea acudir al Juzgado y que me pidan abogado y procurador, con los consiguientes gastos.

¿Alguien me puede ayudar?

 
BettyBoop78
BettyBoop78
12/06/2013 00:32

HAROLDO dijo:

El Presidente de la Comunidad no recoge las cartas certificadas que se le envían, entiendo que siguiendo directrices de la administración, a la que consiente que haga lo que le da la gana, incluso en contra de los intereses de la propia comunidad

El administrador no está colegiado.

Quiero incluir temas en el Orden del Día de la próxima junta y no sé qué puedo hacer,  que no sea acudir al Juzgado y que me pidan abogado y procurador, con los consiguientes gastos.

¿Alguien me puede ayudar?

 



Explícame quien te ha dicho que tienes que ir con abogado y procurador a un juzgado de primera instancia porque es en la parte que me pierdo...

En los casos de comunidad de propietarios no es así y puedes ir al juez con las cartas que supongo que te han devuelto por la negativa del presidente a recogerla y solicitando en correos una testificación de que dichas cartas se han enviado.

Salu2.

 
BettyBoop78
BettyBoop78
12/06/2013 00:30

pasacero dijo:

HAROLDO dijo:

Para Pasacero:

No creo que sea mejor que el administrador no esté colegiado, pues ante actuaciones irregulares del mismo no hay donde reclamar, excepto por vía judicial. ¿Qué ocurre si se niega a recoger lo que se le lleva en mano?.

Efectivamente, no es mejor pero para él, no para la comunidad.

Si está  colegiado  en caso de conflicto le defenderá el colegio que para eso paga, dejando a los vecinos con el culo al aire.

mmm.... pasacero... el colegio de administrador de fincas lo que hace es asumir el pufo que deja un administrador colegiado.
Otra cosa es que conozca las leyes para que esa deuda sea menor y los comuneros no...

Pero vamos, si es lo que querías explicar tu sencillez de palabra significa que al final la gente se ponga borde contigo.

Salu2.

 
H
HAROLDO
27/05/2013 13:32

Para Pasacero:

No creo que sea mejor que el administrador no esté colegiado, pues ante actuaciones irregulares del mismo no hay donde reclamar, excepto por vía judicial. ¿Qué ocurre si se niega a recoger lo que se le lleva en mano?.

Por otra parte el problema es que a las reuniones asistimos, como mucho, un 15% de los 100 propietarios, más unos 10 por representación y se trata de gente que no quiere problema alguno y, aunque parezca increible, votan siempre a favor de lo que proponen administrador y presidente.

Estoy en Alicante y si alguien no se lo cree le puedo invitar, como asesor mío, a la próxima junta (2014)

 
AffinisAC
AffinisAC
27/05/2013 08:05

Buenos días, 

Por lo leído, entiendo que se trata de la Asamblea Ordinaria anual, por lo que el periodo de presidencia habrá cumplido ya un año. Si es así, preste atención a lo que dispone el Artículo 553-20. (Reuniones) :

2. La junta de propietarios puede reunirse cuando lo considere conveniente el presidente o presidenta. Si los propietarios piden al presidente o presidenta que convoque una reunión y este no lo hace, la junta de propietarios puede reunirse siempre y cuando lo pida, indicando los puntos que es preciso incluir en el orden del día, una cuarta parte de los propietarios, que deben representar una cuarta parte de las cuotas.

Incluyan en el orden del día la designación de cargos de la Junta y nombren un nuevo presidente, ya sea el que corresponda por orden o bien por candidatura voluntaria. A partir de ahí, la cuestión es que ese supuesto "administrador" incluya esa Acta en el libro y acaten los acuerdos.

affinis Assessors de Comunitats
Barcelona
info@poles.cat
930104183
Contamos con la colaboración de profesionales expertos en vivienda que os ayudarán a resolver todas vuestras dudas. Si deseas formar parte del equipo de colaboradores escríbenos
 
E
elbonsai
27/05/2013 00:00

Ya entiendo que denunciar conlleva gastos, pero si tanto el presidente como el administrador hacen de la comunidad una dictadura, gastando el dinero de todos según su criterio, entiendo que a la larga le sale mas caro no denunciar. Además estoy segura de que cuando ambos vean que la cosa no es broma entonces seguro que cambian de tactica. Yo lo que haría sería poner en tema en manos de un abogado, para que le aconsejase lo mas adecuado a su problema. Si su administrador no esta colegiado es fácil que ni tan siquiera este declarando sus ganacias, por lo tanto ya tienen algo con lo que empezar a presionar.

 

Fin del hilo
© 2002-2024 - HABITATSOFT S.L.U. CIF B-61562088 c/ Josefa Valcárcel, 40 bis 28027 Madrid
Contacto |  Publicidad |  Aviso Legal  |  Blog |  Catastro |  Facebook |  Twitter
Vocento