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Y
yersica
10/06/2013 23:07

URGENTE!!necesito asesoramiento

¿Puedo pedir que se vuelva a celebrar la junta si no pude asistir por una causa grave y justificable?

1.691 lecturas | 5 respuestas

hola a todos, quería saber si por una causa grave y justificable no pude asistir a la reunión, puedo pedir que se vuelva a celebrar la junta?

o si entrego mi voto  al administrador después de la reunión es valido o por no asistir se considera nulo?

todo esto con un justificante que acredite el motivo de mi falta.

Mi voto es importatante para el cierre de las cocheras ya que soy una de las interesadas.

 
M
MACADI
12/06/2013 14:01

Aunque el cierre de las cocheras, es una alteración de zona común, se necesita UNANIMIDAD

 
M
MACADI
12/06/2013 13:59

Pues hablar con los 16 que han votado a favor, y con casi 28 propietarios seguramente tenga el 25% de votos necesarios. Hablar con el Presidente para que convoque una nueva junta, en caso de que se oponga, solicitársela por escrito incluyendo la relación de todos los propietarios y sus firmas.

En caso de que no tenga la mayoría necesaria 25% para convocar una nueva junta. Entregue al Presidente un escrito solicitando que incluya el asunto: .......    en la próxima junta de propietarios  según art. 16.2

 
Y
yersica
11/06/2013 23:54

resulta que vivo en una comunidad grande. 12 de los vecinos k por motivos de trabajo no podían asistir me alegaron su voto para que los representara en la reunion y votara a favor del cierre de las cocheras.pues bien el dia de la reunión, tuvieron que intervenir quirúrgicamente de urgencias a mi marido por un accidente laboral, y con el susto y la preocupación no puede llamar a nadie para a visar, quedándose a la su vez mi voto y el de los 12 vecinos que me lo dieron en casa.

el resultado de la reunión 16 a favor 19 en contra sin contar los 12 que yo tenia en casa.

que tengo que hacer para que se celebre una nueva junta? hay algún articulo que me ampare?

 
M
MACADI
11/06/2013 11:08

Claro que puede pedir que se vuelva a celebrar la junta, cualquier vecino puede pedirlo; pero no puede exigirlo, es decir, el Presidente no tiene la obligación de volver a convocar a la junta, a no ser que se lo pidan un 25% de los propietarios o que tengan un 25% de coeficiente;  el Presidente podría convocarla por iniciativa propia.

No se puede votar, si ya no se está tratando el asunto en la junta de propietarios.   

En caso de que el asunto este comprendido en la norma 1ª del artículo 17.  Puede mostrar su disconformidad con el acuerdo adoptado en la junta de propietarios. Tiene  30 días a partir de la recepción del Acta.

¿Podría explicar por qué es tan importante su voto?

 
AffinisAC
AffinisAC
11/06/2013 08:02

Buenos días,

Siento decirle que debería haber delegado el voto si no podía asistir a la Asamblea. No se puede repetir la misma ni emitir el voto a posteriori, aunque si puede interponer oposición sobre los acuerdos adoptados en ella.

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