Una grabación sin el debido consentimiento y sin advertir que se esta realizando dicha grabación es una vulneración al derecho de la intimidad, además de una prueba nula que no puede ser tenida en cuenta en ningún proceso judicial.
En principio es un tema entre dos propietarios, quedando al margen la comunidad de propietarios, en el caso de que sean varios los vecinos afectados por esas molestias, hay que dirigirse al Presidente para que le comunique la cesación de esa actividad molesta, dándole un plazo, esa comunicación se hará de forma que quede constancia de su recepción y contenido, transcurrido dicho plazo, y en caso de la continuidad de la situación molesta, se hará junta extraordinaria que figuré como punto del orden del día éste tema, se podrá acordar iniciar acciones judiciales contra esta persona, de efectuar se judicialmente la demanda, el juez podrá adoptar las medidas que considere oportunas para obligarle a que no se produzca esta situación, como puede ser privarle temporalmente del uso de su propia vivienda.
Espero haberte sido de ayuda.