Volver al foro
J
Jimix
21/02/2014 01:21

PROPIETARIO-ADMINNISTRADOR

¿Es posible que un propietario asuma la administración de una comunidad a cambio de no pagar las cuotas ordinarias?

1.261 lecturas | 3 respuestas

Buenas, vivo en una comunidad de 20 vecinos, hemos cesado al administrador por dejadez, pero a la hora de elegir un administrador nuevo , un propietario se ofreció a llevar el la administración de la comunidad a cambio de No pagar las cuotas ordinarias.

Se puede hacer...

Muchas gracias

 
Adminfergal
Adminfergal
21/02/2014 13:52

Totalmente de acuerdo con el comentario de Pepe.

Un saludo.

Miguel

Miguel Fernández
Administrador de Fincas colegiado | Graduado Social
691564359 - Fijo y Fax. 915050900 | mfernandez@adminfergal.es | www.adminfergal.es
Contamos con la colaboración de profesionales expertos en vivienda que os ayudarán a resolver todas vuestras dudas. Si deseas formar parte del equipo de colaboradores escríbenos
 
P
PEPE123
21/02/2014 13:29

Se puede hacer, pero hay que hacerlo bien, y solo hay dos formas:

Una, que lo haga gratis, igual que el desempeño de otras funciones, como presidente, vicepresidente, etc.

Dos, que cobre sus honorarios correspondientes, y para ello, debeb pagar sus cuotas como propietario igual que el resto, y como administrador pasar su correspondiente factura con IVA, y con retención de IRPF si actúa como persona física y no a través de una sociedad.

Dice que han aprobado que lo haga a cambio de las cuotas ordinarias, pero eso no es legal. Cobra por su trabajo, pues debe declararlo. Así es la Ley, nos guste o no, otra cosa es que esto se esté convirtiendo en algo más o menos habitual en las comunidades, igual que la limpieza a cargo de un vecino a cambio de las cuotas, etc. etc.

 
Adminfergal
Adminfergal
21/02/2014 09:03

Hola Jimix.

Legalmente se puede hacer. Dice el artículo 13.6 de la LPH que "los cargos de secretario y administrador", podrán acumularse en una misma persona o bien nombrarse independientemente. 

El cargo de administrador y, en su caso, el de secretario-administrador, podrá ser ejercido por cualquier propietario, así como por personas físicas con cualificación profesional suficiente y legalmente reconocida para ejercer dichas funciones.....".

Si se decide que dicho propietario sea Secretario-Administrador será suficiente que quede reflejado en el Acta, así como que este cargo será remunerado de la manera que consideren oportuna.

Cuidado con dejar al nuevo propietario que ejerza de administrador,  libertad para que meta mano a la cuenta de la comunidad. Que haya firma mancomunada. 

Mi recomendación es que si la comunidad no tiene impagados y la relación entre los propietarios es correcta, se puede mantener un propietario como administrador. Si existen problemas en la vivienda, impagados, obras de ITE, etc., les recomiendo que busquen un administrador profesional. 

Un saludo.

Miguel.

 

Miguel Fernández
Administrador de Fincas colegiado | Graduado Social
691564359 - Fijo y Fax. 915050900 | mfernandez@adminfergal.es | www.adminfergal.es
Contamos con la colaboración de profesionales expertos en vivienda que os ayudarán a resolver todas vuestras dudas. Si deseas formar parte del equipo de colaboradores escríbenos
 

Fin del hilo
Mensajes Relacionados
© 2002-2024 - HABITATSOFT S.L.U. CIF B-61562088 c/ Josefa Valcárcel, 40 bis 28027 Madrid
Contacto |  Publicidad |  Aviso Legal  |  Blog |  Catastro |  Facebook |  Twitter
Vocento