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J
Joaquim
06/03/2014 13:57

¿Comprar techo o parte de él o su uso y disfrute privado y exclusivo?

¿Cómo y qué requisitos se deben cumplir para que la comunidad me venda el techo?

2.059 lecturas | 2 respuestas

Este viernes podré asistir a la 1ª reunión de vecinos. Somos una comunidad sin administrador y se paga poco de comunidad (Gastos únicos: Seguro de la finca y luz, practicamente). Pero ahora la comunidad debe afrontar 3 gastos: Arreglar la fachada (Ahora tapada con una malla verde protectora, por desprendimiento), bajantes y una terraza que ha provocado humedades en mi piso por tener el suelo y la tela asfáltica hecha polvo.

Mi idea era proponerle a la comunidad que me vendiera el techo o parte de él, o al menos su uso y disfrute exclusivo, a cambio de arreglar yo el suelo de la terraza y de los miles de € que los vecinos, en dicha junta u otra posterior, dictaminen. Por supuesto, lo quiero ante notario y escriturado. Yo soy propietario de uno de los 2 áticos que, además, es dúplex y tiene el único sobreático de la finca.

¿Cómo -y qué- me puede vender del techo la comunidad reunida? ¿Qué requisitos se deben cumplir? También quiero pedirles permiso para hacer una escalera exterior, desde una de mis terrazas, a dicho techo y -si me lo venden- el ponerle varandilla.

Para saber cómo está el tema en mi zona, os aclaro que el piso está en el municipio de L'Hospitalet de Llobregat, en el área metropolitana de Barcelona.

Muchas gracias por toda la información que me podáis proporcionar.

 
E
elbonsai
08/03/2014 21:19

Los elementos comunes como techos,vigas,bajantes no se pueden vender son parte fundamentales de la estructura del edificio.

 
M
Marmual7
08/03/2014 08:46

Particularmente, no veo la posibilidad de venta de un parte común. Habría que modificar el título constitutivo de la finca. Requiere unanimidad de los comuneros, no mayoría.

mucho más factible es el reconocimiento de uso y disfrute, con condicionantes, como el acatamiento del mantenimiento exclusivo de la cosa por parte del usuario. Eso podría aprobarse por mayoría (también desaprobarse), y podría serles beneficioso al resto de comuneros, al desembarazarse de unos gastos de una propiedad que no les de ninguna otra utilidad. Podrías hacer un contrato por un número de años, para evitar vueltas atrás, y eso lo puedes documentar públicamente, también ante notario si lo deseas.

es mi opinión. Saludos.

 

Fin del hilo
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