Sería necesario verificar, si el ático tiene carga de servidumbre de paso. Posiblemente figure también en el registro, pero hay que solicitar nota simple de esa vivienda.
Sin verificar documentos es aventurado darle una opinión.
En principio se presupone, ya que nos dice que hay una puerta comunitaria que da acceso a esa terraza, que al mismo tiempo es cubierta del edificio.