Volver al foro
C
cgcmbum4
12/05/2014 12:00

Construir TRASTEROS en plaza de Garaje

¿Es legal construir un trastero en mi plaza de garaje?

6.481 lecturas | 2 respuestas

Hola buenos días, en nuestra comunidad de vecinos estamos un poco confundidos respecto a la posibilidad legal de poder construir un trastero dentro de la propia plaza de garaje. Todas las plazas de garaje son particulares, privativas, escrituradas y comparten zonas comunes para su acceso. 

La cuestión es saber si es legal y con que condicionantes seria posible construir pequeños trasteros en plazas de garajes sin ocupar zonas comunes y siempre que las plazas de garajes tengan dimensión para ello y respetando las zonas de extracción de humos y demás elementos comunes...

Gracias

 
Adminfergal
Adminfergal
12/05/2014 15:05

Hola buenos días.

Creo que este tema lo tiene definido en el artículo 10.3.b de la Ley de Propiedad Horizontal.

Como bien dice Pelanas EC, requerirá en primer lugar autorización administrativa en todo caso.

"Cuando así se haya solicitado, previa aprobación POR LAS TRES QUINTAS PARTES del total de los propietarios que a su vez, representen las 3/5 partes de las cuotas de participación, la división material de los pisos o locales y sus anejos (plaza de parking, trastero,etc), para formar otros mas reducidos e independientes, el aumento de su superficie por agregación de otros colindantes del mismo edificio o su disminución por segregación de alguna parte, la construcción de nuevas plantas y cualquiera otra alteración de la estructura o fábrica del edificio..........

Por lo tanto aprobación previa de 3/5 partes y posterior petición de licencia al Ayuntamiento para su actuación. Cuidado con los posibles gastos de tasas e impuestos que tengan que pagar. Deberían poner en manos de un arquitecto o similar la puesta en marcha de la actuación por las consecuencias económicas que esto podría ocasionar. Ya no le digo nada el coste de hacienda por las modificaciones de los coeficientes a nivel general, incorporación de los nuevos trasteros en el registro de la propiedad, etc.

Un cordial saludo.

Miguel.

 

Miguel Fernández
Administrador de Fincas colegiado | Graduado Social
691564359 - Fijo y Fax. 915050900 | mfernandez@adminfergal.es | www.adminfergal.es
Contamos con la colaboración de profesionales expertos en vivienda que os ayudarán a resolver todas vuestras dudas. Si deseas formar parte del equipo de colaboradores escríbenos
 
P
PelanasEC
12/05/2014 12:30

No creo que el ayuntamiento lo permita. Pero por si las moscas consúltenlo con el técnico municipal antes de nada.

 

Fin del hilo
Mensajes Relacionados
© 2002-2024 - HABITATSOFT S.L.U. CIF B-61562088 c/ Josefa Valcárcel, 40 bis 28027 Madrid
Contacto |  Publicidad |  Aviso Legal  |  Blog |  Catastro |  Facebook |  Twitter
Vocento