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raqg
06/10/2014 15:56

Contratación Mantenimiento No aprobado en Junta

¿Es obligatorio el mantenimiento de telefonillos y TV en la comunidad de vecinos?

2.370 lecturas | 9 respuestas

Hola.

Os comento mi caso, primero deciros que soy la presidenta de la comunidad de vecinos donde vivo que es de reciente creación y somos 170 vecinos.

La semana pasada, el administrador me mando un mail, diciéndome que me mandaba dos contratos para el mantenimiento de los telefonillos y TV de la comunidad, que el creía que el mejor era el A, y que tenia que mandárselo firmado como tarde al día siguiente por la mañana,

Yo desconocía que fuera obligatorio dicho contrato y le escribí con dos preguntas ¿es obligatorio tener dicho mantenimiento? ¿puedo firmarlo si no se ha aprobado en junta?

Su respuesta era que no molestara y que lo firmara, que no le impidieran hacer su trabajo, (decir que hemos intentado echarle, pero tiene muchos amigos y otros que pasan de ir a las juntas)

Al día siguiente me mandó otro presupuesto a eso de las 10h y me dijo que eligiera uno de los 3 y se lo mandara firmado antes de las 14h, me comentó que en la junta ordinaria se había aprobado un presupuesto donde uno de los apartados era ese mantenimiento, pero nunca se hablo más de eso.

Yo aun no he firmado nada, pos que sigo sin tener respuesta a mis dudas, y quisiera saber si podrías asesorarme.

¿Es obligatorio que la comunidad tenga mantenimiento de telefonillos y TV?

¿Puedo firmar un contrato, si que se haya aprobado en junta, ni la empresa, ni el contrato, ni me han dado autorización para elegir empresa de dicho mantenimiento? ¿Puedo indicarle al administrador algún apartado de la LPH u otra ley donde indique que yo no puedo firmar nada que no se haya aprobado en junta?

 
S
severianomiguel
08/10/2014 13:50

Dices que el Presidente no debe de firmar nada de no haber recibido el acta aprobada.

Quiero entender que ni habiendo sido aprobado en Junta de propietarios el presupuesto de gastos para el año, cualquier gasto que se realice y que este acogido a ese presupuesto, antes hay que aprobarlo en Junta de propietarios para poder hacerlo.

Me gustaría me lo aclarasen si lo saben, soy presidente de la comunidad y estoy muy liado, el administrador dice una cosa, los vecinos cada uno la suya y yo en el medio sin conocer con exactitud lo que tengo que hacer.

 

Gracias por adelantado

 
M
MRV
07/10/2014 12:41

La LPH no obliga a contratar seguros de mantenimiento.  Lo único a que obliga es a mantener.  Es decir, si se rompe es obligatorio arreglarlo pero no tiene que ser a través de un seguro.  Los seguros son voluntarios y en algunos casos convenientes pero eso es siempre por decisión de la Junta.

El  mantenimiento de ascensores es obligatorio, pero no por la LPH, sino por otra legislación de seguridad.

Siempre existe la opción de no tener seguro y costear el arreglo de las cosas cuando hay avería.  En el caso de TV y telefonillos, mi opinión personal es que salvo que la instalación sea muy antigua y propensa a averías, sale más barato arreglar las averías cuando se producen.  No obstante, esta decisión corresponde a la Junta y en mi opinión la decisión debe constar de manera expresa y no solo a través de un concepto del presupuesto para dar oportunidad a comentarlo en la Junta de manera específica.

A modo de ejemplo puedo citarle que en mi comunidad de 32 vecinos, en los últimos diez años tan solo hemos tenido una avería de un equipo de la TV que costó alrededor de 400 euros solucionar.Además, cambiar el equipo averiado no hubiera estado incluido en el seguro aunque lo hubiéramos contratado.  Tan solo la mano de obra hubiera estado cubierta.  No recuerdo el coste del equipo pero de los 400 euros probablemente más de la mitad era el equipo y menos de la mitad la mano de obra.

 
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raqg
07/10/2014 09:33

Gracias por sus respuestas.

No voy a firmar si no es obligatorio tenerlo, como me aconsejáis la mayorio..

Se lo pregunte a un administrador y me dijo que si esta en el presupuesto si que podría hacerlo, aunque luego no se detallara ni empresa ni nada, pero al detallarse cantidad, si que se podría firmar, pero como digo, me niego si no es obligatorio.

 

 
J
juan35sanz
06/10/2014 18:46

yo no firmaria  le quieren meter un gol.  si un sabado  se quedan sin tele  hay  empresas  de urgencia a lo mejor sale mas economica  que una cuota fija  que seguro  que  conlleva  la mordida del administrador.

 
C
cucoide
06/10/2014 18:38

Yo le recomendaría que contratase un mantenimiento de telefonillos y TV, con 170 viviendas, le puedo asegurar que como se queden sin TV un sábado a la hora del fútbol le van a freir a llamadas si no tienen un mantenimiento contratado.

Nosotros tenemos contratada una empresa que nos ofrece un mantenimiento integral (grupos de presión, piscina, TV, puertas, etc...) yo, personalmente, aunque no sea obligatorio, de presidente a presidente, se lo recomiendo

 
R
raqg
06/10/2014 17:53

el coste es lo de menos.. lo que nos importa es si se puede firmar o no, un contrato así. Luego ya se mirarían otras empresas...

 
C
cucoide
06/10/2014 17:46

raqg, si sospecha de que su administrador esté intentando colarles un gol, le recomiendo buscar a 2 ó 3 empresas de mantenimiento de su comunidad por si misma, o con ayuda de algunos vecinos, pedir presupuestos y comprobar, así, si les están pasando precios de mercado y de paso ahorrarse la posible mordida del administrador.

 

 
V
VecinoCeuta
06/10/2014 17:05

Ningún mantenimiento es obligatorio por la LPH, lo que es obligatorio es el mantenimiento para conservar el buen estado de la finca y asegurar su funcionamiento. Si existen mantenimientos obligatorios legalmente (ascensores) y otro más que convenientes (puertas garaje, grupo de presión...).

Hasta donde yo conozco el mantenimiento del que habla no sólo no es obligatorio si no que muchas Comunidades no lo tienen porque suele ser innecesario, es más económico hacer frente a las escasas averias que pueda haber. En mi Comunidad puedo asegurarle que no lo tenemos contratado.

En cualquier caso, como bien le han dicho, si no aparece recogido en el Acta con mayor motivo.

 
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raqg
06/10/2014 16:28

Ya tengo las actas, la de la convocatoria ordinaria que hicimos en junio, donde se aprobó el presupuesto. y una extraordinaria, porque el presupuesto no ha dado para todo y hemos aprobado una derrama.

En las actas, se aprueba contratar una empresa de jardinería y que eligiera yo siempre que costara menos de X€, pero excepto el punto del presupuesto que pone "Mantenimiento de Telefonillos y TV" en ningúna otra parte se aprueba nada de contratar a ninguna empresa, ni se me autoriza a elegir dicha empresa.

Al consittuirse hace poco, la anterior junta de gobierno, contrato los suministros que les dijeron que eran lo básico para las licencias.

Sigo, con mis duda.. porque aunque el administrador sepa la LPH yo no, y me gustaría poder agarrarme a algún articulo para negarme a firmar dicho contrato, en caso de poder hacerlo, pues firmarlo, pero teniéndolo claro, aunque con la respuesta que me dio, me suena algo raro.

 

Fin del hilo
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