Exacto, mantener un debate, al parecer estéril, es una pérdida de tiempo para el forero que pregunta.
La sentencia trata de exactamente lo mismo, impago de cuotas.
Si usted se empeña en que en estos casos se aplica a las más antiguas, perfecto pero no es esta la realidad porque según la Ley (Código Civil) no es así.
Pero en fin, el forero puede elegir o simplemente leer el CC y saldrá de dudas.
Ciao.