Volver al foro
A
axajim
08/03/2016 08:30

cuota extraordinaria

1.272 lecturas | 1 respuestas
Cuando se aprueba derrama para realizar una reparación u obra necesaria hay algún plazo legal para abonarla?
Hay que especificarlo en acta?
 
lydgestores
lydgestores
08/03/2016 08:44

 

Buenos dias

Efectivamente, al igual que todos los acuerdos acordados en Junta, el pago de derramas debe venir reflejado en el acta de la junta general (ordinaria o extraordinaria) y debe recoger con detalle, fechas de pago e importes (salvo que se exprese que una cuota comunitaria extra, en cuyo caso no se refleja importe porque cada vecino paga una cuota dependiendo de su coeficiente de participacion en la comunidad)

Un saludo

LyD Gestores
ADMINISTRACION Y CONSULTORIA DE FINCAS

http://www.LyDGestores.com
Tlfn 686022955 y 627966403
Info@lydgestores.com
C\ Fina de Calderón 19 - 28055 Madrid
Contamos con la colaboración de profesionales expertos en vivienda que os ayudarán a resolver todas vuestras dudas. Si deseas formar parte del equipo de colaboradores escríbenos
 

Fin del hilo
© 2002-2024 - HABITATSOFT S.L.U. CIF B-61562088 c/ Josefa Valcárcel, 40 bis 28027 Madrid
Contacto |  Publicidad |  Aviso Legal  |  Blog |  Catastro |  Facebook |  Twitter
Vocento