Podra hacerlo siempre y cuando tenga la autorizacion de 3/5 de propietarios y permiso de obra mayor del ayuntamiento.
El permiso de la comunidad se debe a que va a tocar elmentos comunes, o sea el forjado. art 396 del codigo civil. Y para eso necesita los 3/5 segun el art.10.3.b de la LPH
Creo que lo tendra muy claro que no puede