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M
Msndi
10/04/2019 10:42

Una propiedad ostenta dos cargos en el organo de gobierno

¿Pueden marido y mujer ostentar dos cargos en el organo de gobierno de la comunidad?

1.054 lecturas | 3 respuestas

Buenos días.

La consulta que quiero hacer es si alguien sabe si una misma propiedad con igual cuota de representación que el resto de propietarios, puede ostentar dos cargos en el organo de gobierno de la comunidad, es decir, que si marido y mujer pueden ser por ejemplo una presidenta y el otro administrador.

Es un caso que se da en mi comunidad y nos preocupa, ya que segun los estatutos el presidente con la firma de otro comunero del organo directivo, puede sacar dinero de las cuentas de la comunidad.

Imagino que si una propiedad solo puede estar representada por una persona en la junta y se debe elegir quién será el firme y vote (aunque marido y mujer sean propietarios al 50% cada uno), también será el caso que solo uno de ellos forme parte del organo de gobierno, no?

 

 
BOIRA_A
BOIRA_A
11/04/2019 10:47

Es un error garrafal contratar para cualquier servicio a alguien que vive en la misma comunidad

 
M
Msndi
11/04/2019 10:11

Entiendo que es posible porque la administradora no tiene porqué ser necesariamente propietaria para desempeñar esa función, pero para este mismo caso, no podrían por ejemplo ser nombrado uno presidente y el otro vocal, no?

 
carolinevega
carolinevega
10/04/2019 17:06

Las propiedades como es lógico no pueden ostentar cargos en las comunidades, son los propietarios, y en caso que una vivienda tenga dos propietarios, se regirá por el art. 15.1

Si algún piso o local perteneciese proindiviso a diferentes propietarios éstos nombrarán un representante para asistir y votar en las juntas. 

Ahora bien, el marido puede ser presidente por ser propietario y la mujer puede ser administradora contratada por la comunidad siendo autónoma y cobrando un sueldo

Porque lo han permitido?

 

 

Fin del hilo
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