Hola buenos dias: En mi comunidad de 28 viviendas ( edificio construido en 1980) en todas las plantas colocaron unas claraboyas para que dieran luz a la escalera. Transcurrido ya 39 años desde entonces hemos pensado quitar dichas claraboyas y sustituirlas por unas ventanas de apertura basculante de la misma medida, pues además de que entraría aire a la comunidad incluso pordrían servir como de evacuación y no así de la foma que están . La pregunta que les quiero hacer es la siguiente:
Como creo que eso es un bien común, ¿ que porcentaje entre todos los propietarios ha de haber para llevar a cabo nuestra pretensión?, y donde está reflejado eso en la Ley de Propiedad Horizontal. Muchas gracias de antemano