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rocio_Vg
22/02/2020 02:10

Ayuda: Daños por agua en ático

¿Qué hacer si el seguro de la comunidad no se hace cargo?

780 lecturas | 2 respuestas

 

Buenas a todos,

 

Compre un atico el pasado diciembre, cuando fui a verlo pude ver que en la parte de arriba, donde se accede a la terraza, a la derecha hay una habitaicon, esta filtrada, y encima estan la antenas de la comunidad. Por otro lado tambien la terraza tiene filtraciones, y ya han comentado que es el tejado del edificio. El anterior dueño dio el parte a peticion mia, y ya vino a verlo por segunda vez siendo mio. Total, nadie me llama, y un dia me encuentro una carta de ocasi que iba para la comunidad, y que yo sabia que era sobre lo mio…. Pues descubro que el seguro de la comunidad no cbre daños por agua y me indemnizan con 180 euros por la habitacion y 60 por la filtracion del dormitorio. Total que yo me callo y no digo que se lo de que no cubre el seguro que la comunidad tiene contratado…. 

Me llama el administrador de fincas y me dice que el me propone mejor pintar y ya luego si sale algo pues se busca… Me niego a ello, y les digo que si el seguro supuestamente dice que se arregle (eso me estaban ellos contando) pues se hace lo que dce el seguro. Me dice que es que a saber de dode venga la fuga y tal… 

 

Me dice que me manda a un tio y el ya pues me mira y lo intenta arreglar. Le igo que NO, que primero quiero ver el informe delseguro y ya entonces pues se actuará. Supuestamente esta pedido. 

 

Mi pregunta es … Si el seguro de la comunidad no se hace cargo, por lo que ellos han contratado por abaratarlo….. Siendo la comunidad quien tiene que asumirlo, que tengo que hacer???? Porque estoy un poco perdida y agobiada y no me apetece que me engañen, y menos que en un futuro pase algo y los seguros se desentiendan. 

 

Muchas gracias


Editado por rocio_Vg 22/2/2020 2:11
 
carolinevega
carolinevega
22/02/2020 13:05

art. 10.1.a.

Artículo 10: Obras de conservación y accesibilidad

1. Tendrán carácter obligatorio y no requerirán de acuerdo previo de la Junta de propietarios, impliquen o no modificación del título constitutivo o de los estatutos, y vengan impuestas por las Administraciones Públicas o solicitadas a instancia de los propietarios, las siguientes actuaciones:

a) Los trabajos y las obras que resulten necesarias para el adecuado mantenimiento y cumplimiento del deber de conservación del inmueble y de sus servicios e instalaciones comunes, incluyendo en todo caso, las necesarias para satisfacer los requisitos básicos de seguridad, habitabilidad y accesibilidad universal, así como las condiciones de ornato y cualesquiera otras derivadas de la imposición, por parte de la Administración, del deber legal de conservación.

digalé al presidente que si desconoce dicho art.

le manda burofax indicando que si en el plazo de XXX días no se emprende la reforma de su problema, emprenderá las oportunas acciones judiciales contra él por dejación de funciones

si el seguro no lo cubre ese no es su problema, lo deberá pagar todo la comunidad

no permita pintar sin soluccionar el origen

si tiene seguro en su vivienda pongasé en contacto con el servicio de asistencia jurídica

 
M
mp20oviedo
22/02/2020 11:31

Buenos días, Me sorprende que comprase esta vivienda sin comprobar su estado. En condiciones normales el seguro NO le pagará nada hasta que esté reparado el origen de los daños. Informe al presidente y administrador de la obligación de reparar el origen. No acepte pintar,esose lo haran los del seguro.

 

Fin del hilo
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