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T
toroboto
21/05/2020 13:07

Cual es la función del presidente y cual de la admistradora.

¿Cuáles funciones debe cumplir el presidente y el administrador de la comunidad?

4.732 lecturas | 7 respuestas

 

 

Buenas tardes a todos y gracias de antemano. 

Llevamos un estado de alarmas con reformas que vaya tela. Yo soy el presidente de la comunidad y todos estos arreglos a veces me generan ansiedad por las dificultades con vecinos y administración. 

Si hay un problema urgente, una rotura de tubería y se da esta situación:

Piso con inquilinos en alquiler, gestionado por inmobiliaria con propietario fuera de provincia. 

Problema de filtracion de aguas. 

  1. Propietario llama a administracion.
  2. Administración llama a seguro
  3. Seguro llama a presidente (no a administradora)
  4. Presidente no sabe nada del parte  y remite a la administradora para que lo gestione centralizamente. 
  5. Seguro dice que espera instrucciones de presidente
  6. Presidente está esperando a administradora
  7. La administradora no se molesta en hacer seguiento del parte
  8. Presidente semana después pregunta cómo va el tema. 
  9. Todo parado. 
  10. Presidente reanuda poniendose en contacto conjuntamente con administradora y seguro para aclarar y manifestar su malestar y que se reanude cuanto antes. 
  11. Administradora busca proveedor para arreglar asunto. 
  12. Proveedor viene y presupuesta. 
  13. Presidente del nervio porque no sabe como se gestiona y tiene la sensación de que tiene que gestionar todo y poner de acuerdo a las partes.

Donde termina mi función como presidente, y cuál es la de la administración. Quien hace las funciones de supervision de reformas, gestión, coordinacion con vecinos, asesoria y demás? Es que si tengo que estar gestionando todo esto no tengo tiempo para trabajar y hacer mi vida. No quiero ser irrespetuoso con la asesoria, ni infravalorar mi ignorancia. 

Seríais tan amable de explicarme cómo actuar. Nos queda un camino largo y yo no puedo tener este estrés. 

Gracias

 
D
diegoreot
22/05/2020 01:02

carolinevega dijo:

Las revisiones de las obras, es cosa del presidente, dado que es quien reside en la comunidad.y el trabajo de administracción es eso administrar

 

Hola carolinevega

Al margen del tema, me ha llamado mucho la atención, ya que dice usted que es cosa del presidente, QUE ES QUIEN RESIDE EN LA COMUNIDAD. Pues en mi comunidad no suele residir el presidente en todo el año, cosa que no estoy de acuerdo, pero eso es lo que hay. Me imagino que esta norma no será obligatoria, porque sino otro gallo cantaría en la comunidad.

 

 

 

 
carolinevega
carolinevega
21/05/2020 18:54

usted no tiene porque entrar en temas técnicos dado que no es profesional, para eso contratan a uno

 
carolinevega
carolinevega
21/05/2020 18:53

dice el seguro no responde

no se para que lo quieren.

la reparación la puede realizar el seguro dado que es más cómodo

si no lo hacen, la adminstradora, mandará a un profesional para arreglarlo, y dado que el problema es necesario, lo tiene que arreglar ya (es obligatorio.

resumiendo: administradora llama a profesional y le indica que se ponga de acuerdo con usted

el profesional queda con usted y le muestra el problema y que lo arregle.

para arreglarlo debe acceder unicamente a zonas comunes o tambien a viviendas? si tiene que entrar a una vivienda, el profesional se pondrá de acuerdo con el propietario.

la verdad que es la mar de sencillo y no le llevará tiempo ni trabajo.

 
M
Mel19
21/05/2020 16:56

toroboto dijo:

Es mi responsabilidad hacer todas estas cordinaciones y entrar en temas técnicos de lo que se necesita hacer y no. O es cosa de la administradora. 

 En temas técnicos NO si Ud no tiene la capacidad para ello, lo que, si puede hacer es convocar a una reunión y llevar a la misma la contratación de un arquitecto para este menester, y si la comunidad no lo aceptará, solicitar a la misma el visto bueno para contratar un abogado, si a pesar de todo ello la junta no se pronúnciese, no le que otra que demandar a la comunidad.

 
T
toroboto
21/05/2020 16:24

 

El problema es comunitario. Unas fugas de agua que afectan de la cubierta a un piso. 

El 14 de abril se dio un parte por lo visto, desde la administración. A mi no me dijeron nada de nada. 

El día 24 de abril me llaman del seguro, sin yo saber previamente nada para decirme que necesitaban que yo autorizase un perito. Yo les dijo que no sabía nada de esto. Que si podían ponerme al día o remitir toda la información a mi administradora para que ella me pusiese al día. Llamé a la administradora, y me dijo

-”yo no me explico para que te llama a ti el seguro, yo me encargo”

No dijeron nada,ni el seguro ni el administrador, hasta la semana que viendo que no me decían nada llamé a la administración, la administración al seguro y decía en el parte:

Estamos pendientes a la llamada del presidente.

Yo evidentemente contacté con el seguro y con la administradora en un mail conjunto explicandole mi malestar. 

 

El caso que ahora hemos buscado un proveedor porque el seguro no responde. Y hay que coordinar al proveedor con inmobiliaria, inquilinos y demás. 

Es mi responsabilidad hacer todas estas cordinaciones y entrar en temas técnicos de lo que se necesita hacer y no. O es cosa de la administradora. 

 
M
Mel19
21/05/2020 14:17

 

Uds. han contratado con el administrador un servicio, el administrador debe atenerse a lo pactado, y el Artículo 20 LPH le señala unas obligaciones, entre las cuales están.

c) Atender a la conservación y entretenimiento de la casa, disponiendo las reparaciones y medidas que resulten urgentes, dando inmediata cuenta de ellas al presidente o, en su caso, a los propietarios.

Parece ser que, si que ha dado cuenta a los propietarios, lo que no cumple es atender la conservación y el entretenimiento de la finca, entices me pregunto ¿Para qué quieren Uds. un sujeto que no sabe lo que tiene que hacer?  

 
carolinevega
carolinevega
21/05/2020 13:54

No nos aclara si la rotura es comunitaria o privada, entiendo que es privada dado que el seguro no lo ha arreglado

Las revisiones de las obras, es cosa del presidente, dado que es quien reside en la comunidad.y el trabajo de administracción es eso administrar

Si existe una averia comunitaria pues la administraccion llama al seguro  y éste se pondrá en contacto con el presidente.

En paralelo la administracción comunica al presidente el problema para que no le pille en blanco.

El seguro queda con presidente para acceder al edificio y ver el problema

Cuando el arreglo se finaliza, se le comunica al presidente.

 

Fin del hilo
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