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C
CABU
05/11/2020 07:02

Cambio de Puerta Automática - Cocheras de Mancomunidad

¿Pueden tres propietarios exigir el arreglo o el cambio de una puerta automática sin ningún informe técnico?

1.540 lecturas | 11 respuestas

 

 

 

Buenos días, os pido me orientéis sobre el siguiente asunto:

Soy Presidente de uno de los 8 bloques que confirman una Mancomunidad con Escrituras propias, CIF, servicios comunes, piscina, jardines y cocheras, etc.

Resulta que 3 comuneros de un mismo bloque ( los tres propietarios de los bajos que colindan con la entrada de la cochera general) enviaron una carta certificada al Administrador de nuestra Mancomunidad de 80 propietarios, para denunciar (sin pruebas de tipo informe técnico) que EL RUIDO DE LA COCHERA NO LES DEJA DORMIR Y ES TOTALMENTE INSOPORTABLE ( perdonen que use las mayúsculas ) por tanto nos exigen que cambiemos o mínimo arreglemos la puerta de entrada de la cochera.

Pues bien "un mes después” nuestro Administrador nos envía al grupo de whatsapp de los presidentes de bloques de la Mancomunidad (Junta de Gobierno de la Mancomunidad) lo siguiente _ … basándose el escrito de los tres comuneros en los artículos 10.1 a y 10.2 a y b junto con el artículo 7 de la LPH poco podemos hacer y como bien dicen los comuneros en su carta certificada vosotros seréis los responsables penales de los daños. Por tanto, pediré presupuestos tanto de arreglo como de cambio de puerta de la cochera y entonces haremos una reunión para debatir y decidir qué opción hacer.
 

Entre 80 personas no es tanto desembolso pero creo que es vergonzoso las formas puesto que yo mismo vivo en el bloque de al lado y tanto ruido no hace la cochera, es más, el camión de la basura os aseguro que hace mucho más ruido y también decir que si tanto ruido hacia la cochera debían de haberle reclamado al  al cual le concedieron todos los permisos y licencias ,
 

1/ La reunión pretende hacerla por whatsapp. No sé si sería legal la decisión que se tome ?

2/ Tres comuneros sin informe técnico o pericial pueden exigir dicho arreglo o cambio de puerta ?

3/ Los artículos a los que hace referencia el escrito son como dice el Administrador la clave para que si o si cambiemos o arreglemos la puerta ?

En mi opinión cambiaría de Administrador ya que no hay derecho que tarde un mes en notificarnos el escrito, en decirnos que no tiene actualizadas las cuentas y que hasta dentro de una semana no nos dirá si tenemos dinero y por último, que no nos de opciones ante un simple escrito de tres comuneros de un bloque que son pruebas y aferrándose en tres artículos tengamos que ceder. Os repito que el camión de la basura hace más ruido y después de 11 años estás no son formas de actuar.

Gracias de antemano y saludos.

 

 
C
CABU
07/11/2020 07:53

Genial

Muchas gracias 

 
carolinevega
carolinevega
06/11/2020 20:49

Mi garaje es lateral y no hace ruido, si lo hace es que talvez este un poco caída.

Consejo contraten una empresa de mantenimiento y que le saquen todos los problemas, se arreglan porque hay que arreglarlos y ya está.

No admitan cambio sin informe de la empresa

Entiendo que será una puerta de portal y estas no tienen que hacer ruido dado que para eso existen los muelles y estos se ajustan.

Y claro, si usted tiene mucho ruido esta en las mismas condiciones.

Tengan en cuenta que las empresas de mantenimiento, se dedican a la instalación de las mismas y hay que estar con ojo.

Lo que pueden hacer, es que el presidente contacte con varias empresas y pida presupuestos y que vean el problema, esto sin que lo sepa el administrador

 
C
CABU
06/11/2020 20:24

 

Anteriormente le indiqué que la puerta cerraba bien pero con ruido. No me especificó si subía o era lateral. La puerta abre lateralmente.

El punto 2 me ha quedado claro.

En el punto 3 me refiero a la puerta de entrada de mi bloque y mi pregunta está ligada al punto 1. : 

-- Si me dirijo al administrador y me aferro a los artículos ya referenciados, si o si, me tendrán  que reparar o cambiar la puerta ¿no? Es el mismo caso pero en vez de una cochera de la mancomunidad es la puerta del bloque. Y si o si es lo que nos dijo administrador.

Gracias Carolina por intentar orientarme.

 

 

 

 
carolinevega
carolinevega
06/11/2020 19:26

Sinceramente usted cree que al administrador se le ha pasado decirle que es obligatorio el mantenimiento de la puerta?

Yo no

para algo se paga todos los años el buzón 060 

1° Cualquier propietarios puede dirigirse al presidente mejor o si no al administrador para exponerle la una queja. Pero como esta queja se basa en ruido yo no puedo decirle si llevan razón o no.

Que hay que hacer vayan al ayuntamiento o a la policia y podria ser que ellos vayan y midan el nivel de ruido.

Si es verdad se convoca junta y se arregla si se puede o si no se pone nueva, 

Vuelvo a indicarle que el administrador no es nadie para obligar nada

Le pregunte como se abre la puerta y no me lo ha dicho, lateral o sube

2° no existe procedimiento alguno excepto en Cataluña porque la ley no lo contempla. No se pueden hacer juntas de ese modo, pero si los 8 presidentes acuerdan por unanimidad hacerlo por WhatsApp o email o como sea, pues es legal UNANIMIDAD

3° esta no la llego a entender, pero si se refiere a la misma puerta e hiciera mucho ruido, claro que deberían solucionar el problema

 
C
CABU
06/11/2020 17:59

 

 

Buenas Carolina, lo primero agradecerte tu ayuda y aclaraciones.

qQuiero que sepas que nadie se niega, ni se va a negar a un mantenimiento que es obligatorio y que además es para el bien de todos pero ninguno de nosotros nos dedicamos a esto de la propiedad horizontal, por eso nos ponemos en manos de un Administrador, otra cosa es que la persona en la que llevamos 7 años depositando nuestra confianza para la gestión de la comunidad, se le haya pasado informarnos de nuestras obligaciones, el año pasado  nos llegó una sanción por no atender a un requerimiento que se nos notificó telemáticamente pero tampoco sabíamos de que debíamos de tenerlo. Ahora pagamos todos los años por esa gestión y Nadir se opone pero debería de habernos informado e incido nuevamente Carolina, nadie se niega a cumplir y pagar con sus obligaciones.

 

 

Me gustaría preguntarte tres dudas por si puedes darme contestación y en caso contrario igualmente te doy las gracias:

 

1/ Basándose 3 comuneros en los art. 10.1 a y 10.2 a y b y sin presentar pruebas (informe de decibelios) sobre el ruido de la puerta, estamos obligados si o si ( como dice el administrador) en reparar urgentemente o en cambiar la puerta. ????
Para ello no habría que hacer Junta por lo que he leído en la Ley 

2/ Cual es la forma o procedimiento, si es que lo hay, para que los 8 presidentes realicen Junta a través de Videoconferencia o Whatsapp y después poder plasmarlo en el Libro de Actas. ?????

Queremos hacer reuniones mensuales para tratar distintos temas actuales y futuros y con el Estado de Alarma, todos los Presidentes estamos de acuerdo.

3/ Y no es broma Carolina, yo vivo en un bajo y nunca me he quejado del ruido pero si me aferro en esos artículos antes referenciados … por la misma regla me deberían de arreglar o cambiar la puerta ???


Te ruego me des contestación para tener base jurídica o de peso, de cara a posible reunión telemática.

Gracias.

 

 

 
carolinevega
carolinevega
06/11/2020 13:49

tragaran porque la mayoría así lo decida, no porque lo diga el administrador

Lea la normativa, ustedes serán los responsables

UNE-EN 12635:2002+A1

La puerta es posible que haga ruido, no se cuanto, pero si tuviesen el mantenimiento obligatorio tal vez no existiría.

Contraten el servicio y que intenten soluccionarlo

 
C
CABU
05/11/2020 23:59

No no tenemos contrato de mantenimiento 

En 7 años que llevamos con el Administrador nunca nos habían informado, las reuniones las realiza como el considera pero yo sigo en las misma … 3 comuneros se aferran al artículo 10.1 a y 10.2 a y b por un ruido cuando se abre la puerta, pero sin ser tan grave, sin pruebas de ese estruendo, y nosotros, todos tenemos que tragar ..

Gracias Carolina, 

 
carolinevega
carolinevega
05/11/2020 19:19

NO, estos Cuerdos son unanimidad propietarios.

Puede darse el caso que una persona mayor ni tenga ni sepa manejar el WhatsApp  entonces que?

Las protestas no sirven si hubo acta deberia haberla impugnado ahora puede decir un juez que ya se ha realizado con anterioridad.

 Como supo usted que las votaciones eran reales?

Están tienen que ser presenciales

Pero vamos a ver ustedes tienen una puerta de garaje y no tiene contratado el mantenimiento obligatorio? Como ocurra un accidente se van a enterar, ese es muy peligroso.

Que denuncie el ruido y que vaya la policía a medir decibelios.

Lo logico es que se dirijan a su presidente de bloque y éste al administrador 

 
C
CABU
05/11/2020 19:04

 

En primer lugar agradeceros vuestros comentarios.

Por alusiones Luis, las dos anteriores Junta las hizo por whatsapp fue para establecer turnos de la piscina y para votar cambios a raíz de otra queja.

Yo proteste pero pero ni lo reflejaron en acta, ni tampoco el resto de presidentes se mojaron. Me gustaría tener claro si dando autorización los presidentes a ese tipo de reuniones son válidas ??

Yo no di autorización y ahora el administrador quiere hacer otra.

La puerta abre y cierra, yo también considero que no es urgente pero el Administrador ya nos ha dicho que si o si debemos de arreglarle el ruido o cambiar la puerta. Eso es así ?? Si o si ??

Por esas actuaciones por parte del administrador y porque según el, las cuentas las aportará en una semana u dos y tambien porque si tan urgente es y obligación nuestra es la de atender a esos tres comuneros porque ha tardado un mes en avisarnos ??

Por otro lado, Carolina la puerta cierra como ya he dicho y el ruido del camión de la basura es mucho más molesto que el de la puerta de la cochera.

El Presidente de la Mancomunidad pidió contratar una empresa mantenedora pero aún estamos esperando los presupuestos del Afministrador.

El informe de ruido quien tiene que aportarlo, imagino que ellos no ??

Por último, si los comuneros han enviado el escrito al administrador, sin consultar antes a su propio bloque y sin notificar al presidente de la mancomunidad debemos de atenderlos a sus quejas  ?? Ese es el procedimiento habitual ?? 3 de 80 marcan lo que se debe de hacer sin pruebas ??

 

Si pregunto tanto es porque estas mismas personas dieron guerra cuando abrimos la piscina teniendo autorización de sanidad pero el Administrador nos dijo que debíamos de convocar reunión de presidentes ( por whatsapp) porque podían denunciarnos a nosotros mismos.

No quiero que me contentéis con vuestras respuestas, tan solo respuestas ya que son muchas cosas que no termino de entender y quiero exponérselo por videoconferencia al resto de Presidentes pero con ello saber la opinión de cada uno.

Y vuelvo a puntualizar la respuesta del Administrador “si o si” vais a tener que atender sus quejas en base a los artículos antes referidos.

 

 

 
carolinevega
carolinevega
05/11/2020 15:02

El administrador no puede disponer la forma de realización de junta, eso lo deciden la junta de gobierno de la mancomunidad.

Valoren ustedes (los presidentes) la opinión con la empresa de mantenimiento de la puerta.

Pues como nosotros no sabemos los niveles de ruido es imposible aconsejar

La puerta como cierra,?

Ustedes puedan solicitar una medida del ruido y si no sobrepasa los límites no es ningun delito.

 
L
luismp
05/11/2020 09:43
1 No es válida una junta por whatsapp.
2 Pueden solicitar, no exigir.
3 Sí, como entiendo, el posible ruido no es nuevo, ni es necesario ni urgente, olvídese del artículo 10 (por cierto, el art 7 no tiene nada que ver).
Por último, las juntas las convoca el presidente, en este caso de la mancomunidad.
No entiendo las prisas que se manifiestan continuamente, para tomar decisiones no urgentes, cambiar los cargos, etc. Paciencia, ya se podrán hacer juntas dentro de unas semanas, o meses.
 

Fin del hilo
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