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comunidadponiente10
comunidadponiente10
12/09/2022 20:36

Potencia mínima a contratar para un ascensor

¿Valdría con una Potencia Contratada de 3.3Kw-h?

1.780 lecturas | 6 respuestas

Saludos a todos:
En estos tiempos en los que tanto hay que mirar "la pela", me surge una duda y espero que haya alguien que pueda ayudarme y ayudarnos a todos.
Mirando la factura de Iberdrola de la electricidad del ascensor (la electricidad comunitaria va aparte) veo que la potencia máxima demandada durante este año ha sido de:
0.92Kw/h en horas punta
0.62Kw/h en horas valle
Y de este mes de Agosto 2022
0.49Kw/h en horas punta
0.46Kw/h en horas valle
Ahora viene mi duda.
Si tenemos contratados 6.6Kw/h de Potencia Contratada (lo que supone multiplicar 0.145€x6.6x los días del mes)...
¿No valdría con tener una potencia contratada de 3.3Kw/h?
Pasaríamos de pagar 22.20€ a pagar 11.10 (además del ahorro del IVA) cada mes.
Os agradezco la molestia en leerme, y mas aun si alguien nos orienta.
Gracias

 
carolinevega
carolinevega
15/09/2022 10:08
Es que la gente no se da cuenta que al ascensor hay que sumar, videoportero, antena tv, luz escalera, y algun otro que se me escapa?
 
carolinevega
carolinevega
13/09/2022 23:19
No, no se ahorraria un 25%, haga bien las cuentas, según usted sería un 50%.
Y no se ha planteado usted, por aquello de llamar por telefono a la empresa de ascensores y realizarles la pregunta a ellos
 
B
bolinga
13/09/2022 19:33

Un ascensor es un elemento común de la finca, genera unos gastos que deben ser sufragados por los comuneros, hasta ahí llega la ley.

Ud. pregunta sobre consumos, tiene que verificar si es una pregunta técnica o legal.

También pregunta sobre ahorros, tiene que revisar si es pregunta legal o económica.

Si no es legal, excede del ámbito de este foro.

Sí es técnica o económica, tendrá que preguntar a donde corresponda, ¿no le perece?

De todas formas, se le ha respondido adecuadamente, ya que hay foreros multidisciplinares, Ud. en lugar de agradecer, replica maleducadamente.

 
comunidadponiente10
comunidadponiente10
13/09/2022 19:03
Ante todo gracias por las respuestas.
A bolinga sobre su pregunta de ¿Dónde esta la Ley Horizontal?
1º¿no es un ascensor una parte de la Comunidad que se rige por la LHP?
2º si no movemos el ascensor tendremos hábitos saludables, pero un así habrá unos 0.92Kw/h de consumo diario (en espera)
3º al ver que la potencia máxima demandada es de 0.92Kw/h, creía que seria el máximo pico que gastaba el ascensor. Así Que GRACIAS por sacarme del error; de que se necesitarían unos 4.4 Kw/k para el arranque.
Para carolinevega
No se si es un "pastón", pero supondría alrededor de 25% de la factura
De nuevo GRACIAS por las respuestas
 
carolinevega
carolinevega
12/09/2022 22:38
Pues es un buen paston lo que se ahorraria la comunidad al mes, nada más ni nada menos que 11€ más el I.V.A.
 
B
bolinga
12/09/2022 22:24

¿Y dónde esta pregunta concerniente a Propiedad horizontal?

Señor mío:

Si Udes no mueven el ascensor, la demanda sería 0 

Si Udes contratan 3.3 Kw/h, justo, mueven una lavadora y una plancha, el ascensor ni se mueve.

Para un ascensor, pueden variar entre unos 3 KW/hora y unos 4 KW/hora., en función de si se trata de un sistema con variador de frecuencia o de dos velocidades principalmente.

Pueden reducir algo la potencia si es un ascensor relativamente nuevo, si no, mejor dejarlo sin tocar, ya que en las arrancadas supera los 4,5 o 5 Kw/h

De todas formas puede llevar el tema a junta de propietarios y contratar un estudio de energía, que se lo puede hacer el electricista de la esquina si es que tiene el carnet de instalador oficial emitido por el ministerio de industria.

 

Fin del hilo
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