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quetzalin
15/09/2022 17:51

Terraza patio de luces inundada

¿Es el propietario responsable de los daños causados por la inundación de la terraza comunitaria?

1.006 lecturas | 3 respuestas

Buenas tardes,

En mi edificio se ha inundado la terraza del patio de luces por lluvia, dicha terraza es comunitaria pero solo tiene acceso los propetarios de los pisos 1ºA y 1ºB (que en este caso es el mismo propietario). El motivo de la inundación es porque el sumidero está atascado.

Justo debajo de esta terraza hay un entresuelo y un local comercial, y a causa de la inundación de la terraza les está cayendo agua.

Al propietario de los pisos ya lo había avisado yo en verano un día que llovió un poco que el sumidero debía estar atascado porque se encharcaba, se le pidió verbalmente que lo limpiara pero no hizo caso hasta que llegaron lluvias más fuertes estos días pasados y ha pasado lo que ha pasado...

Ahora el propietario del entresuelo y el local comercial nos está reclamando los daños a la comunidad.

He mirado las escrituras de división horizontal para el edificio pero lo único que indican para los pisos 1ºA y 1ºB es que colindan con este patio de luces, no indica nada más. Y sobre los estatutos de la comunidad, de haberlos, no hay constancia de los mismos.

Según el artículo 9.1 de la Ley de Propiedad Horizontal, una de las obligaciones del propietario es la de “Mantener en buen estado de conservación su propio piso o local e instalaciones privativas, en términos que no perjudiquen a la comunidad o a los otros propietarios, resarciendo los daños que ocasione por su descuido o el de las personas por quienes deba responder”.

¿Se entiende este patio de luces como instalación privativa?, puesto que el único que lo pueden usar y acceder son los pisos 1ºA y 1ºB, y que por lo tanto ¿su obligación es mantenerlo limpio y procurar que el sumidero no esté atascado?, y de ser así, ¿es este propietario el que debería hacerse cargo de los daños?.

Obviamente la comunidad se va a poner en manos de un abogado, esto es una mera consulta.

Gracias!
 

 
ARV1
ARV1
15/09/2022 21:32
Seguramente fue un error no figurar esos patios como uso y disfrute en la escritura pública. No obstante el hecho de tener una puerta por piso y siendo usada por su naturaleza por esos vecinos, denota que lo es, y debió ser mantenido en buenas condiciones, pero esto al no estar escrito en la escritura es una mera opinión ya que la argumentación la debería de dar un juez, que muy posiblemente lo diría, ya que aunque no esté reflejado en tal documento si lo es en realidad. Pero el problema ya está creado y la solución pasa por la reparación a cuenta de la comunidad, salvo meterse en el laberinto judicial y sus consecuencias.
 
carolinevega
carolinevega
15/09/2022 18:46
Es muy raro que tengan accesos y no figuren que tienen uso y disfrute.
No sera que hace años ellos abrieron puertas con permiso de la comunidad?
 
U
urraka
15/09/2022 18:24

Efectivamente, su propio piso o local e instalaciones privativas, pero… ahí no entra el patio de luces que es comunitario, Su mantenimiento corresponde a la comunidad, y a la comunidad corresponde instar al vecino a limpiarlo o en su defecto enviar personal a realizar la labor, y el vecino debe facilitar el paso, si no  lo hiciese, si se le podría requerir judicialmente.

 

 

 

 

 

 

 

  

 

Fin del hilo
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