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comunidadponiente10
comunidadponiente10
16/12/2022 19:21

Tejados y morosos

¿Cómo podemos garantizar una votación justa en nuestra comunidad?

1.976 lecturas | 8 respuestas

Un saludo a todos y gracias por molestaros en leerme
Estoy mirando en el buscador sobre las cuestiones que voy a preguntar y no me quedan claras mis dudas.
Somos una Comunidad de 12 pisos mas dos lonjas, que nos autogestionamos
Acabamos de pasar la ITE con resultado favorable.
Habiamos esperado a esta ITE para consultar la posibilidad de recibir subvenciones para el arreglo del tejado, que apenas se ha tocado en los 50 años que tiene el edificio y necesita una reparación.Y, NO tenemos derecho a subvencion.
Ahora tenemos el dilema de hacer "lo imprescindible" y aguantar "unos años", o hacer un tejado nuevo con la ¿seguridad? de que aguante otros tantos años.
Hay pisos en alquiler y otros puestos a la venta, que imagino no se quieren meter en muchos gastos.
Aqui la primera pregunta
¿Cual es el porcentaje necesario para hacer la obra completa?

Segundo asunto
Tenemos un "moroso cronico" que solo paga cuando el juzgado le "obliga", y que a la hora de votar estará privado del derecho a voto.
Si no puede votar, ni vota si, ni vota no. Lo que a la hora de conseguir una mayoria ajustada puede ser un "problema"
Segunda pregunta (espero que no pènseis que "flipo")
¿Se puede repartir la cuota de participacion del moroso, entre el resto de propietarios para asegurar una votacion mas justa?
Gracias por vuestra atencion.
Un poco de indulgencia si os parece descabellado lo que acabo de exponer.
PD: os pregunto ahora, porque a mediados de enero tenemos la Junta General Ordinaria y asi poder explicar con "garantias de legalidad" las opciones que tenemos.

 
S
skizo
16/12/2022 22:52

Sí, hay una ITE favorable, no hay ningún requerimiento para intervenir en la finca, por eso no les otorgan subvención, para que se la otorguen debe haber un informe de un técnico superior, (arquitecto) y con él, solicitar subvención, pero en su caso como carecen de iITE desfavorable o informe técnico que lo avale, la pretensión de la comunidad de realizar trabajos que no son de conservación, exceden del deber de conservación y se trata de una obra no necesaria que el disidente no está obligado a soportar, no pudiendo la comunidad impedir que se aprovechen de la mejora no requerida, por todo ello lo abonarán quienes voten a favor del acuerdo. Para abonarlo, tendrán que completar al 100% el diferencial que resulte, con arreglo a sus porcentajes (una regla de tres simple directa).

Ud. nos indica que el tejado necesita reparación, y la ITE les está indicando que no necesita nada la finca, primeramente tiene que haber una CONCORDANCIA en su exposición, para que se le pueda responder con el mínimo de propiedad.

 

 

Fin del hilo
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