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GinaRodriguezRodriguez
GinaRodriguezRodriguez
21/02/2023 18:44

DERECHO DE REVERSION

¿Necesito un certificado de cancelación de derecho de reversión?

683 lecturas | 3 respuestas

Buenas tardes, soy vecina en sanchinarro y estoy en proceso de hipoteca para optar por una vivienda en calle americo castro 106, me solicitan desde el banco un CERTIFICADO DE CANCELACION DE DERECHO DE REVERSION, o algun documento acreditativo que indique que no afectaria en un futuro. alguien podria ayudarme o paso algo similar?

 
T
trikornios
22/02/2023 22:21

¿Ha preguntado a su gestor bancario?

 
GinaRodriguezRodriguez
GinaRodriguezRodriguez
22/02/2023 13:02
Hola buenas tardes, muchas gracias por la información, básicamente lo que necesito es el certificado de cancelación de derecho de reversión
 
S
singilio
22/02/2023 11:14

El derecho de reversión se regula en el art 812 de nuestro Código Civil.

Requisitos del derecho de reversión

Que un ascendiente haya otorgado alguna donación a favor de un hijo descendiente suyo.

Que ese descendiente haya fallecido sin hijos.

Que los bienes donados existan en la sucesión.

Efectos del derecho de la reversión

Los efectos de la aplicación del derecho de reversión son:

Que los ascendientes suceden con preferencia a otras personas en ese bien donado.

Por lo tanto, ese bien no integra la herencia y no se tiene en cuenta para el cálculo de las legítimas.

Los bienes donados y sujetos a reversión no integran el activo liquido hereditario.

Finalmente, si el donatario realizó mejoras de consideración, los demás herederos podrán reclamar el importe de estas al donante al que vuelven los bienes por aplicación de las normas sobre posesión de buena fe del Código Civil.

Supuestos especiales en el derecho de reversión

Os expongo supuestos especiales que con frecuencia se dan en el marco del derecho de reversión, y que se caracterizan por la imposibilidad de la reversión, en tanto que el bien donado, ya no es titularidad del donatario.

1º.- Si el bien hubiera sido enajenado por el donatario, el ascendiente sucede en todas las acciones que este tuviera con relación a ellos.

2º.- Si lo hubiera vendido, sucederá en el precio.

3º.- Si lo ha permutado o cambiado, sucede en los bienes que lo hayan sustituido.

 

Fin del hilo
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