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B
Bloque215
31/07/2023 10:12

Duda de como proceder a la hora de contratar un nuevo administrador

¿Cómo se debe redactar un contrato de prestación de servicios para el nuevo administrador de la comunidad?

682 lecturas | 5 respuestas

Al final hemos conseguido desacernos del antiguo administrador, he renunciado el mismo antes de someterse a una junta ordinaria.

Como preisdente de la comunidad, he buscado presupuestos, la comunidad ha elegido nuevo administrador.

Imagino, que lo más correcto y deseable, es que el nuevo administrador y la comunidad, firmen un contrato de prestación de servicios, desconozco si esto se suele hacer de esta manera, y que debe de contener básicamente este contrato, a parte de los honorarios del propia administrador.

Saludos y gracias.

 

 
B
Bloque215
08/08/2023 22:28

Hola a todos Hoy me ha entregado el nuevo administrador el contrato de prestación de servicios que le he solicitado.

Me gustaria conocer vuestra opinión, he marcado en rojo las dudas sobre algunas clausualas, en el anexo, donde se describen los costes por servicios extraordinarios, he marcado en rojo los referentes al certificado digital y a la tramitación y gestión de protección de datos por una empresa especializada, me parecen carisimos, no se que os parece a vosotros, hay que tener en cuenta que son precios sin IVA.

Adjunto en imagenes el contrato, gracias por vuestra opinión.

?

 
carolinevega
carolinevega
01/08/2023 23:24
El art.13.7 de la LPH. ya lo contempla
7. Salvo que los estatutos de la comunidad dispongan lo contrario, el nombramiento de los órganos de gobierno se hará por el plazo de un año.
Normalmente se pone el ÍPC
 
B
Bloque215
01/08/2023 22:32
Gracias a ambos, me ha comentado el nuevo administrador, que no suelen hacerlo pero que no hay problema si es lo que quiero, creo que es lo más correcto y como dice carolinevega, mejor por escrito, me comenta el administrador, que la propuesta que me presentón en un dossier ya hace la misma función.
Entre otras cosas, quiero que conste por ejemplo, que se renueva su cargo coincidiendo con la junta ordinaria anual, no se si esto ya se da por hecho, o es bueno ponerlo.
Me queda la duda de como se icrementa anualmente sus honorarios, no se si se pone alguna clausula de revalorización según IPC o alguna otra cosa.
Gracias a todos
 
L
luismp
01/08/2023 15:27
Hay quien defiende que no hace falta un contrato, puesto que las competencias de un administrador están definidas en la LPH, y es un contrato de mandato.
Por mi parte, siempre he defendido que un contrato es necesario, para detallar algunos aspectos específicos de la comunidad. Por ejemplo, fijar el plazo para enviar las actas, número de juntas anuales que entran en los honorarios, precio de las de exceso, si es el caso, y en general, el detalle de otros servicios que están incluidos en los honorarios, forma de presentación de las cuentas anuales, etc.
 
carolinevega
carolinevega
31/07/2023 12:57
Todo compromiso que este firmado bajomun contrato, siempre será mejor.
Ustedes pueden exigirlo
 

Fin del hilo
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