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Presi23
11/02/2025 08:15

Destitución de presidente

¿Puede un grupo representando el 25% convocar una junta extraordinaria para destituir al presidente?

944 lecturas | 5 respuestas
Si un grupo que representa el 25% quiere convocar una junta extraordinaria para cambio de cargos y destituir al presidente, es necesario que soliciten esa Junta con ese punto del día al presidente o tienen poder para ser los convocantes?

Los morosos pueden formar parte de ese 25% ?
 
ARV1
ARV1
11/02/2025 11:38
Sí puede tenerla si se impugna en el juzgado, pero esto requiere de abogado y procurador.
 
P
Presi23
11/02/2025 10:12
Gracias por vuestras rápidas respuestas.
Entonces la convocatoria tiene defecto de forma por no haberla solicitado primero al presidente?
 
ARV1
ARV1
11/02/2025 09:17
Lo primero es que ese 25% pida fehaciente al presidente que convoque esa reunión extraordinaria con el orden del día que esos propietarios propongan, dando un tiempo prudente para convocarla (10 ò 15 días), advirtiéndole que si no la convoca, serán esos propietarios los que la convoquen. Llegado a éste punto y viendo la negativa o pasividad del presidente, ordenaran al administrador emitir la convocatoria por parte de estos propietarios. Si el administrador no cooperará en el reparto de las citaciones, serían los propios convocantes los que la tendrían que realizar mediante buzoneo en los pisos de esa comunidad y exposición en el cuadro de avisos o lugar visible de esa convocatoria.
Los propietarios morosos pueden unirse pero no pueden votar por el hecho de ser moroso.

Editado por ARV1 11/2/2025 9:21
 
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P0liPl0s
11/02/2025 09:15
Cita:

Si un grupo que representa el 25% quiere convocar una junta extraordinaria para cambio de cargos y destituir al presidente, es necesario que soliciten esa Junta con ese punto del día al presidente o tienen poder para ser los convocantes?

Las reuniones las convoca el Presidente. Por tanto, deben solicitárselo a él. En caso de negarse es cuando pueden convocarla los vecinos, si se cuenta con el apoyo del 25% de ellos o de cuotas de participación.

Cita:

Los morosos pueden formar parte de ese 25% ?

Sí. No tendrán derecho a voto si se celebra, pero pueden solicitar la reunión, como cualquier otro vecino.

 
carolinevega
carolinevega
11/02/2025 09:12
Siempre que se convocan juntas, es necesario poner los temas a debatir.
 

Fin del hilo
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