Llega el MASC (métodos alternativos de resolución de conflictos)
¿Qué establece la Ley 1-2025 sobre la mediación como requisito previo a la demanda?
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La Ley 1/2025, publicada establece la mediación como un requisito previo obligatorio a la demanda.
Los MASC serán obligatorios tanto en la jurisdicción civil, mercantil como social. Tanto en disputas comerciales, como en contratos hipotecarios, préstamos, reclamaciones de cláusulas abusivas, conflictos de consumo, litigios de propiedad horizontal y arrendamientos urbanos.
En los litigios donde los MASC sean un requisito previo, la falta de acreditación del intento de mediación puede resultar en la inadmisibilidad de la demanda judicial. Esto impide continuar con el procedimiento hasta que se cumpla con este requisito.
Además, si una parte se niega injustificadamente a participar en la mediación y posteriormente pierde el litigio, podría verse obligada a asumir las costas procesales completas, incluyendo los honorarios derivados del intento de mediación.
ES DECIR, UN FRENO PARA LLEGAR AL JUZGADO Y UN NUEVO GASTO.
DEMANDAR, SE ESTÁ PONIENDO MUY COMPLICADO, LO QUE LO APROVECHARAN LOS MALOS PARA AUMENTAR SU MALDAD Y SU IMPUNIDAD.
Fuente:
https://www.google.com/amp/s/confilegal.com/20250103-la-ley-1-2025-establece-la-mediacion-como-un-requisito-previo-obligatorio-a-la-demanda/%3famp