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SusaSusa
SusaSusa
10/09/2025 22:50

Derrama

¿Cómo se debe dividir el presupuesto de reparación de los pilares entre los propietarios de los tres patios?

745 lecturas | 14 respuestas
Buenas noches, vivimos en jn bloque de fincas de 3 patios. El ayuntamiento ha exigido un estudio de un arquitecto y un presupuesto de reparación de los pilares de los bajos. El presupuesto que nos han dado es conjunto (de los 3 patios). En alguno de los patios hay vecinos desaparecidos. El total de la derrama, ¿se debe dividir entre los propietarios actuales y pagadores o entre los patios?
Gracias
 
A
armengo
17/09/2025 16:45

Que cada patio se administre aparte no significa que jurídicamente sean comunidades independientes. El reparto no se decide por costumbre, lo marca el título constitutivo. Si se reparte mal, ese acuerdo puede ser impugnado.

Imagínese que en la escritura consta que todo el bloque es una única comunidad, aunque cada patio se organice por su cuenta. Si mañana se hunde un pilar que afecta a la estructura, la responsabilidad no se reparte “a ojo” entre patios, sino según la cuota que cada vivienda tenga en el título constitutivo. Si ustedes lo dividen entre tres por costumbre, están creando un acuerdo contrario a la Ley de Propiedad Horizontal, y cualquiera podría impugnarlo. Otra cosa distinta sería que cada patio estuviera escriturado como comunidad independiente. Ahí sí tendría sentido que cada una asumiera sus gastos.

 
SusaSusa
SusaSusa
17/09/2025 16:06
Buenas tardes a todos, gracias por las respuestas. A dia de hoy cada patio administra su mantenimiento y sus reparaciones. Creo que lo dividiremos entre los3 patios. Os cuento!!
 
carolinevega
carolinevega
17/09/2025 15:46

Pues será repartido, según lo tengan estipulado.
Desconocemos si los tres patios, confoman una comunidad, una mancomunidad o son independientes uno del otro.
Cuando Susa diga algo más, se podra seguir opinando


Editado por carolinevega 17/9/2025 15:48
 
L
luismp
17/09/2025 13:42
Pero tú te has puesto a divagar sobre la diferencia entre mantenimiento y conservación, y te has liado.
Cierro.
 
L
luismp
17/09/2025 13:40
Aver si te enteras. Dices:
"Por tanto, el reparto de la derrama no depende de costumbre ni de cómo quieran organizarse los vecinos, sino de la situación registral: si el edificio está inscrito como comunidad única, todos pagan según cuota; si cada bloque o patio tiene su propia finca independiente, cada uno responde de sus elementos estructurales."
Y yo dije, en mi primera intervención:
"De la misma forma en que ahora reparten los gastos de mantenimiento de esos patios"
Que, lógicamente, será respetando la ley, segun la inscripción registral y estatutos.
 
C
camarrota
17/09/2025 12:05

Por tanto, el reparto de la derrama no depende de costumbre ni de cómo quieran organizarse los vecinos, sino de la situación registral: si el edificio está inscrito como comunidad única, todos pagan según cuota; si cada bloque o patio tiene su propia finca independiente, cada uno responde de sus elementos estructurales.

armengo
16/09/2025 10:55

Lo fundamental es determinar cómo está constituida legalmente la propiedad. La clave está en saber si cada patio funciona como una subcomunidad dentro de una comunidad general, o si están escriturados como fincas independientes.

Luismp, parece que tienes la tendencia de desvirtuar todos los hilos del foro.

 
L
luismp
17/09/2025 10:32
Camarrota, lee el artículo 19 de la LPH
" 1. Tendrán carácter obligatorio y no requerirán de acuerdo previo de la Junta de propietarios, impliquen o no modificación del título constitutivo o de los estatutos, y vengan impuestas por las Administraciones Públicas o solicitadas a instancia de los propietarios, las siguientes actuaciones:

a) Los trabajos y las obras que resulten necesarias para el adecuado MANTENIMIENTO y cumplimiento del deber de CONSERVACION del inmueble y de sus servicios e INSTALACIONES COMUNES, incluyendo en todo caso, las necesarias para satisfacer los REQUISITOS BASICOS DE SEGURIDAD, habitabilidad y accesibilidad universal ....".
Reparar un pilar no es una mejora, ni un capricho, es algo que hay que hacer si o si, y ni siquiera se necesita aprobación de la Junta de Propietarios, si acaso habría que aprobar una derrama si fuera necesaria. Si no hay junta, ¿Como se reparte el gasto?.
 
L
luismp
17/09/2025 10:23
SusaSusa, como te ha dicho Armengo, la clave es como está hecha legalmente la organización de la comunidad y los patios. Y yo te he puntualizado como hacerlo. Si la limpieza, por ejemplo, o la reparación de 4 baldosas rotas de los patios, se pagan como parte del presupuesto anual, reparar unos pilares deteriorados es lo mismo, no puede depender de que "reparar" ese pilar sea una simple mano de cemento y pintura o algo más serio, es totalmente absurdo.
 
L
luismp
17/09/2025 10:15
Pues nada, si se te da el caso, y una reparación de este tipo en tu comunidad se hace aplicando las cuotas, como el presupuesto anual, vete al juzgado, impugna, y luego nos cuentas que tal te ha ido.
 
C
camarrota
17/09/2025 09:26

Luismp, referirse a la reparación de pilares como mantenimiento es un error que podría hacer que la distribución de los gastos sea impugnable.

El mantenimiento común incluye tareas preventivas y rutinarias necesarias para asegurar el buen funcionamiento de los elementos del edificio y evitar su deterioro prematuro.

La conservación obligatoria abarca las intervenciones necesarias para arreglar aquellos elementos que presentan un deterioro importante o que ponen en peligro la seguridad.

El mantenimiento previene el desgaste, mientras que la conservación corrige daños que afectan la seguridad o la estabilidad del edificio.

Mezclar los conceptos de mantenimiento y conservación tiene implicaciones legales y prácticas importantes.

Si un deterioro estructural, como el de pilares, vigas o cubiertas, se considera como un simple mantenimiento, esto conlleva dos grandes riesgos: primero, la seguridad y estabilidad del edificio, ya que las obras necesarias podrían retrasarse; segundo, la legitimidad del acuerdo sobre los gastos, ya que los propietarios podrían repartirlos incorrectamente o incluso negarse a pagarlos, argumentando que se trata solo de mantenimiento.

 

 
L
luismp
16/09/2025 21:54
Efectivamente, no es cuestión de costumbre, es de ley.
Es un mantenimiento, luego debe pagarse igual que se pagan todos los mantenimientos.
 
C
camarrota
16/09/2025 14:56

Luismp, en esto no manda la costumbre, manda la Ley de Propiedad Horizontal; lo otro es jugarse un reparto impugnable

 
L
luismp
16/09/2025 13:34
De la misma forma en que ahora reparten los gastos de mantenimiento de esos patios
 
A
armengo
16/09/2025 10:55

Lo fundamental es determinar cómo está constituida legalmente la propiedad. La clave está en saber si cada patio funciona como una subcomunidad dentro de una comunidad general, o si están escriturados como fincas independientes.

 

 

Fin del hilo
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